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É UN E ¿ PS E EMI TD. CONCEVILON ola... os D'* lo primero: que lo que aqui conde- 0 ALL m3 íu santidad, es el dezir : que apenas le hallará fmperfiuo al estado en ningun genero de.perío- mas feculares, aunque lean Reyes, y abi, que rara vez eltaran obligadas a dar Jimofra:dicha opinion conde- mada era de Cayetano ,Nanarro, Pedro Ue Navarra, Rodriguez, Diana, V azquez,y otros, que cita Moya, 07 1,17464,6,d/prt só 9. 3-4 NÚM «7» Y POr .hecetlario sal citado emvendian dichos Doétores , no folo-lo bie- mes necefarios para; la confervacion del-citado , que de prelentefe tiene fino.rambien codos. aquellos que e requieré. para adquirir otro mas alco.eltado para lus fuceilores,lo qual reprueba , y bien dicho Moya, Í»q.” TER $ h > «ya " é , E : v mó tara? e Y O j ó o Y z > y . : 4 ELIANA . AO 1 11 UVIRIETA > yl * - A . , . E As % A MIO BIE ORADOR | OA 449 y HEO3O AD PROPOSICION XIh E 1... o , . ¿ON XIk. ¿1 A VA ' Y - Hobo Zih e a % ll ? o ' . o > , Ea" y AA E 1 eb ps Ed 4 Y "Aid ia La 9J4 de anoenies etiam in Regibus fuperfl sum atu. do tenetar tantumex fuperfimo fatai Condenada co noto oros a Ed + rr. varo . » 2/0 09m e . . ” .r » P e A * EEN o ; : LA ] Ship, MI ALAS EA , ita víx aliquis tenetisp ad. eleemofyinam, , % nen S. Antonino, y el Macítro Sierf2, y muchos dizen» feropinion de S.Tomás,fegun Moy2,t0%. 1. tmbhó. dijp.6..4. 5.5.1.2 4+y la miíma rienopor ballantemés taprodable,cor Coninch,Caltro Palao,p.1. t7.6.dt/pt 2.punc?,2.1.6.donde la prueba laramente , vi de ¿llas2:y la mifora tiene con Molteño, Lorca,Rotela, Diana, y, los dichos, Machado,to». I Lib. 2 «Pedo tr.6. doc, 6.1.35 en caloque el dectimento, y diminucion del eltado aya denfcigrandemi orñorol, deco reno Y, cdo bmig 61 ¿La razoná nueítro intento esmanife E que en dicho Decteto fólo fe condena el dezi-,que en los feculares, apenas fc hallará fuperdno;y aísi,querad ra yezeltaránobligadosá dar limofna:lo qual es muy SO NC. 2 Condenafe,pues,juftifsimamentedicha fencgen» : e '¡ No aptiiebo empero dicha fentencia,la qu l cia: lo vno,porque aunque derechamente no preten- den quítar el:precepto. de dar limofna («porque nin” gun Catolico puede dudar de dicho precepto. Natu-. ral,y Diuino, como bienprúcba Caliro Palao, to. 1.tr16h,6 de cúaritat, difput.2.punét.2 .infine )pero ín- direótamente parece queíi : pues dizg que apenas 1c > hallara hombre que tenga coía fuperflua, 0 no necef- faria al cltado, aunque (cal Rey;y aísi cali muñca obli . tiene por inhumana Bañez,y por improbable Valen- lencía,Granados,y Puente, Hurtado de Mend za, _lasquales cenfuras abítraygo;pero tengo or verda rifsima la contraria,que es comun: de los D e yy la razon eszporque el daño que fe ligue á la decencia de el etadojnoespfoporcionado con la vida de el proxi. mo, tino muy inferior á ella:luego por el precepto de la «catidad :etará obligado qualquieraA padecer dic gara eltando en la fentencia que afirma , que no ay daño, y diminucion de eftado, por: focorrer al proxi- obligacion de dar limoína delo neceflario al eltado, aunque: fea en calo de extrema necelsidad( derquo ¿n- - fra) lo qual ya feve que es. temerario , y elcanda- dofos..... Ormño2 cotnabAR 11 3089 3d | -3 Lo otro: porquemofe puede negar y fin que neguemosá la experiencia,que no folo-los Reyes,tno tambien losticilos¡dós Mercaderes, y aunlos Oncia- Tes mecanicos, tienen muchas alhajas, y otras colas de perduas 2 fu:eltado,y que fín ellas le que - pes, y tan Duques, y tan honrados como aora lo eflar E A va DOME?! ' +4. Y lo'o tro:potque vna cofa es la decencia, y otra muy diyerfa.el fanfto,y vanidad del eftado;para aquez lla fon mnchas las cofa que fobran a muchifsimos:pa- xa eltapoco,ó nadafobra:* y mas enla vanidad def- tos tiempos, en dos quales quiere la Mercadera las minas galas,y eltrados par fu bóda,que vna feñora titulada, Quancas feñoras tienen en los elcaparates tantas alhajas, que fin hazerles falta, podian quitar la quinta, ó fexta parte de ellas para diltribuir en limof= - nas?quantas galds tienen arrinconadas, lin fervirle ya . de ellas,con que fe pudieran focorrer muchas pobres? y aísi de otras,como bien Lumbier,1m.1507» de cu- ys pazones,por parecerme las mas eficacespara el in: tento,me he querido valer:ergo, 31C. AO NC. .L VS a N ne 5 Digolo2:queén la dicha condenación ño que- da co fentencia que dize:que de lo ne- ceffarioal etadono ay obligacion de hazer limolna, aunque fea encalo de excrema necefsidad. Alsi lo tic- mo,conítituido en eítrema necefsidad. cos CONCLVSION:> III. - 018, -:¿Digoloterceto: que tampoco queda ¿omare- hendida endichacondenacion la fentencia que dize: $ olo ay obligacioná dar limofna'en cafos de extrema «necefsidad:eita fenrencia es de Alenfe,Gerfon,Pañor- «Mirano; Porrecremata Gabriel, Medina, y otros, que «Cia: Snareidecharicidi/p.7 fedh; 320.1.Ya miína tienen «por probable Bonatina,y otros, apud P alauwn,vbi [Upa .1.10,y. el Padre Fray Bernardo de Hozes la tiene. por, tal fobre ladicha Propoficion condenada,». 32. im fame, los fundamentos de la dicha fentencia fe pueden vér en «Suarez, y Palao' citados. ' :*: A 4) 9 Y que dicha fentencia no elte comprehendida endicha condenacion,lo tiene dicho Hozes, 1.1 1+dÓs de dize:que no eítá condenada aquí la opinion que di- ze,que no fe ha de focorrer en graues necefsidades 4 losproximos,cercenando de oltentaciones, que fe pu- dieran efcular,(Gn eontravenir al eftado: y mas clara= mente en propriosterminos,n.32.4m fines 0 10 Y larazon es:porque aunque en dicho Decre» to Apoftolicofe fupone,que ay algunos cafos en que ay obligació de hazer limofna de los bienes fuperfuos; no émpero le determina alli, que cafos fean elos, Ó en que cafos obligue el prec pto dela limofna ; y así en quanto á elte punto, fe quedan lascofas en el eltado en que eftanan antes de dicho Decreto. coculal 11 Noapruebo empero dicha fzntencia: y afsi juzgo,ó ay obligacion debaxo de pecado mortal a ha- zer limoína de los bienes Sr aleítado, pu. yn Oo2 ” yA + dinerío de lo quecitafentenciadizezor ex Jepater ser

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