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- so ferá puramente mental,(ino fenfible, y excerna, y porconiguiente,no comprehendida en dicha conde- nacion de Lnocencio XI. )y larazon es:porque en di- | afosíe dexa, y dá baltantemente á entender( A -lo.menos implicicamentz)de las circunitancias , la cal -equinocacion, y reltriccion mental. Laqual Entencia estan Clerta,que apenas ay en ella controueríia algu- “ma entre los 20ítores,como bien Dicaítillo,y de elte -Moya,vbifupr.n«2.cuya estoda la dicha doftrina. » ¿ g ” - DEDVCENSE DE LA DICHA REGLA | muchos Corolarios. ' 140 Deecfta fegunda regla fe gue, lo primero; Que ti al Contellor le hazen alguna pregunta , que tor «que aligilo:al Inquibidor alguna cofa,que toque a fu oficiozcomo (14 Fulano herege lo tienen prefo:al En» baxador alguna,que toque a faminiíterio ; como ti le pregunráflen el animo de fu Rey, la preuencion que tíicny de Exercitos,0 Armadas, y femejantes;que aun- que les pregunten lo dicho debaxo de juramento, podrán negar ablolutamente , víando dereliriccion mental, E | 141 Y larazon es:pórque en dichos cafos ay baí- tante caufa para la reftriccion,y elta fe fignifica , /al» ten, implicitamente'en dichas palabras;por razon de las cireunllancias de los oficios de Confefor, inquti1- dor,y Embaxador,que exercen dichos fugeros que las profieren: . : | O - 142. Lomeímo debedeziríe del Medico, Ciru- jano,fi acaío les preguntafien,fi la enfermedad que cie- ne Fulana ( ¿quien ellos. entran a curar con fecreto) .€s de eltrnpada,ú otra, que arguya alguna cola con- .tra el creditode la dicha: y por la inefma razon de ¿Arribas p | NAS 143: Siguefe lo fegundo: que (fi 4 vna muger le preguntafle fu marido, ha cometido adulterio?podra abfolitaménte neyarlo,abnque le aya cometido, vÍan- do defta(ó femejante )reftriccion nental ; defuerte que senga obligacion a dexirceloyporque las dichas palabras - negatinas,' por razon de la circunítancia de la perfo- na,que pregunta, y es preguntada, fe determinan a (19- nificar,/altimyimplicitamente dicha reliriccion men» . sal. Y lo POr pu le lo preguntafle ótro hombre,que no maríido:pues la dicha muger no elta óbligada a infamarfea 1 mifma, Sayro , San- Chez, Bonacina,Caflro Palao,y otros.5.: 2 144 Siguefe lo tercera: que las perfonas efpiri» «tuales;no' ettan obligadas mani feltar: los fanores.de Dios,y reuélaciones Dininas a qualquiera : y por con- Siguiente, que li fueren preguntadas (3 han tenido re- uelaciones,por perfonaa quien no debanobedecer,ó - a quién no de toca el faber lo dicho 2 Que podran ne- gar abloluranente,vfando de anfibología RO dezirfélo altal wserrogantrsporque de: las circunital ciasde la perfona que pregunta , y refpionde, y de la «calidad dela cola: pregincada:, fe ca implicita- mente la fobredichareitriccion mental iio + 145.0 Siguele lo quárro:que (1 el dadron te obli- «Salle injultaménte que dé promericdos ;«debaxo ¡de ey | | reo > ; 0 E E 5. IA » A e Confulta 23. Propoficion26:de ra var de re(triccion mental (la qual - Porque nccefsitas de dicho dinero para otro vío,Ó por, que deba pagarlo:porg a efte fin pideel Íez el juraú - ADECIFOBANEES 2 1 A ai $ 150 Sig lo nono:que l. pagó cien elcug - TAO > e de 3 e , * 4 5 e ] q E A aaa * A py $ e E , . ] hd A E e bide Inocencio. Le losdarás,encendiendolo afsi, /5 fe los debier que por vna parte ayb caufapara víar de dix fignifica impl cha anfibologiasy por orracíta fe figni mente en las palabras,que fe profieren ext. Fe,por razon de la circunftancia de la injulta vexas 'flon,que el ladronte haze;y víando de la dicha refe triccion, no avrá obligacion defpues á pagar dicha cantidad,(ino es que fe deba, alias, porque folo eo es lo que promerió,y juró. Afsi lo tienen Valencia, Bos nacina, Diana, Sanchez,Caítro Palao, y otros. +. .. 146. Sigueíe loquinto : que fi Pedro tepidiefe cien eícudos preftados,podrásrefponder, queno log Hienes,entendiendolo, pará preRarfelos : porque de la circunitanciadel fin, fe determinan dichas palabras negattuas a fignificar implicitamente dicha reltrio- clon; y ferá licita la dicha anfibologia, ti huuiere cauía juíta para negar dicho empreltido;conviene á faber.6 pres que ha de fer dificultofa la cobranga, Afsi y tienen Nauarro,danchez, Diana, Bonaci ¡yroy! Pulao, y otros. - | AA Meda 147. Siguefe lo fexto:que los Mercaderes, que no pueden lacar cljuito precio de la mercaduria, fino es Jucando,que les coftó,ó eltá en tanto,no fiendo aísi,, podran jurar lo dicho con anfibologia, idef, enten dtendolo,ó computados todos los gaftos,Ó junto con otra mercadurta,que tiene en cafa,ó que compró en ¿Otra parte : porque por razon del oficio de Mercader, y la coltumbre,que n eíto tienen.los tales, fe Ganifi- ca1mplicitamente dicha re(triccion;y por configuien- te no €S puramente mental, fino fenfible , y externa, Leño, Rebelo, Bonacina , Palao, y otros;y lo mifaio fienten dichos Autoresímenos Lelio) de los compra- dores,que juran auer comprado dicha mercaduria en otra parte por menor precio:y la coftumbre, que cam- bien ay encitos,es circunitancia feníible, por la qual fe dererminan dichas palabras a fignificar la réltric- cion mental. Teo CE E .. 148. Siguefelo feptimo:que el que tomó licita= mente loque le debian,puede licitamentejurar ; que nada romó,entendiendolo de lo ageno., ú de fuertey mento;y: de la circunítancia del Íuez,y juyzio,fefiga mifica, implicitamente dicha reftriccion , Couarrug bias, Sanchez, Suarez,Bonacina , Remigio, Palao,y JOLrOS. la CASAS Om > .: 149. - Siguefe lo oétauo:que el que efconde alguá nosbienes del Fítco,ó los acreedores, para fuflentarw fe,puede negarlo , entendiendo , que no losefcondid contra julticia ; y elto mielmo pueden refponder | teltigos,que lo faben,Bopacina, Sanchez , Palao, Re+ migio,y otros:porque elle es el fin que debe tenereh . T : a Ad ; ! «dos,que le auian preltado, y fe los buel: | ra negar el auerfelos preftado,encendiédolo de fuer ' AS O a j ] o es ¿te,que ette o AGA 04 ragarlos otra vez; A a m0 h 5 CAE fi ruuiere necefsidad para comer de lad O fifelos piden antes del | i iS e al DS q dá > E 7 «porqué ele es,ó a lo ae nos % Se : $, Si + E , - <A 2 e

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