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z Corifislta VI... | ! 7 quando ladiminución de larenta ha ido fin culpa fi- + no mueítrefé qual: ergo , 8re, ya,porque efía pareceque esla fuerga, intencionde 10 «Dirás:los Capellanes pagana la Fabrica por ontraro,fegun la doctrina de Lefsio, Tamburino, entero,como fe dize enel numero 12.04 cefA,que fes y Lumbier,que les cita,y figue, vb: /apra , que fegun - gun la difpoficion de el Fundador, la Fabrica ha de y quefe cobre, fe celebre, y no mas;lo qual dize dicho pagar los falarios de el Teforero , Como confia del ambier, que lo ve practicado comunmente en Pa- numero 4.10 qual no fe inmutó en él, namero 1 1.pueg yquías , y en Conventos. Luego mucho menos elta- - lo quefe alteró alli,folamente fue, e] que los Capella. os Capellanes de nueítro cafo: obligados a pa-. nes quedailen con la obligacion de mantener la abri: gar al Telorero el fatario por entero,(ino que folo , y ca:ergo, Sec. 4 | | fas eltarán obligados á pagarle por la rata de 11 Refpondo:que el fultentar laFabrica,y las cos - loque cobran, puesla diminucion de la rentaha(i- fasdel culto Diuino por entero, es voluntario tn los do inculpa fuya :pues deben fer preferidas las Mif- dichos Capellanes;pues pudieran ratearlo conforme 4 185 , que el Fundador mandó dezir por fu Alma, al lo que fe cobra de las Capellanias,como conita de lo falario de el Telorero ,como ninguno negará, pues alegado;/24/% g/ff,que lo que graciofamente fe conce. no puede, nidebe dudar, que el Eundador prefiera de a vno,no debe traeríe por exemplo para otros, ex aquellas acíle, a cuya mente le debe cliár, ex cap. cap. Quod alieni,74 ude regul. iur.in 6.leg.Quoniam, Code ¿ntelligentia 6h» cap. Propterea 8.de verb. fiznificat. Erifiopd> Gleric.Yhomas de Thomafer, regúl. 2564 leg, Sctre leges ,ff-de legib. leg. Non aliter ,Í , Oe legat. Dyno fobr e la dicha regla,y otros muchos : y lo'mif 3» leg. Labeo,in fin. ff de fuppell. legat. y de otras: er- mofeiniero,ex cap. Que d iure comuni, 28. de regul, ZO, MC. | A 0 2 dereod 116.6 .y alli )yno,con otros muchos:ergo , 8:04 9 Y lo feptimo:porque no ay fundamento, que - Eltoes.lo que fienco lobre la dicha dificultad:Salvoin convenga; [mó , nique pertuada lo contrario;y fis omnibus, ce. Ab sie e CONSVLTA VII SI Aral quietud, y fofitego demi conciencia necefsito confilear con V.P.on cafo que fe me ofrece lobre la. E p infeccion lia dun Patronito de Legos,y memoria de Mo LA pte de Sacerdocio,que fe halla exprefJa en el Tefamento que ótorga fu Fiendador, en queda poder, y faculrad al Cura de R.y dos Religro/os de la Rel igion N.para que di/ponzan, y ordenen ela mae novia; yesen «a forma. _ 1. Demanera,queel Capellanque las huuiere de dezir en cada vn año, para (iempre jamás tenga que comer, Ga pallar necefsidad;el qual dicho Capellan ha de dezir las dichas Miflas,ó Fieñtas de lo que rezare la 1 glelía. 2. Ltem,para que firvala dicha Capellan'a nombro por primero.Capellan a Falano, hijo del primer Matrimonio de Jumuger fif:ere Sacerdote,y cantare Moa; y fino cantare MiS s,ni as Sacerdote,ental ca/o nombro en fu lugar 2 Fulanory encufo que ninguno de los Jisfodichos no b:usieren cantado Mij/a, mientras que nola cantar; ayael Patron de nombrar perjona de buena fama, y coflunbres,que las diga, y le den competente limy/ha pon ellas: y los maranedifes que Ars, pagadas que féan dichas Mifas. fan para cafaruna,o dos Huerfanas del Linage del Fisndador,las que fo. Falare el Patron. | 3. -Defpues pafJa anombrar P dtron,que nombre Cavellan fucefsiuanente, fín repetir nada ni hablap palabra dela calidad de Sacerdocio,y juntamente Patronesa quien feñala tres mil marauedisy cafaen que vina, Jiendo 3fiimifina del Linage del Fundador. | | q ; _ 4, Y enexecucion de lo referido, el feñor Cura, y dichos Religio/os Tea nentarios difpufieron, que el Capellan ¿0 - Capellanes E o todalarenta,que fe lefeñalana,con calidad de que cada un dia de los quatro de la Sez mana huuielf? de | runa Mia por fis propria perfona,y los otros tres por Jubfiituto,en la Iglefíade N.que es donde Je hbandedezir,o air to ae PO | E : Y 2, 5. Ltempnandamas,que adernás de las referidasayan dichos Capellanes de mandar dezip cinco Mifas cantadas. odos los años, por las Fiefias de Nuefira Señora. 7 E ca ¿ pis 0096 . Declararonde/pues efa di/poficion por Patronato de Legos,/ín intromifsion de Inez Eclefiaflico , y que con fola E EE e nombramiento del Patron,o Patrones,que fueren,pueda finotra diligencia alguna, qualquier Capellan obtener dicha 0 Patronato. ) | | | 4 Ao eo 0007 Premifalagrauedad de lasrázones vefividas,que podero/amente inducen la calidad de Sacerdote en el Capellans > Taduda,y dificultadef!3yenf podro jaftamenteyoo perjadicando a ningun llamado,y fiendo defcendiente d l Fundador, obtener efle Patronato fiendo Seglar,y mandando dezir las Mifas en la Parroquia quefe 208 | | 0.08 Y aunquees verdad que la refolucion deffa duda mas toca a mifacultad,q a lade V.P.y yodefátarlacon ed 4... reconoceel Chrifliano otro,que el Confefforsy efe es el que ba de fentenciar en materias de e/piricu,como ela. Y afsime 2 pareció precifotomar pao de Sugetos Aral erudición,y inte +94 Me alfeguraffen, y Jacaffen del ric/go em que * . vacilalaconcienci.a.Los fundamentos jaridicos,que por mi parte hazen/obre pa sd e 9 Elprimero.fer defeendiente del Fundador, y el que kuniere d Juc der en ete P atronato por mi nombr amtento, anque pariente fyyom: y remoto,y n0.es prefmible, que el Fundador wife - monftr.l,cumtale ,S.fin.fi.de paétis cum vulgaris. | pa “ hee E N A ; Hh á + É a. - E Ne , > : h y ' ed . 2 vs Ñ 3 y j 4 _ Ñ $ A 1 * É $ oe Md 3 v F : ' iriB A j j 3 E + ; ar b ! y HI ps ERA a ES ¿ hitos Y do a ¿ 12 lo a ki e 3 . "7 ei» + £ Me . dl a de 20 e 5 E Ms e yá ir ¿A 7 DES FA 30" ¿AE A sá: td ás ba e 5 €... E q : 1 pr A A A de Ñ di s li E a ; $e e S 5 y 2 y us Ñ y Y » bad Le 4 a e , Ñ erir on remoto, 2 un defeendiente imifiro,l.cum Avos,fEde condir.8e de. e: . E de” O q ba «y + A 4 mn“ t «y E gldio,efo fuera bueno enel fuero exterior,en que yo puedo fer Tuez de mi propriacam/a:mas én el de la conciencia m0. de

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