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Mi — 428 Tratado VIT. Del duelo, riña,guerra,y aborto. y 21. Y lo terceró: que én' nueltro cafo aun no es cierto que elte animada la criatura , como lo Íipone- mosfer en todos los alegados. /:m0,dezimos, que fe ha de tener por inanimada, y afsi menos dificultad ay en €él,que en otros,en quanto á efte punto ,al paflo que la certidumbre de la animacion es menor. 22 Probatur 5.( ¿ef imfantiatertij ) noes mas intrinfecamente malo la procuracion del aborto (principalmente , quando ay duda de la animacion) que la emifsion de el femen; fed /1c ef?,que quando el fe- men, por la mucha cantidad , es agreflor de la falnd, puede el hombre proceder contra él, víando de medi- camentos para expelerle ( lo qualnoes lícito por vía libidinofa)como lo dize Cramuel citado: luego quan- do el fetus es agreflor contra la fama , podra la muger proceder contra él, víando de medicamentos para ex- pelerle. 23 —Confirmatur:no esmas intrinfecamente malo la procuracion del aborto , quando fe duda de fu ani- macion,que el embriagarfe, comer carne humana, y matar áJosinocentes; /ed /5c e/?,que el embriagarle, y comer carne humana es lícito alguna vez,comolo dize nueltro Reuerendo Padre Fray Leandro,vbi/upra , y matar los inocentes,como queda dicho:luego tambien aquello ferá lícito en algun calo;/ed fc ef, que en nin- guno mejor,que quando peligra el credito de toda vna Comunidad Religiofa en fu Prelada:ergo,8c. * --24 Probatur 6.la criatura mientras eftá enel vien- tre de la madre,es parte de fus entrañas, como confta, ex cap.Si quid, de confecrat.diét.l.1.5.2./f. de ventreim/" 'piciendo; fed fic efP,que cortar , y. arrojar vna parte por ha conveniencia del todo,no esilicito,ni defordenado, y afsi fe haze cada dia con el pie , por la conveniencia de el cuerpo: luego arrojar,ó expeler el preñado por el bien, y credito de la madre (cuya parte es)no fera ilici- to,ni delordenado./720,que aquinofolo fe arricíga la - fama de la madre,fino tambien la de fu Comunidad(la qual no puede ceder tan facilmente ) y aun la miíma deel hijo, puesla infamia ,ó gloria de los padres, re- dunda en infamiz,o yloría de el hijo, fegun aquello de la Efcritura:Gloria filiorum parentes eorum ; luego por la conveniencia de tantos,no ferá muy defordenado e atropellar con la convenienciadevno. | : 25 Niobfta el dezir:que la tal criatura es diftinta de la madre,y con diftinta Alma informada, y que aíst no la puede cortar ,ó arrojár por la conferyacion, ó conveniencia de eltodo. Lo primero, porque eflo na - escierto,fino muy dudofo,el que efté animada la cría- tura,como fe fupone en la pregunta. - 26 Lofegundo, porque aunque fea philicamente diftinta;el derecho la reputa por vna; y aísi por el de- rectro parece tiene acciona expelerla por conventen- cía del todo;y el hijo, acciona fer expelido : cono la Republica puede exponer a fus Ciudadanos á peligro de muerte, por el bien de toda ella; y qualquier Ciudas dano á padecer la muerte por el bien comun de fa Pa- tria,( conhiflieffe en eflo:v.g.( vn Tirano perfiguiefle vn inocente, y amenacalle,que auia de defiruir la Ciu- dad, (no fe le entregauan ; podria la Ciudad entregar- felesy €l eftaria obligadoa falir,porque firuieffe la par- te al todo, aunque realiter diflintos : luego aunque aqui lo tueran,todaviafe quedava la dificutt : 44d 3 > 27 Lotercero:porque el aníma de] picen 08 b tos adhuc perfeétoses realmente diftinta del Alma la cabeca,y del brago, en fentencia bien probable; con todo eflo,fi el bruto fe gouernaffe por razon, feria defordenado el exponer la parte del pie y of bien de la cabega,de la qual fe diftingue realmente y la cabega obraria ilicitamente en mandar cortar pie,ni el brago en executarlo, fieltodo 6 la cabee corriefle notable riefgo de lo contrario: luego aunar el hijo fca parte diflinta de la madre, y con diftinta Á ma informado, con todo effo no feria muy defordena do el expeler aquella,por la notable conveniencia; 'rielgo de aquelta. odo 28 Probatur vitim.porque fi los remedios para! expulfion huuiefíen de fer por fangrias , auntienett 'nosdificultad el calo; porque la madre tiene der che valerfe de fu fangre,quando eflo conviniefiea fu fala O fufama; y aísinoefaria obligada á retenerla € para confervar la vida del hijo , con detrimento gra de ín vida,ó credito , como ni defpues de aver nacli el hijo tendria obligacion a retenerla leche, aunq efta fuefle neceflaria para confervar la vida de elh f ya nacido,hi peligrafle por ello Ja vida de la madre, -molo dize nueítro Cafpenfe,tom.2. trad?.18. de refl -Jeét.5. num. 40.Luego tampoco , fipeligrafle la fam . pues en efto corre iguales parejas con la vida, comoy dixe:ergo,8le.+ +07 ireasirol ce 29 Opones:Sixto Quinto impufo , peña de excá 'munion mayor , 1p/o facto incurrenda', y otras muc “penas a los que fueren canfa del aborto, ora la criatur "telte animada, ó no:efgo,kc. pco 177 VA "30 Refpondo:que defpues Gregorio XIV mode “ró la dicha Conftitucion, y lareduxo al Derecho ca : mun ; y afsi no aniendo por Derecho comun difpuel “cofa en particular contra el aborto , quando no conf “dela animacion de la críatura:figuefe , queel que ce =perafle al aborto en nueftro cafo, no incurriria en de comunion , ni en irregularidad”, nien las demás pen que pone Sixto V. como demás de los alegados en € “parrafo tercero lo tiene Garcia,romia «tradi 104dif. 5 dub. 4punti 20m. 5. y 6 fol.342. 00 0008 -3u Opones 2.algunas de las razones de atrí -parece,que prueban lo mifmo, aunque la criatura eli 'viefle animada;/ed fic ef que efto es contra el Concil Vlerdenfe,Can.2.contra la 6.SynodoGeneral, Cams :y contra el meímo Gregorio X1V .ergo,8c. 7 “32 Refpondo:quealli folointentó probar; qu eflo'no fea imtrin/ece malo;fino folo por fer prohibí y que fino huuiera prohibicion, fe pudiera licicamenti cohoneftar con SEE tanta religioía fama; y rel fe pudiera en tal cafo,mucho mejor,quando la anim cion eftá en duda 5 y por configuiente hade fer ten el fetus por inaníme, contra lo qual no ay prohibick yo obligue cóntantorielgo.- ¿ 33 ¿A A? efpondo lo fegundo : quea efte argument han de refponder forgofamente los que lenan, qu defpues de la animacion fe pnede procurar cl aborto,Ó direétamente como Cramuel,ó por medios,que igual* mente fe ordenan a la occifsion, y aborto de la criatt ra, y á la falud de la madre , quando ea corre peligri RE e
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