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haa le Ay pá 7 y y y 7 Á 3 z : 5) e Me de e ON i á x* b e 0 Me e Y 7 propoficion 29.condenada: que li vno contraxefle id - matrimonio por Miedo, que cae en'varon conftan- porc teen el qual cafo es de Cierto irrito dicho matri- monio:que fiel talle contraxefle ficticiamente, 4d- e/,no confintienilo interiormente en él, queen tal calo pecaria el tal en dich fimulacion; y dezir lo. contrario, ferió incurriren dicha propolición 29. condenada, la cual dezia:Que el miedo grane vrgen- te,esjufa caufirpara fimular la adminifiracion de los Sacramentos: . e AI BI as dicho calo, no lo permi mite,por euitar dicho docum,capaV eniens « Tel temporal, in cap.cum ce lo tienen,quarido refulta de ellas contrato vali- “do; luego quanc úrio por miedo contratie el Sa - e ed sx e qe E E p » A” ma E ps >] $ * - s Propoficion 29.De Inócencio.. 4: - fia)no fon materia,ni * ' y» 0d y * Y he * miguiente,ni de Sacramenta: y aísi el dicha contrayente en tal calo,en quanto es de fu parte, contrahe walidamente fi la Iglelia no Jo irritaras Luego no peca en manera alguna contra. el Sacra=. MENCO:ergOo BC o, a 3 Sa Y lo Otro: porque el tal en dicho calo na miente;pues aquellas palabras: Recibote por maridos permiten,y fe deben entender en efte fentido: En quanto es de parte mia yo te recibo; y elto endicho ca. lo es verdaderifsimo; pues como fuponemos , tiene verdadero canfentimiento : y fi el tal marrimonio esirrito,como lo es,ho viene de parte Lfuya,lino de otro principio , def ,de el decrerosirritante de la AECA Apto 0. Ser - Advierto, empero, que el tal contráyente ño puede venir en la confumacion.en tal cafo ; por- que liendo el matrimonio nulo,como lo es,fería la tal copula fornicaria,y eltaesintrinfecamente mas la, Advierto lo 2.que no es lo mefmo en los demás Sacramentos: porque como. eftostengan lolo la ra» zon de Sacramento, y no de contrato, la materia. forma dellos fon fiempre determinadas,y afsino E pueden proferir , lin que ex /e fean materia, y forma de Sacramento:por;la qualel que la proere inde- bidamente, irrita def parte el Sacramento , y por configuiente comete facrilegio granifsimo , como bíe Balao, Lumbier,y Sanchez, vbi /up.las objec» ciones que fe pueden hazer contra lo dicho,y fus Lo» luciones, fe pueden vér en Sanchez,en dicho lib.4» de Matrin. lpoxó.mlim.4.y 8.De elta propolicion 29. febolveráá tratar iafra,tr47.2.c09/,8,4 M. 274 vide ibi;y con elto bolvamosá la propolicion l. 4 n enla proxima,n01 -ondena das por dicha pri mera propofi cion ,camo v.g.la prob bilidad de los pecados dubios,la. de dimidiar la confefsion,por na manifeftar el complice, a probabilidad de no con- fear lascircun(tancias agrauantes, o difrinuyen- tes,y emtejantes:y 2razones, porque todas lasd chas opiniones perteriecen a la integridad material, yo ala | formal;/ed /íc.9/, que la Insegridad mf rial no es neceffaria,ni para el valor,ní para el efcc- to del Sacramento, fupuelto,que fanta, y jultamen- te le omite muchiaS vezes,como es cierto,€ indubi- table,y en que convienen todoslos DD. Luego no eítán comprehendídas en dicha condenacion , que fiabla folo de lo valido,y que por ler de interpreta- cion eftrecha no fe debe eflender 4 masde lo quie ella dize.Veale Lumbicr,que tiene todo lo dicho, num.1636.y veafe abaxo en el Tratado de Peniten- cia,confulra 1.mmm.18 donde le bolverá a tocar el- fe punto. , a da es” ¿GEN 83, ¡Deelta concluñon le figue , que tampoco quedan comprehiendidas en dicha cy probabilidades, de fi el que tiene caíos refefivados y ng relervados , podrá con julta cauía dimald a: 2 4 ne Y M a «Me ¿ Ss rmá4 de.contrato valido; y, n- + as É

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