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p Pes pues € «e a + | priva, mun. 3. Antonio. 26 no L De Matrimonió; y Orden, _Confirofaruts Las obligaciones fon, au: e os res, Ó menores, £ celentes,á que miran; y quando f miei y virtudes, fiempre hade ferpreferida lamas princi- pal: es dos coa virtud. de la Religion, EX tod de ERA eS,lcd erg0 3 Go;- “Las colas que;Í bd escere eL orden, que:ren a 8 y fe Ab Los mas le acercan al es, don acerca de aquellas OS, como aUR entré iatamente percenecen al honor, de | Juego entre rodas las dei ell3la mas perís ÍeCe ta; Ergo Sis . 23. Declarafe. ne 1, “dicho... Mas. cr udos ¿The ologales, fon mas excelenres,en: fentir.de todos, queylas Morales; fed. fía elyque la Reigalon Í€ aCetr camas 3, las Virtudes Thcologicas, que las demas virtudes Morales; porque aquella 1: ordena a Dios, - y eltotras al hombre, /cilices,al proximo,óalumiímo ' Pe ergoe ol | Prob.7. Qualqu Ez a, ex lego Prisata( elo Es, by zelo de mayor perfeccion, y mouidode ca- ridad, como la Gl edMea , pis «Stalin y Cir E e pagar ,0 Religionmenos perfeáta,a mas perícéta, aunque de el tal tranlito te le 4 ¡alguna e ruria/ó [credicoa la Religion, con quien yu sl ellana cafado, y que dexa por eltado mas perfecta como conta, ;.£xcap. hicet _18.dereg; daribus, dr? tranjeuntibws ad Rel: eligioneras donde tambien fe; dizen.otras colas muy. f3uora. bles, 4 ” peloare q ya eE y 20, $Csae y aricaooo que es muy cdeel iinEnrOs 1 er Yi poa pero, de ninguna manera le obligana a cenflumar; y alsi, por dra, defpues de aúer contraido Matrimonio,e leg, Privata, entraríe Reli igiofo, como lo dizen Silycfa ter, y ocres, citados en cl 542, 1.3. Luego; auiendo precedido voto de caftidad ,no folo podrá,fino, que tendra obligacion 4 hazerlo, y que ne podrá omitirlo,finpecar,como lo dizen, Mamel. Rodri- guez, Navarro, y otrosuchos de, los citados: qe DICÍMO 2447. 1 3 . CELO,SC. 31 Ni les dezir , que el cal pudo: “calarís > 7 e. dde - 8%, cor d año notable, contra julticia;y que 4 . mas, que enmueltro o injalticia alguna,col + fin difpeníacion de.elvoto:,y .lin: pécar. cor n él. Luego tambien pódra po pecar, mI contravenir.a el :porqueya: ello Le -relpondes ms gando la confequencia ; porque el contraer Ma trimonio., fue con intencion de entrarle Religia lo antes deconfmat; lo.q ual no, le: opone-al va to, vt ex./o patet, comote opone.la coníuimaci a de.el Matrimionio.. SOBRIA LA PU DOE ] + 32 7 Ntobítalo fegundo, que el que Dades trar:en Religion, deue pagar primero las der das; luego xambien: cumplirla palabra, y re larcir, la deuda de el daño porque a ello fe ref er poeta Lo primero ,qhe< o Licio; cafo,qu uuiefle dado: palabra, 14 camplió..con el.Marri monío rato,y con el refarció el daño eñancdl mentel, Lo fegundo ,qué el:antecedente, íolo es werdadero, quando puede pagar las dendasen hd ue,yidefemb aragar íe. prefto de:ellas;pero no quí do ¿por ello fe.ha de diórie por: mucho tiempo la | entrada en Religion, como'lo tienen Santo The ; más, 2.4, quef.vlt. artsóvad: 3-Pal ¡dm difinit. 36.quef, 3-25. INOCENCIO ¿40 ca obligationib. ad ratiosinia. Silweltre soerho sicid 2. num.4: Añgelo, Arcediano, V Iderico ; y otros; los quales dizen:, que no haze enel injuria Al acreedor, porque le efcuía de la paga, ex dez. Pel vata;y por initinto de el. ESpirica Samos como le determina: en PP co el: regularibos iy en el cap.Due,cauf.1 ctas Ta Fa lo ao confitmanueftra refolticiómspué confumar el: Matrimonio ,no le podía. ne os : diferir por mucho: tiempo,i»2,pacalicapre,la ca tradaen Re ligion. .. 33 Ni obíta.lo tercero, que el voto: M qui fe haze graue injuria. a la moga;porqúea. lo ,yá ella refpondido muchas vezes queno: e daño, oi injuflicia en mo. confumary aunque ,11€ no contraer ; y que quando hunielledaño ¿Le pos dia refarcir de orro:mado py además: de: y reíponde, que elte aravnuento. tan inculcado pone lo que auía de probar: efto es , quedo cho. Licio.efte más: obligado A la mogá, que 2 Dios iy. principalmente auiendo contraido. «ca ella.cyoy 'hónradola en qñanto ECMÍA 4 obligas cion, ' UNORES 3 AID 73.10 34 Niobíla lo quatro, cldexinicus 1CU: lo de la Iuflicia, es mas fuerte, que el dela: lo ligion: porquea ello fe relponde ,que lo ¿contra rio coníta de lo alegado ; y afsi, la. e Ja el.voro, es mayor, por: primera; y.¡aabt excelerite. vittud : además, que quebrantar el to, es injufticia contra Dios; y:.aísí Matos el | cado, que la injulticia contéa los hombres ¿de mo queda dicho. 10 is | ¿Dll 008 35 Ni obíta. lo quinto, el que « el roto 100 bliga, quando las le-raudan. notablers que a eflo-1e'refponde., que es verdad ;queclvo ta no obliga ¿quando ay notable: ¡cordon parte dela materia, Aporque £e. hase álicica,

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