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Conferencia P¿Deloitavo yy mono efecto dela Defcomunion. 8 9 ¿Mluvieffe defcomúlgado, tampoco las podia ru. petír, y recobrar ; 24unque no huviélle ido cul pable, y omitlo en obtenerla abíolución, y aun que tuvieife coflumbre' de alsiltir afiganarlas: pues , en efte cafo, no teria dicha Deleomunion injulta la que le impedía el ganarlas ¿fino el ha. llaríc auíente del Lugar, en donde las podia ga, nar. Todo lo dicho es doétrina comun ;-como lc puede ver en Leandro, q:14/3. 40. Bonacina, Villalobos ,en los lugares citados, y en Palao, Í0M. 2 trat. 7. difp. 3. pundi.9. DAD. Ye OBFECION JT. Contralamijma re/puefa 333 S lendo velida Ja Defcomunion con- tra 5ylvio aunque fuelle injul ta ¿feria tambich valida la aplicacion de losfru= sos del Beneficio , y de las difiribuciones , ho- cha porel Juez: Luego aquellos, a quienes le dvian aplicado los frutos, y ditribuciones; vali- damente los retenian , y no eftaban obligados 4 reftituirlos. Kelpondo Hiftinguiendo elantecé. dente : feria tambien valida , y juntamente irre. vocable la aplicacion de los frutos , y diftribu- ciones niego cl antece dentes leria valida pero re- vocable la aplicacion de losfrutos,y diftripucio- nes ,concedo el antecedente , y niego la confe- quencia. Porque como fe dix> en la fegunda ref: puefta al calo , no podia fer la aplicacion, y re- tencion de los frutos , y diftribuciones mas efi- cáz , y durable , que la lentencia de Deicomu- nion,y privacion de los frutos;y como dichalen- tencia, por injufta, le debia retratar, y revócdar, dexando las cofas en fu ansiguo eltado; De aqui es, que tambien dicha aplicacion, y retencion dé frutos le debia rebocar, y retratar; y por con: guiente le debian reftifituir ¿Sylvio;y efle tenia derecho a recobrar los frutos, y+difiribuciones «contra aquellos, ¿ quienes le avian aplicado ;. y -en defetto de ellos.contra el Juez.que fe les apli. cÓ como arriba le dixo. poi CASO QUINTO... 334 E Alconto eltuvo por efpacio de feis mn Y" metes delcomulgado julamente, «9con Delcomunion juftamente impuefla;y pal- »fadosdichos feis metes, obtuvo la ablolucion. Jurt<,dicho part» 1 1Y la rázomes;porque,Hens do juíia la Deivomunion, y aviendo permancci. Falconio ea la contamacia, juftamente le avia gl Juez privado delos frutos,y aplicadolos a otro: Lucgo ete juitamente los retenia. ¿y no podia Falconio repetirlos, d recobrarlos de el. Lo 3, Porque ii aviendo elado contumaz, en dicho tiempo, le le diera facultad yy licitud para repes sir dichos frutos; le daria ocahon ¿y motivo á los delcomulgados, para permanecer enla gontumas cla , y Delcomunion; pues ¿(in el trabajo de besvir los Bencficios,tendrian el confuelo dere» cobrar dichos frutos.L.o qual es abíurdo,y cons tra la mente de la Igleña. 335 Keípondo lo 2. a dicha primera prea gunta. Que (1 Falconio no fue contumáz , y red belde en todo el dicho tiempo, fino que deíde lucgo le arrepintió , y: reconoció fu culpa; y procuro feriamente la ablolución, ofreciendo fa tisfacer a la parte y y todo lo dmás que debia ; y, el Juez. le negaba injultamente la abfolucionz podialicitamente repetir, y recobrar todo log trutos del Bencticio correlpondientes al tiempo, en “que injultament: fe le nego la abíolucion , y; deíde el dia en que injullamente le le empezd:d dilacer, Elia retpuelta la dan tambien por, ciertai los Autores con Suarez , 141, 16, Palao, dicho; punt.11. mum, 12. y Leandro, qua f 43. Y la, razón es 5 porque en elle cg inju/lamente ima pedia el Juez a Falconio el aísiftir. al compli< miento de lu oficio ;y cumplir conlas cargas del Beneficio, para ganar Jos frutos: Luego no avia .sazon alguna para que quedalle privado del ellos,y no los púdiellé repetir , y recobrar. 336 Ala legunda parte de la pregunta, refa pondo lo primero. Que ( en dichos Íeis meles fue negligente, y .omiilo en obtener la ablolus cion , no pudo , defpues de ablueltos, .repetiry 0 recobrar dichas difiribuciones. Elta reípuelta ..es indubitable ¿pues no merece , ni tiene deres :cho4 las diftribuciones el que culpablemente de4 , xa de aísiltir ¿ los minilterios , y oficios. , por log quales le diftribuyen.Reípondo lofegundo a dis ha fegunda parte. Queti Falconio te arrepiny tid luego de lu culpa , y. empezó devefas,y con eficazia á lolicitar la abfolucion , y ella fe le ne= gaba injultamente; y. dicho .Balconio folia (er puntual, y exaGoen acudir al Coro , y demás oficios, con que Te ganan las diffribuciones¿ Preguntafe , ¿de/pues de abfueltos podia repe=, Bir,y recobrar los frutos deBeneficio corre/pon- «dientes d dicos feismefos , ylasdifribauciones, ¿que buviera ganado en el mifmo tiempos Ref modoa la 1 parte de la pregunta.Que deningun pondo podia repetir,O recobrar losfrutos delBe. neficio,correlpondientes 3 dicho tiempo;fhen to- do el eltavo contumáz; y fin procurar la abíolu- «cion dela Defcomnion.Efta refpuelta es cierta entrelosDDicomo te puede ver enSuarez,di/p. »3/có1.2.M.14, Leandr Jupr.9.43 Pal.de Cen. » 7) Part. 5. «npodia licitamente -, delpues de elro ¿Tepes tir, y recobrar aquellas que huvi ' ganado dels , deql dia ,'en que; empezo'a negarlele injaftas ¡pur atlas la relpuelta, la. din por -Ciersalos, Autores en Palao , mgmer. 12. Lean< 4 drá s:quijt. E 'razon de, eÑa, relpulta +5 PONCE prriendo dichas ciscunflanciasg no era € 'Falcopio en no acudirá ganar las;fino que injultamente le impedianla aísiften. - ¿cias sAÍSI, como.no ay razon , para que dexe de ganar las difripicionss el Beneficiado, a quier. , Aa inq

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