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, ” ke +» Bropoficion1.DeInogenció XL. | prefcripcion fe conforma lo que dexamos refuelto en ambas dos conclufiones,como coníta de lo ale- gado por ellas:ergo,8C. . ¡CEA 56 Paramejor inteligencia delo dicho,y para otras dificultades que fe nos han de oftecer. precifa- mente enlos cafos,y confultas en adelante , me. ha parecido conveniente explicar aquí comofe deban entender dichas dos condenadas propoficiones, lo qual ya hago, (1 bien mediaran entre la.vna,. y la otra,dos confiltas que han fobrevenido,por: perte- necer ambas ála inteligencia, y mayor explicacion de la primera. den EXPLICASE EXPROFESSO. LA 1. PRO- pubcion de Inocencio X:1 .y pertranfenam la propoficion 29.del mefino Sum. Pontifice, defde. el numera: .:, 73. bafa el 31, PROPOSICION Lal o 57 Y A primera propolicion condenada por ¿dh nueltro Santiísimo Padre Inocencio XI.es como fe ligue: (.1.Non ef illicitane in Sacra- mentis conferends fequiopinionemprobabilem deva- lore Sacramenti,relicha tutioresmi/84d vetes leo smuentio,aut periculum gratis damni incurrendi. Hinc fententia probabili,tantam vtendum non efl intolla- rod po rt Sacerdotalis,aut Epifcopalis:) O oa Ai sido MM LANDS 53 -«Supongoantes de refponder,ó entrar enla explicacion,que Medina, Alano, y otros.muchos, Meuaron por opinion, y fueron de fentir- que del meímo modo', que en qualquiera otra materia. Le ociafegada laopinion menos probable , y menos ra(fegun mas de treinta, D'D.que cita, y figue Diana part.2.trach. 1 3.rg/ola 1 .)afsí tambienfe: po- díalo mefino en la adminiftracion de los Sacra- mentos,ho obflante el riefgo de fu nulidad.: Pero por quanto efta opinion es improbable- praétice, pues legun fu generalidad, no folo defariendeá la reuerenciaque fe deue al Sacramento, (ino que ade- más de eloarriefga tambienla falvacion del proxi- los DD,de lapropolicion condenadalis 11 fentenciade Medina, y Alano, dis ziendo,que fe podia víar de opinion probable acer- ca del valor del Sacramento,dexada lamas fegura; con tal,queno aya ley quelo impida,pacto,ó peli- gro de grauedaño:y diario nuetro Catpen- cen lu Curfo Theologico,tom.t.tradi.deconciencia, dijp. 3 Jcé4.3.2 num.2 1.4d 75.2u1que do conos ter- minos formales dela propoficion condenada. Ef- so fupuelto, Me bodies NOTO A “.CONCLVSION -Lh... Lo A A OE: 59 Digolo 1.queefta opinion, adhmé afsi limi- rada,es la que fe condena en dicha propolicion;Lo qual debe entenderíe por lo menos ¿acerca de las materias, y formasde los Sacramentos, intención de el Minilisgyy desodolo q inftiruyó Chirilto Nue para fu ellencia,y valor:y áfsifiempre que ay en lo dichoopiniones acerca del valor del Sacramento, y puede aplicaríe la masfegura , aunque fea menos probable, fe debe practicar:y la razon es,porque ha- zerJo.concrario, feria arricfgar fin caufa,el valor, y fruto de el Sacramento, lo qual en el Miniltro fe. ria,no folo c ntra prudencia,y contra caridad, fino tambien contra Religion,y contra la reuerencia de- rs Sacramento , en exponerlod ricfgo de nu- WMA dio tia HO | 607 «Aqui. queda tambien condenada la opi nion de Diana,y:Lorca;4 quien cita,y figue,parf.2, tradh.3irefoluz los qualesdizen, que én la admi- hiftracion del Sacramento fe puede feguir opinion probáble,dexada la mas probable,y la mas fegura, aunque fea la probabilidad acerca de las cofas el- fenciales delos Sacramenros;contal,que efto fea en los Sacramentos que no fon de neco/si:ate falutis: puesla condenacionigualmente habla de todos los Sacrámentos,fean,ó no,de neceísitate faluris. | 164 «A queteañade,que la dicha limitacion fo» lo mira a éuitarelpeligro graue del proximo'; pero no a euicar la irreuerencia del Sacramietito,enexpos nerlo (in caufayrgenté á peligro de nulidad : y aísi tambien por eltodicha limiracion elta comprehen- dida enla razon motiua de dicha condenación. GIROS TN) IPN X CONCESIÓN Messe 21 DALE: + SA e | 82. Digalo2.que noe(tá comprehendida endi- chacondenacionla Opinion del mefmo Diana,que endicholúgar defiende con Bonacina,y Marrineza en caío de urgente neceísidad le puede feguir opinioh probable, y menos fegura , lino efta enlapoteltad del Miniltro poner en execucion la opinionmasprobable, y la más fegura. Afsi lo tie- nen Lumbier fobre dicha propolicion condenada, num.168 3.p.1068.t0.3.y Hozes, num. 3. Prados mur. 5 y Corella,citandomen4m.7.pagidrzo 263, Y feprueba: Lovno, porque la necefsidad haze lícito lo quealiás rio lo fuera,ex cap. Quod. mon Alicitum,denégul iaris, im 6+y lacommnde DD. 0164 ¿Lo otro:Porque gitando. concurrenincom» patiblemente dos opiniones, vna que fanorece al Sas cfamento,y ¡otra que fanorece al fufcipiente, feyde» bepreferir la que favorece al Lufcipiente: pruebate efto,quiando fe encuentran dos preceptos, le ha de cumplir el mas etrecho,o perfetto;/ed/6c e/4,que en dicho cafo fe encuentran la caridad, y Religion:lue> gó prinicro fehade atender 4:la caridad,que es más eltrecharergo,8c. 00000 got 65.55 Confirmatur: Los Sacrámentos fe han inf tituido para medicina de los fufcipientes: luego no pueden llenar a mal(digamoslo afsi) el exponerfe a peligro de irritacion,porque lá falud efpiritual del proximo quede mas fegura;y porefte An en alguna manera ceden lu derecho:ergo,8cc. | 66. - Y lo otto,y es confirmacion delanteceden- te:potque' comio bien Lumbier, quando nopueden componetíe larenerencia al Sacramento € sojiode la necefsidad del proximo, á elta. cede a- $ que: o $ E ya ó ad > el do y E e *.

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