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ConferénciaV. Del oétavo ; y nono efecto de la De ftomunion. Oficios, y Dignidades , que incluyen , ema buélven , O tienenanexa juriídicion Ecle(ialti ca 5 y aísila eleccion , colacion ¿O prefentacion de vn fugeto defcomulgado, para e De- legado, Inquifidor, Obiípo, Vicario General de Obilpo, Provilor , Governador del Obifpado, General de alguna Religion, Provincia!, Prior, Redtor, Guardian,Comendador de las Religio nes ,esnulla ,e irrita, ¿p/o facto. Lo vno; por que dichos emplos, y oficios fe entienden con nombre de Beneficio. Y lo otro; porque el dela comulgado eftá excluido de exercer los minil: terios de ellos; y por configuiente ; de cllos miímos. Y aísilo aísientan todos los Doéto. resen Palao ,puné?. 10. numer. 9. Salmanti - ceníe, pandi. 9. Míhm.102. Bonacina,, punci.4. S. 1.RUM.30 , 276 Supongo lo 8. Que el delcomulgado efla privado de los frutos del Beneficio , que obtuyo eftando delcomulgado. Esindubitable entre los Doétoreszcomo le puedé ver en Lean- dro ,di/p. 9. quafi.26.Palao, punt. 11.m.1. Calpenie , tract, 25. di/p. 2./0Éd. 6. num. 67. 68. 5almanticenle, puñét, 10. num. 1 12. Bona cina puné?.4.$.2..num.1- Y la razon es; porque quando le obtuvo el Beneficio en tiempo de la Delcomunion , 9 eftando defcomulgado, fue nuia dicha obtencion ,O recepcion de Bencfi= cio: 5ed fic efh ¿que fiendo nula ¿no pudo dar derecho 4 los frutos ; Luego el que eltando defe comulgado , obtuvo el Beneficio ¿efta privado de losfrutos de el. 277 Supongo lo 9. Que el que , aviendo obtenido legitimamente a!gun Beneticio, incur- re deípues en alguna Deícomunion:, no queda privado, 7p/0facio , de dicho Ben: ficio zaun- que puede fer” privado , Íi por mucho tiempo enfordeciere enla Defcomunion , y fuere muy gravela contumacia. Éfle fupucfto tambien es cierto entre los Dodlores; como le puede ver en Leandro, quef. 1.2. Palao, Jupramum. Cal. penfe, dicho mum.68. Y la razon de lo primero es ; porque noay derecho alguno , que prive, .¿pfofacio , al deícomulgzado del Beneficio obte- nido antes de la Delconiunion : Sed fic ef, que dicha pena , por ler tan grave, no le ha de im- poner , fi no efta puelta en derecho ; Lurgo el Beneficiado no queda privado delBeneficio;que obtuvo legitimamente , antes de incurrir en la Deícomunion; veale tambien á Suarez, di/p.1 3. feét.1.num. 1. La razon de lo fegundo es; por - que alsi le colige de la Gloíla , € Inocencio , ¿in cap. Gum bone, verb. Jpoliare , de atate , O qualitate , y de owos capitulos , que cita dia cho Suarez. 278 «Supongolo 10. Que el de(comulga- do queda tambien privado de los frutos de to- dos los Beneficios , que obtuvo antes de incura rir en la Delcomunion , correlpondientes á to- do el tiempo en que eltá delcomu!gado.Efte Su. Part, 5. 7 pue;to es tambien allentado entre los Dean y ella exprello, m cap. Paftoralis, 3 5 de appels lationib. $. Verum, Donde dize el Papa : 1//4 proventus Ecclepajtici merito fubtrabuntar, cui Ecclefja communio denegatur, Aunque le dificulta (i dicha privacion de frutos la incurre, pfo facto, O ante fententia Ludicis ¿0 (i esne. cellario, que preceda dicha lentencia de Juez de que deípues hablarémos, | $. TL Conclujiones a cerca del octavo yy moño efecto dela Deftomanion» 279 Onclufion 1. La colacion, pres lentación , eleccion del Bene3' ficio-, hecha en el delcomulgado cón Delcomua nion moyor , es nula, e invalida ; aunque dis cho delcomulgado , ignore, que elta delcomuly gado, y dicha ignorancia fea invencible. Íta Juarez , /Z:pr. fecta.num.3. Palao, fapr. M.4x Salmanticeníe, numer.99, Calpeñíe, nam. 724 Leandro, que(t. 5. contra Diana , /upr. refós luz. 99. y Philipo Fabro, citado por e y con= tra Navarro, citado por Palao. Y fe prucbaj nucítra Conclufion; porque aunque la ignoran. cia, fiendo inviencible', elcule de culpa . y pof configuiente de incurrir nueva pena; pero na e la inhabilidad , que proviene de la cen ura: Sed fic ef que no quitandofe la inhabiw lidad , para obtener Beneficio Eclefialtico ,es nula , € irrita la colacion , prelentacion , 0 eleccion , hecha en el fugeto inhabil : Lyega la colacion , prefentación "O eleccion del Be« neficio Eclefialtico , hecha en dicho defeomuls gado , aunque ignore invenciblemente [u Dels comunion, esnula , e invalida. La mayor la prueba ; porque dicha ignorancia no quirala Delcomunion ; Sed fic eff , que no quirandog le la Delcomunion, no le quita la inhabili. dad , O incapacidad para Beneficio Belelialtis co; por ler efetode la Defcomunion ante+ cedente ¿ Luego dicha ignorancia no quitaba la inhabilidad de dicho fugeto,para obtener el Be+ . neficio Eclefaftico. 280 Lo2. fe prueba la Conclufion, Pora- - que los contratos celebrados entre Íugetos , in- habiles para el valor de ellos , (on nulos, € inx validos ; aunque le celebren con ignorancia ¡n= vencible dela Ley,que los irrita, y anula; coma esdoArina corriente de los Autores en la mates ria de ¡¿ontratos; Luego tampocofera valida la colacion , prelentacion , 0 eleccion del Benefig cio Eclefiaftico, hecha en el delcomulgado;aun« que elle ignore invenciblemente lu Delcomua nion: Prucbale la confequencia;por ellofon nug los.los contratos celebrados por perlenas inhay biles, aun ignorando invenciblemente la ley irri- tante ¿perque dicha ignorancia no les quita la Ga iq
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