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856 A Tratado V. De luftitia,8c iure. >: CONCLVSION III. 252 Digolorercero: que ningun vío de dichas anfibologias,deue,ó puede licitamente favorecer 4 las fraudes,al dolo injufto,ó a la injuria de otro : De don- de fe figue , que el que víare de femejantes anfibolo- giasen dichos cafos , pecará mortalmente, fi el daño que caufare fuere graue : Aísilo tiene nueftro Baco, vbifupra,y la razon es: porque nunca es lícito hazer daña injuíto al proximo,ó cooperar etiam negatine, al tal nocumento injuíto. ¿1253 Perolo contrario den desirte en cafo que el tal nócumento fea jufto, y fe caufe juftamente : que ental cafo le ferá lícito al que puede caufar dichoda- ño,víar de anfibologia fenible,ó externa para cauíar= : le: La razon es, porque endicho caío no es mala per fe | qee anfibologia:puesfe ordena, y refiere a alguna tílidad:y el nocumento que fe infiere,es lícito, camo Se fupone:ergo,8c. 254 De aqui fe ligue , que le.eslicito al Soldado en guerra juíta víar de anfibologia feníible, para que el enemigo fe alucine, y pueda dañarle:lo mifino es lícito al Juez para facar la verdad al reo:y tambien fera licí- to víar de anfibología fenfible , para que el ladron fe equivoque,y pueda cogerle la juflicia, 255 Pero mo fera licito en los cafos de milicia, en los qualespor qualquier modo, fegunel vío comun efta dererminado,que fe guarde fee 2los enemigos, el quebrantarfela: ra e. admite, nideue admitir anfibología,adbuc feníible , y externa en los contratos con el enemigo,ni enla matéria , Ó circunftancias de ellos,en las quales por la publica, y comun fociedad SVBCONSVLTA XXIIL. TERCERA. ES Na perfona dodta,entre otras Confultas que me nido, hablando defta eta ,€n tor o Confulta, o E me hizo: la Objeccion figutente , y enla forma, y terminos € liguen. A OBjECCION: Af difcurria yo enla OS 27.s0ndenada por 1 caufas en ella contenidas, y la ley alguna falfa fa ternidad por Javorecernos 28S. a ' RESPVESTA. H- pondo:que la Propoficion 27.en Masp R bras:Canfa vtendi bis amphibol: di.E lasanfibologiasde que avia f hab antecedente: y como la Propoficion le ia ml blaua de las pure mentales, ibi: Si quis iuret fenon fecif? —. circunítancias, que implicité., O explicrre den fe aliquid quod renera fecit, intelligendo ¡ aliquid aliud, quod non fecitinon mentibur,nec efi per don: de dicha intra /e(adlucTecluía la ley preceptiva, ó permifsina, y qualquierzotracirconftancia extrinfeca que la haga feníible) para falvar de mentira, y de perjurio, alque . hiziefie dicho juramento : de ai es , que e fe : modo de opinas 3% condena laNos 27.yá ellas [en a Afsi como no eslicito adulterar, fornicar, Óc preceptivayó permifsima,con que la ocultación de la verdad pradentemente parece Joncircunflancias confignificantes,que bazen externa la refiriccion: cion,explicadaen aquellas palabras,his amphibologijs : Pues fegunefe difcurrir mojon bricciones pure mentales en el c9/0 de la condenacion:y los que a/si las llamaron, no las conocieron., | De otra fuerte no sé como euitar AR modos, y ademanes del dechi/simo Lumbicr, de los quales de huido Y. ¡cion dá por ete call aquel - te delo áñadido,que fe retiene onirzo enda ment tiamjiex fuafignificatione non Lona no fe admite anfibologla alguna; porque af. al bien publico,comercio comun, y fociedad h otros pecados , de los quales refulte daño julie ¿ enemigos ¿como bien Sanchez , Nauarro, Di nueíiro Bafeo,que los cita,y gue vbifapr» d CONCLVSION 1V, . 256 Digoloquarto:que Nauarro, y Toled o gan por baltante caufa para dichas anfibologiasíe bles, fiempre que vno jurarogado de otra períona ticular:y la razon de Nauarro es: porque el fa obligado á reíponder ¿ a Otro, tampoco eltá obliga reíponder á fu mente. Á quo emi remouetur genksy, mis quoque fpecies remontar. . Perolo contrario juzgo deue tenerfe totalmej 1d ef8,que fino ay otra cauía mas que dichos impor nos ruegos, eltosno fon baltantes parael vío licite eftas anibologias feníibles, Ó externas ; porque fi y no ay juíta cauía para ocultar la verdad, dichos rue importanos de el que preguntó, ningun derecho le: al preguntado paraque fe la oculte, l Y aísi le 0 ezir : que menos que el pregunta: atentas las circunftancias,tenga particular derecha ocultar la verdad al interrogante, Ó que efte impor namente fuerce 4 quefe le maniñeíte la verdad, que conviene manifetlarle ; eltará obligado el que ) guntado,á refponder fencillamente a fu proximo, yy rebogo alguno la verdad de lo que fe le pregunta ,] razon del bien comun,y cinilidad humana, comob con Sylveltre, Valencia,y Suarez,lo tiene Sancha | Decalog.lib. Papa, 20. ib bs y Ñ PS 0X1.que esfequela dela antecedente, y dezia: : que 5 endicha condenacion folo parece que Je Sc pure mentales de la precia] de éfta parricula de la Propoí ¡cion =p His a A Es | ExpllÍcome mas:no pediaa la Mreniililos 26 ue: fuel verdadera la oracion(que /tcundun fesÑ yÑ ón que fe hizic(fe fenfible por algun figno, , reftriccisnsfino que dezia , que para ler verdadesra baftaua hizielle verdadero fentido, por razon fok; proferente:las palabras de Sanchez, in Sum.liba 3 6.num. 13 . Íon como fe figuen. - 0 Pofjunt quoque 'ab/que mendacio ea paso w/% ro E A tama erro AdIoibhal 00 meque ex ch $ "eb $ Ñ p a > 4 ds E y E Y dá ATRO ITA
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