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4 O ARA, “ave fe experimenta delde que dicho hombre tiene, y as alhajas , que es hazeríe invífiblea los de la Familia dicha muger,entrando,y faliendo delan- te de ellos, (in que jamás la vean, fiencan , Óreconoz- can:crgo , Ec. Ello fupuefto, | USHUp "'CONCLVSION l. Fit 8 Digo lo primero : que el tal fugeto, fegun Fa- gundez, egin: do,Megala,Iuan Andreas, Gongalo, el Repertorio de los Inquifidores,Deciano,el Efpecu- lador,Angelo,Felino, y N auafro Citados por Diana, part.1.trac.q.refol. 1.y fogun el Maeftro Sierra,Pala- cios, Inan Martinez de Prada, Candido, Acatio de Velafco,y otros muchos que cita Amadeo Guimenio, es fide, Propofit.4. m4: nbelta obligado Adelatará q tal,(ino es q ue pueda probarel dichodelito : pero lo ' contratio.es lo que abfolutamente deve tenerfe, y aconfejarfe:y afsi juzgo , que dichofngeto elta obliga- “dicho delito. | | o Eftanueftra conclufionescomun, y fe prueba: y vno,porque aunque fegun Derecho ella obligado el do a delataría dicha muger,aunque o pu da probar el enunciadorá probar lo que denuncia, como confta: “de laley Diuas,y de la ley Ab accu/atore, ff. ad Senatus Confult. Turpiliami: pero ya oy eftá la coltumbre en “contrario,como b en con Salyceto, Mariano Socino, Emeyrico, Farinacio, y Efcacta,lo tiene dicho Diana, - y dize,ex Trinifano,que te ha decidido afsi muchas ve- ves. | | e PROPOSICION V., De Alexandro VII. > de “10 Lootroiporque en orden al crimen de la heres 'gia_no fe puede defender yá lo contrario en manera al- “guna por eflár condenada la fentencia que lo defen- dia, 1o menos como efcandaloía, porla Santidad de ¿Alexandro V IT.en fu Deeretocondenatiuo de las 45. Propoficiones, nur. 5. donde le condena la Propol- cion (iguiente:Quamvis entdenter tibi conflet , Pebrum ee bereticum,non teneris denuntiare; fí probare nom pof- 5;la qual condenacion,por beneficio dela Fe, juzgo deue eltenderfe á todo aquello que tiene fabor de here- gia,id e/?,2 todos los delitos contenidos enel edióto de Jos feñoresInquifidores:aÍsi como por ella meíma can- ía fe admiten á teltificar contra el reo en las caufas de la Fé todos losinhabiles por derecho(excepto los ene- migos capitales )como los criminofos,defcomugados, “infames, y los focios en el crimen, to cap. In fidei fauo- rem, d: bereticis,in6.-intap.Contra Chrifianos , eod. “fit.y lo que es mas por ela cauía , el padre natural eftá Obligado 4 denunciar A fu hijo hetéje, yá teftificar «contra e),como confla de el Deuteronomio , cap, 13. “usr/.6.del Derecho Canonico , in tap. 2. de berez. e idap:Q ua propter 2.quef!. 7. y delas Bulas Pontificias de Gregorio 1X.Inocencio 1V.y Nicolao 111. Lezan. tom.4Gonfule.12.Palao,y otros:ergo,8c. ' “yo Lo otro, y estarazon de la condenacionde dicha Propolicion 5 .porque quando la ley,ó eledito - de los feñores Inquifidores manda denunciar,no espa- ra que el Denunciador pruebe,fino paraque diga él lo que fabe,ó ha oido dezir :quelo demas el Tuez fe lo Dufcara;y talvez tiene y3el Santo Tribunal panta ma- 5410 o Tratado VI. Mifcelanco. Sed ¡llud, ver/.Que ¿Aydid?. 45 .ex leg -noen la Cruz, y Medalla ,/20r/im Jumptes y el vía eltas, y traerlas configo para venerarlas, Í ] la . teria contrae! tal reo,queconfola eUakoricia quid de nuevo'el que denuncia al Hereje, al Mago, Hechi zero,8ic.tienetodolobaflante , y poreffo fueconde nada dicha Propoficion s.ergo, Sc. Foro 12 Lootro:pórque efto:cede n beneficiodel bien comun de los demás Fieles; pues con eo ¿ftarán ma E E reprimidas femejantes mugercillas hechizeras(óque — fe valen de las que lofon para femejanzes hechizerias) o fabiendoque pueden, y denenfer delaradas la Santa Inquiiicion, por qualquiera que fepa fe valénde femmes jantes hechizos parafus torpes fines, aunque fola el intereflado lo fepa;y por configuiente , aunque elena Jo pueda probar:luego efto eslo que fe deue abragar, y tener in praxi : pues el comun de los Fieles deue fe preferido al particular del hechizero, 6 del quete vale delos hechizos,ex cap.Rationulla , de prebend. € lea le. Codde Primipilo,leg. 12 leg. Adtione,$.Labeof.pro Jocio,y de Otras:ergo,%c. ad Ealivas do 44 Lory fiempre lo mejor,quees lo que favorece al comun:adí más,que fiempre firue la delacion,porque el tal la haz comoteftigo, y no comoD enunciador:y.quandola has ga como Denunciador., no eftá obligadod probará: aísi le obferva in praxien el Supremo Tribual de 1 Inquiíicion,gomo lo afirnra,ex Farinacio, Diana, vb Jupra:y comola fimple denunciacion bafle para inc pul, rir,aunque el Denunciador no pueda probar el delito por la dicha, y quizás por otras , 0 por la diligencia, € inquilicion de los feñores Inquilidores, fe probará: 0,8 C» sas po ON a "CONCLNY SHION. otorr: á 14 Digolo fegundo:que en orden á las dichas ale hajas(no hablo aqui de la Cruz, ni de la Medalla, que de ellas hablarémos en las concluñiones figuientes, JH juzgo que fe deuen deshazer,y quemar:porque fupnefa $ to que ay prefumpcion (y para mi vehemente) de que Y las dichas fon figno deltal hechizo , 6 magica operas $ cion , como fe probó Jipra , en el num, 7. y fupueña E tambien,quela prefumpcion equivale ála verdad,y fe E “equipara con ella,como confla, ex leg. Quicumque, Ce de apocb. public. lib. 1. y lo tienen lafon, in $, Fueras; mum.5 9.mmf4it.de actionib. Surd. Confil.-540.num, 364 Franciíco Becci,Con/í]. 52. mum. 9 3. y otros, no lola. ferá lícito, fino que eftá inprecepto , y es obligación — -.deftruirlas, fegun lo dicho fupra en el 3. fupueñto,4 > PUMA» | ¡q q Í CONCLVSION HL... . M0 15 Digolotercero:que en quanto á la Cruzde | Carauaca, y Medalla del Santifsimo Sacramento, y E nueltra Señora,mientras no conflare que eltá el igna E en ellas,me parece podrá vfar dicho fugeto de ellas E con la reuerencia debida, y por elfinque le deue,de 5 dár á nueítro Señor el deuido culto enfu Santa Cruz 4 E Imagen, y no por confervar el pato con el Demoní En E que hizo la hechizera,ó la feñal del. EN | E 16 Fundome:lo vno ,en que púede fer que lafe- y ñal de dicho paéto,ó hechizoeftunieffe en el aglome- E rado,mezcla,y cumulo de todas las dichas alhajas, Y 1: la. E pq E IS á 4 O PA a A A a 7 y

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