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OM PLTVIO: 3 KI. pr el'Cetlosy dicála culpappubligamente en prelencia del: Capitulo: del:miímo modo quelo hazen los Prouin= ciales. en el Capitulo Prouincial , y delpues todos Jos Bo<ales(inuocando priméro el Elpiricu Santo, con las ceremonias acoltumbradas) procedan a laelecció del nútuo Generalsel qual'en auiendo acabadolos feis as; ños quedará libre de roda Prelacia por otros (eis años, n elmiímo Capitulo Generáabíe elija: el Padre Procurador ' Generals 'Y por ler (u oficio de mucha conúderacion por tantos refperos : Se derermina, que códo.el Capiculo General le elija, el qual lerá defpues Bocal ene! guiente Capitulo General, y acabados (us feisaños dirá la culpa en publico Refitorio antes delas elecciones del'Capitulo General , y quedará libre del miímo oficio de Procurador por:otros leis años. :: Y ú bienes cofltumbre;que el Padre General'come caal Padre Procurador autoridad [obre algunas Pro» vincias,mientras fe halla en Italia,y fobrelas de Italia quando (e hatla enlas vitramontanas; entoducafo- le declara,que el Capitulo'General[olamente Je elige al oficio de Procurador;porque quanto al de Comiflario depende de la voluntad del Padre Genéral,que fee co mete mas, 0 menos amploycomo juzga expediente. Por facilirarla:expedicionde negocios; y atajaf los inconvenientes que dela igualdaide los votos pue de nacer:Se ha determinado por todo el Capitulo Ge+ neral, queen los Capitulos Generales, demas del muy Reuerendo Padre Miniltro Genéral, aya empres leis Difinidores, y hecha la eleccion :de los Padres Difini= dores, y del muy Reuerendo Padre General, el Gens * ral fuereeligido del cuerpo de la Difinicion, fe prócer dera ala'eleccion del Padré Procurador, el qualno hié do.cligidodelmiímo cuerpode la Difinicion, o ob A apiculo,no feptocederá a laclecciónde! * Ga lop-

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