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ede auer otro genero de Manuel(aun dado por In- comole cree)que la co- fido tantas las imuer nueftro cal9 no parece pu probanga de la muerte de falible el que aya fucedido, tenida en la efpecie del por auct tes de dicha Batalia,y 1 por nueítro el campo, | cialidad le bufca/le entre Jos demás muertos, por Mayer ya pafado tanto tiempo > ex [e patet:crgo, UC» A Y lo ECAS le | G.de apoch.poblic.y de Otras , donde le dize, que la pr efumpcion le tiene por verdad, y le equipara elcritura,o teftimonito autentico:pues en nueítro ca- fo ay vehementifsimas pr npelones de la muerte de Manuel, cómo lo,conoc ay 1que pelarebien to- us circunítancias:erg0,XC. paro Lo 2.porque (1 acendémos al Derecho Cano- nico,como debe arenderfe(¿0 vnicamente a él,co- mo defpues veremos, pues en fentencia COmun,con - tra Bartul.GregeLop.y orrosile com enelta parte)elte enel tic.6.de las De —iienoncóntefara,cap.Queniam fregue verf:Si auteimo SO ra que Ca pueda paar a fegundo matrimonio,el queprecedan verilimiles pre marido: Sus pal y Te vió por alguntiempo,qu - gunderecho fermuerto. prefumpcione gun la Autent.Hodie , C.de repud. ó alo lumo cinco “años , fegun la ley Vorores: citada z/6d /íc e/f,que en *mueltro caío concurre todo lo dicho,y mucho mas; «pues Manuel es cierto eltunoen la guerra, que entró enla Batalla , que de lu Tercio murieron muchos, «que el no pareció mas,ni entre losprifioneros, ni en- «tre los que fe retiraron a Badajoz, que es fama co- - «munentre los Capitanes de fu Fercio,otros muchos Cabos, y Soldados,que murio endicha Batalla , que “fe han pallado treze años, defpuesaca, ln. auerfe ce- nidonoticía del auiendofe hecho particularifsimas diligencias;como fe fupone, y auiendo cellado tan- ros años ha la guerra de Portugal(que es cifcunitá- E cia ponderableen elcafo,pues pudiera fofpecharíe $ É fi durararodavia,que le ocultana, pot que ño ¿e coní- | pl RS legunda . a bolver a ella que es (a comy ME qe >. MH hs 1d » ercio,por no auer quedado, ni 4uer auido quien con elpe-, ge, y reuoca / Jerte e srales de y 0 Porr AS lo pide para la muger calada” Autores,que dizenno fer neceffario para que la mur | , e pd 4 á E -. o» o Y ud » 2151 Tratado 1.De Matrimonio, Orden». sisi EPA ER, “ní con tantas +paracion*mucho m que dicho textoy lu: E rio A ra faberíi vius.)1ue- e locpidamprcnidh MpateliMcr go ei”... A ] pS adulterio: por co lieniente tera licico dicho * 8 “Y en la fegunda partedel Decret cap. Cum? nio era mencede dichaleyisegostccl 602 perbellicam34-4- 14 Teil printip: erafando de 1af qn Lo mifmo fe arguye d la ley Nonommes, $. muger,que fe caía fegunda vez, dize ¿que le efcuta de. A barbaris ff.de remilitari,dondete derermina , que' culpa por lá credulidad d e > les POP quando no fe puede tener entera,y plena-probanga palabras [on: Nec ¿amé ps DO: pe) a ea cola balla quefe rengapor congeturas: en mam cius mariti,qui dam BE crlimababar afampal fi1.En núeftro calo aybaltante cauía rd | lidad dela muerte de Manuel, como arriba qu víltosy para que verifimilmente fe prefuma es muer - ' to, í/m0,para que fu muertele tenga por moralimen- ' teciertasergo;8c. > | j | . 9 ¿A quefe añade,que endicho Derecho no ay texto alguno que contradiga dicha refolucion;pues ' , y por-otras circunis como weremos defpues , refpondiendo alos que fe tancias que impofsibilican ya la probanga plena,ué --puedenalegaren contrario ,todos ellos fon aplica- | bles nueltro cafo,y pueden con facilidad concor- ' deduce de la ley Quiéunque, ¿daríe coh los mencionados, y entenderfe lin incon- | veniente en el fentido dicho,como los entiédenmu- $ 2 la; chos Autorés,de quibusinfra:trgo,8 Cc. ro Lo 3.porque liatendemosá la autoridad de + los DD,cuyo,argumento ¿vale en ambos Derechos, comoconfiajex 1. Aptiquis, f f Jfipar haered. pet.ex * cap.Cum baberet,de e0,qui duxit inmatrimon. quam pol .peradult:cap.Omnes Principes,de maior. ()- obed» | cap. Significofti 2.de bomic.y de otros; fon innumera- ' bles losDD.que 0 en propios terminos,ó enequiua- Aicbahaócióra refolucion , como ya de- nulo A 11 Porquelor. lapatrocinan todos aquellos o y fumpciones de la muerte del-primer - abras lon: Siautein ue carnal: conim- tandia alteruter conisgum expelte- tir, donec de ip/ins obitu verifimiliter prefumatar. ¿Donde nota la Glof. fobre aquella palabra pra/u- — matur,quequando ay fama de la muerte delta] ma- rido,y elte era viejo,o eftuuo en la guerra,y nobol- e entalcaloíe- prefumetes Y añade, que ay-baltante | certidumbre, quando ay eltas,y lemejantesviblentas s, y la muger ha elperado poralgun: tiempo, conviened fab er,ó p or efpacio de vn año; le- > Ud : ger pueda pallara fegundas bodas,que la tal tenga: moral certidumbre de lamuerte def marido, fino : «que baflatenga probabilidad moral, ó probables * fundamentos ajuyzio dé los do“os, para prefumir, O creer que es muerto. Eftos fon Rofel.S. Antonino, - Silv.Philiarc.y Laym. queloscita,y figie, tom.2. * lib.s.trathiio.p.3.cap.3.muwm.2.5$.1gitur. Lo miímo * tienen Bart. de Ledefm. LuisLop.Hoft.Gofr.Phil. Rayn.Tab.Y delos Iuriftas, Armil. Ant.Gom.Pers ' Mafc.y'otros,que cita Sanchez lib.2.di/p.46.M.5. y ' elmiímo la tiene por probable, 1bi,in Amo Elo ll | motieneh Dian, part. 3.t*162,4.d: Sacrám. ref. 214; * Henr. Agultinian.enfu Sum. Section:a 5.9.6. 4n fin. y otros muchos. 6 VOS DES E PU IA DA AN 12. Todoslosquales dizen que bafta vna muy ' probable perfuañon,y prefunciondeqhe és muerto el vno de los cafados, para que el otro pueda bolver- * le a calar lícitamente, y que afsi con bl a fé, fino 1 ay quien fe leoponga, podrá pafíar con propia anto». ridad 4 fegundas bodas: y que el Cófeffor fe lo podrá permitir enel fuero de la cóntiencia;y « el fuero externo,fi defpues de celebradas lega 3 entons der la caufa,ni le debera caltigar,ni fepararle der fe gando matrimonio,miétras no le Cólte q vine adhue el primero cabíorte.Lo qual dizen fe infiere comd. cierto, ex ¿Cum per bellicácitado.Y la razon á dán ' es:porque en las colas morales,en las qualesno pues de el hombre tener.roral certidumbre para ogdenaf. lus acciones, debe baítarle vna probabilifsima(auné y t E ur pe x 4
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