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y A A, Wes Pi A 374, Tratado VI, Mifceláneo. 10 Esfuercafe ¿fa raázon;no teniendo el pariente,que debierajer elegido de ná ycomo Patron,edadpara afsi fe quedana el inconveniente en pit:y aunque puedo elegir ejiraño,c/Jo fuera con la razon fupuefia , efiragarco fúersael derecho de la fangre,y. de la Familia. > O A COR - PRE. 0 11 Efefundamento es lígero,vamos alfegando,que haze toda lafuerca a mi favor; y bucle. la materia difica derc/iolver.Yes,que ehacalidad/olo fe balla pus Jobrelos dos prineros llamados Jin anerla, reperido , ni mencior ejpecial mi general. nzmte,bablando en todos los demas fiwe/fores,con que parece,que preci/amente ela calidad fue lio da, y ref ringida a folos los dos lla.nados.Porquela calidad folo en dos cafos fe juzga repcrida,que fomel uno, quan Fundador empieza fu diJpojicion,dando regla general: v.g. Queriendo que todos los Juceffares en efa Cape Sacerdotes,y que fi continue ejla calidad en todos. Es mi voluntad, H*c.El otro essquando por congeturas , 0 por bras de ladi/pofícion,que miran a. otros fugetos,que los llamados fe colige,que' quijo,que la calidad /e repiticffeso mofidixefeX fi algun fucefjor,o fucefjores defia mi Capellania tuniere impedimento legitimo para.no poderlas d por filas pueda mandar dezcir,»c.De cuyas palabras neceffariamente fe mfrere,que quijo que todos los fucefforest Jen Sacerdotes:luego fí ni. uno, otro concurre enefía Fundacion fi convence,que la calidad fue: limitada A los dos amados Jine/fienderfe a los demas Jilceffores, >>. d9Uo lO soil lla sl y 12: .Oponefe a ela opinion otra,no dfhuda de autoridad, Bartol.in 1.finam. 2... ad Trebell.Raph.cum Paul, Caltr.8uplures citati a Molina in loco infra citando,que dize,que quando ay dida Jobre la repeticion de la cali de los llananientos precedentes fe hadesomarregla paralos fubfiguientes,por prefamirje , que el Fundador peje conlamifmamente, ¿intencion en los poftreros,que enlos primeros. "13. Maseflaopinios Je de/vanewe con dezir,que encalidadamadadel Teflador y que fue principal objeto de fu luntad,no fe debe pr¿/iumir olvidoyyquefi lhuuirra querido que fe repitieffe,y confervajfe,lo husiera expreffados 5 - 14. Tea/oquela adinitieramos,no fueraen el cafo prejente,en que por la calidad fe corrige, y fe opone. al desechot mun, pues por el c/1a reprobado la cumulacionde bienes, y hazienda al Effado Eclefraftico,y que falgan del comercio el lar,principal nente no ofendiendof: el beneficio del Alma, por minifirarje por agena perfona( lo qual no tiene lugar, mi debe admitir en nueftro propofito,y mas quandoen efta dypoficion fue el Alma la heredera de fu herencia , fundada ' memoria fiendo credito del Alma la carga de MifJas;/atisfaciendo/e efa acreedora,queda fin riefzo el deudor;pues el [ Jvagio por [ino pide [ugsto calificado com el orden Sacerdot al, para lo que mira al cu nplimiento de las Mifas > | 15 Todo lo referido/e ballara fondadocon nas mc, y mejores vozesen Molinade Hifpan. primog.lib. cap. 5.deíde el num. 56.en adelante, y lus Adicionadoresa efte lugar,que traen,y citan otros muchos Autore aísi Morales,como Profanos,que por euitar la moleltia,no refiero. | deta 8 146 Pongo.enlaconfideracion de V.P.que mi