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E pe ' E. e 2 E aan ps + E y 5 q tes . e — CONCLVSION 1 2 Digolo primero:que lo que aqui fe cóndena es; el dezir:que es licito ablolver Sacramentalmente á los que fe han confeffado folo dimidiadamente por razon de algun gran concurfo,quales fuelen fuceder en los dias:v.g.de alguna grande Feftiuidad ,ó de algun lu- bileo. 3 Y con razon:porquee!titulo folo de ganar al- nÍubiico, y auer muchos á.quien confeflar, no es ¿baltante cauía para dimidiar la confefsion : pues fien- do,como es,de precepto Diuino la integridad mate- rial de la confeísion, folo fe podrá dimidiar por razon que preualezca contra el tal precepto , como por la vida, honra,ó liazienda,0 por otras razones muy vr- gentes, que toquen en necélsidad, ¿que obligue la ca- ridad: dficef que nada de efto ay enla Propoficion condenada,como della miíma confla:ergo,8c. CONCLVSION II. 4 Digolo fegundo:que aqui no queda condenado el dezir,que en vn día de gran concurío huuiefte rief- go manifelto de no bolver el penitente (ile embiaffe el Conteflor Gn abfolucion,ó huuiefle de auer nora en no comnlgar, y por lo dilatadifsimo dela confeísion _nola pudielfleacabar,que en talescafos podria abfol- verle con la confeísion dimidiada,imponiendole al tal PROPOSICION EXIV. E A B/olutioniscapax ef homo, quantumvis laboret ignorantiamyflerioram ide co dtianf per nsoligentian, etiam LM culpabilen,nefciat Myflerium Sanctifsima Trinitatis,d Incarnationis Domivinofiri-defs Chrij?i. Condena- da. E EY . ars | | CONCLVSION Il. me PA L 1 -Twlgo lo primero:que lo que aquí fe conde- ho | ES .. lc es ph mi ablolncion - vn hombre;gunque tenga ignorancia de los Myfterios de la Fé; y, aunque por defcuydo culpable ignore el Mylterio de la Santifsima Trinidad, y el de la Encar- nacion de nueltro Señor 1cfu Chrilto. 4 2. Y conrazom;porque además de otras razones queÍe apuntaraán delpues,á lo menos viene indifpuef- to dicho fugeta, llegando con ele pecado mortal de ignorancia culpable, que lo eltá continuando exton- ces:aísi como llega incifpuelto el que voluntariamen- te conferva la ocalionproxima lin quererla dexar : y aaísi el Confeflor no podrá ablolverlo,fino es inftruyé- «dolo primero para que los érea,annque noféa tan cla: ro,que fepa dar razon,como defpuesdirés 0: MbiTD0A CONCLVSION IM. 0 cl Digo lo fegundo:que aqui no queda condenada la e schos qu citan,y figuen CaltroPa- la0,tom.tára fade, difp.1.punch.9.mem7 + y Ma- chado tom.1diba.part.2.traói.1.docum.2. num. 4.108 quales dizensque la Fe explicita de los Myfterios de la Encarnacion, y Trinidad , edbuc delpues de la pro- p" PropoficionT1X y LXIV.* io,no es necellaria , 9ecc/sitate a MAGIA > 46: penitente cargo de que buelvá.Aísilotieñe Lumbier, fobre dci Propalcioi po id 5. Y larazones:porque elto ño es dezir, que pot Íolo el granc lo de penitentes pueda fer abíiselto dimidiando la confefsion, fino por el riefgo de no bol- ver,fi el Confellor le embia entonces con aquel defcó- fuelo,Ó por razon de la nota en que dexen de comul- gar aquellos,cuya confefsion fe dimidia;£d fe € 2,que «Jo condenado en efta Propoficion;es e] dezir,que pue- de dimidiarfe la confefsion, por folo el gran coficurfo de penitentes;pero ho el dezir,que le puede dimidiar, fia ello te allegare otra razon efpecial vrgente, que obligue:ergo, Sc. 6 | 6 Advierto:queefatazoti deve fer extrinfeca al Sacramento,como bien dicho Lumbier, ex Coninch. Por lo qual, yno tuuie/le fumo empacho de cohfe (lar con tal Confeflor tal pecado,no por elo podria dimi- -diar la confefsion,y callarlo,aunque no imuisfe otro 'Conteflor:porque la verguengaesde lo intrinfeco, y rerendido p r el Sacramento. +. PS Adviertolo fegundo:que tampócofe condena aqui el dezir;que ental caío pecaria el Confeñor ve- « nialmente,y no mortalmente:porque elto es muy di- verío de loque la Propoficion conjenada dezia; pues .eltalo daua porlicito, Licet Sacramentaliter abíolucre, «G»r.y dicho modo de dezir lo daria porilicitosaunque Sola venialmente¡/éd fc ef, que dicha Propoficion, fe «condena,v£ jacet:ergo,8c. No apruebo , empero, di- cho modo de dezir,ó dicho opinamento.* ....., a ' -sn 4 Y larazoná nueftro intento es: porque aunque "Aquí le decida,que elque culpablemente los ignora, «no puede ferabíueltozno por effocueda decidida ne- «Celsidad de medio en ellos, pues deíta no pod ia efcufar la-inculpabilidad: y afsi dize,y: bien el do.to Lumbier num.1732.que de lá condenacion det a Pro policion, ño: fe infiere,quela Fé de ellos dos Mylleriosfez de ne= «efsitate medi fempliciter , porque (1 lo fuera,ño auid que cuydarde la: neglizócia culpable,pues aun (in.ella fuera el hombreincapaz de la abíolucion. 2... 205. Noempero aprucbo dicha fentencia de Palao, fino la contraria,que es la comun de Teologos, y In- riítas,y tiene folidos fundamentos, afsi en la Sagrada Efcritura,como en la praxi de la Igleña,como fe pue- de vér en nueltro Calpeníe,tonm.2.trabh. 15 dip.jfedho s.2n.32.y en Tomás Sanchezin Decalog.lib.2.cap.2. pum.8.0 1o.donde dize,quealidsno fuera mas nucel- (aria la Fé explicica deltos Myfterios , que el conoci- “ miento del precepto de no hurtar. Lo mefmo tieng Corella en todo,num.248.pa8:2 96. | 3 cu GON CAL VS TON Ub: ietio: 6 Digolotercero:que aquino queda condenada la fentencia de nueltro Cafpenta,vb1 ¡upr fe 2.6000 48. Tapia, y otros graues Autores, los quales dizen de los que ignoran culpablemente lo que deuen faber dos, * á ee A mi ARE 17 a y » 5, E X d

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