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16 CONSTITVT REC. occa Religion y de la mifima manera el que elbitiera infecto de qualquiera:enfermedad contagiofayno fez recibido en modo Zlguno. Si alguno (e huuiere recibido'fuera de lu Provincia, el P.M. Prouincial de ta dicha Prouincia, defpues que le aya abíuelco,le embiara con el habito de profeflo a lu miíma Peouincia, haziendole la obediencia y dan dole el compañero legun la necellidad. Mas (alguno rehwíare el ler recibido en fu Prouin: diaso en las cercañas a lu Prouincia, y vinisre a Ronn para ler recibido .ElR.'P. Procurador lo reciba cóJas penitencias arriba dichas, y le remita a la Provincia de donde falio,có el mifmo habito con 4 huuiere venido, Sef.25. Y porque (egunel decreto del Sacro Concilio: de de Reg. LrencOyadosfraitesno eslicico lalile de lu Conuéni cap.4. — toyaunquefea con prerexto de quereriir a (us Supesio: res, fino fuertembiados,ó llamados por ellos,conóbe- diencia efcrica, in la qual hallados, pueden fer caltigas dos por los:Ordinarios,co m quien dexa lu propia Or den+Portanto le detérmina,que ( algun fraile tuuiert neceíhidad de ir a lu Prouincia(deua manifeltarla cam fa a lu Padre Guardian;el qual,juzgando (erexpedien: te que vaya, le de la obediencia, y el compañero. Pero calo queno juzgare conueniente el embiatle, y el fubdi tomo fe quiere quietar. Sea obligado el Padre Guar- dian a llamar dos-9 cresfrailes,los demas madurojul: a zio yy en prelencia del lubdito les proponga el cafo;y juzgarido ellos (er bien que vaya:el Padre Guardiá (es obligado a embiarle,y no: lo haziendo,el P.M. Prouin: cial le haga hazer la penitencia: Y Ai elfubdito cuuielli tal caufa,que no quilie/Te manifeltarla,deue efcrivir dl Prouincial,rogandole,que le embie la obediencia pan ica lo prelencia,y aguardará fu reípuelta antes: de par! "ire: y Mueren elta obediencia, haga la penitencia] p 4 Ls.

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