padre fue Don Meuioyuno de los mayores Abogados defi tiempo, ho nbr: de buena vida y te nerofacon:iencia gozó cafudo e/le Patronato,como confa de diferentes recibos , que tengo € mi poder del Receptor del Subfidio, que entonces era,en que como Patron, y Capellan pagó compul/o;y apremiado por ligizio,que entonces eBana pendiente jobre la contriba ¡on dele dsrecho,que aunque pudo hazer ma!,0. engañ id motinos licitos,0 1licitos pira obtencrle,d mi me ba fervido de ocafion para auerle gozado halla veinte y n uene años que "AN 7 pe y Fs Y ns $ 4 ez 8 oO la CONCLVSION.:.:': E ER Epacanala parte afirmativa me pare- ce probable , y lo pruebo con el fylogif- mo figuiente. Las Capellanias no colatinas,ó legas, fe pueden dar a qualquiera,y enqualquiera edad ,como la voluntad del Fundador no lo contradiga ;/ed/1s ef, que la Capellanía de nueltro cafo,por vna parte es Ca- pellania no colatina,o lega: y por otraparte la volun- tad del Fundador no contradize el que le dé a Seglar (exceptuando los dos primeros llamados )luego aun- qué V.m.fea Seglar podra obtener dicha Capellanía Jicitamente,con la obligacion de dezir las Miflas que ellyordena, y enla Parroquia que fé difpone.. 242. Laconfequencia es legirima;lamayor la tiene con Gongalez,»cg:.1.8.Canceliarglo/.5. nur. 27» Cal- rro. Palao,que le cita,y ligue par?.2.fradtel 3.di/p. Lo puacd.6.1.4.y lo Mimo tieneSanchez tom. 1.con/1dib. 2.64p-2:dub.3 1.im/ine pagmihi218.y la razo quedá es:porque en derecho no ay cofa ¿pueda ales de dichas Capellaniaslegas,como fe hala dipueltoacer cade las Capellanias Eclebal:icas,que no. puedá «dar- Lino a Clerigos que tengan catorce años de édada ego-la Capellania no, colatiua puede daríe a Se- -glar, porque es cola temporal, como bien dichoSanch, 1 ; A 101 senzayno debien?o paffar de los veinte y cinco fía mombrar otro,conforme a lacontraria opinion. Suplico 4 V.P.lo ve con todo cuydado,y me Jaque de todo efcrmpilo, que yo efloy prompto a executar lo que me ordenar. | ! | - cio Ecleñiaftico fe ha de dar A Clerigo,y-no á Seglar egan la difpolicion de los Sagrados Canones,cap:G 4.2. 3.pero las Capellanías no colatinas,ó legas,ni -colativas,ó legas(que enderecho no fon otra cola ps Confirmafe la dicha mayor:porque aunque es : | que ante todo Beneficio Ecleliaflico fe requiere pri unio Clerícato,ó la primera tonfurazporque el Bene. adeo 17 .de re/cript.cap. Ex litteris 6.de tranfactiomi cap. In Ecclefza, de comflitut.y la comun fentencia É los DD.apud Leísium deiu82.ch iureylib. 2¿cap. 34.4 bat.19.0.1.8% Machad.tom.1.lib.3:p.3.trad1.1.docan Beneficios Eclefiafticos,ni traen configo la obligacio del rezo,milos demás efectos,que los Beneficios Ec baÑicos,como contta,er cap..Ad bec,de Religador. y Y tiene con Ja comun de DD.dicho Machado , docum.3' 7.2.Crgo,X Cc, | 4 3 Probada la mayor, folo reta probar la menor pero por quanto efta tiene dos partes,para no confun dirlas , y proceder commas claridad , las probarémo divifinamente,como fe figue. 1 4 Laprimera parte dela menor : ello es, que la Capellania de nueítro calo, fea Capellania, no colati: va,ó lega,fe prueba; lo vno, porque Capellanias S vnos ciertos legados, dexados cen obligacionde dezúi tan ym 13
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