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3 a + N : e y A - += ER E : 7 er ES Confulta XX1U | y Ye ES r | 229 2. Pofi»10 Lubg : auñique en la dicha carta de dote fa . AE E jerdadero derecho a ella 1.ergo, éic... ca Y que dicha Maria renga yerdadero de ichadote,no puede fer mareriade dnda, aencad orcierto loque en la eípecie dela con! | esqialquiera paíto, aunque £2a nudo, o iimple, indu yacub.inesp. Quinvis pactar, 5.4. num.a 3. y laco- , iiconueniente ,, la Opinion que le cuita te - ¿¿siade Teologos, legun Leño, (10.2. 64P.17»+d4b.4a y rir, anque lios Jr Jo Pal e' ha de prefe= ¿delas gentes, qualquiera efta obligado á cumplir lo «quepromerió, auiendoloaceptado el otro; y eltohora -Jo aya prometido por título graruito , hor4por one- e “y Jayzio le tercero , y. iendo verdaderá: la dicha €, €l tal defeéto no puede cido lomo te io q indu; — ral, y paje el fuero de la conciencia gráueme lo menos obligacion natural en el fucro haclo do venial, por no fer la 5d ía ,comolo tiene la comun fentenciade perniciofaenmateria g aue. a y Lo quarto: porque quando ocurte algungran | egurasen conciencia ¿4un las Opiniones e S., Como lociene con la.comunde Dofto Did a di umbier , luego la. vrgencia, y necefsidad de que que tiene ¿on pacto nudo,ó con paltovellido:porque cliamio al sierto ,y verdaderoderecho , harápptobables Jasopi» ta. razon es; porque el Derecho: Canonico , que tano o : al de ys ] atiende 21a obligacion natural de la conciencia (que nace de los pagtos nudos) no admite dicha diltinción, difponiendo,que enel fuero exterior produzca accion quilla contraéto, como conita ey caf.L, Ae OO Ot SUO00aÍaAdó 109 Yi As a db mounaley del Derecho Real,que esla 1.2 .£1,36: Recop.diípone exprellamente, que como quiera que alguno quificre obligarle: quede obligado gn el tuero ¿excerior, fin que le atienda a las futilezas del Derecho ¿cinil; conque por Derecho Ganonico, y Kealy no fe ¿puedellamar ningun paéto nudo,pues todos producen obligacion, y accion enel fuero exterior , porter ya Jegitimos,y veltidos con la aprobacion de la ley , cos mo dizedoítamente Pichardo, ¿in rub.imf de ach..cóy ebliz.in principumwn.2 9-Y:304y decíte Machado , oz, A .l10.3.part.s krach.1 document. , MARIS e mn 019993) 16 Imo0,eltotiene particular fuerca en la prome: ía de ladoré; porque, elta por privilegio del Derecho dá accion ciuil , vs pateber G | . 3nflit.de aldionibus, acerca de lo qual le vea Letio,diéh. —dib.2.cap.17 dub. 4.nmtqfedficef y yue ennueltro eafofeÍupone por cofa cierta , que dicha.cancidad fe le ofreció a Maria endote por efcritura de Fil ula» COn; luago auiendofe celebrado, y conf dy ic al - Matrimonio, le le debera en conciencia, y aun en el fuero externo la fobredicha cantidad, f iviaria tendr - verdadero derecho a ella, a véroque forosere +» Y7 Lo:tercero, y es confirmacion delo dente; porque. ai A 4 A 3in $. De confituto, manera leordeban devicardi- 2 mas que da opuelta,. 04 2/0: paset 3 era . 9, us 3Y3 € UBIAL: E ele MES 1S1ba09 ) mt Y lo quin 0; porque no dy fundamentoque la contrato Conuenca, Comote vera refpondiendo:áro4 coto quel: alegan, y pueden alegar en contra, comg E al nes Y, de e) : doadaoJosu ULT bn. SATI SF ACESE. A; LAS: OBJECIONES :; p - EN a o ou poBA. SAS GOUIOÍ. +7 20. AL primer argumentodel doétifsimo 'Dadra Ivi elo Bañares Relpandoda primera : queen los feis capitulos, que fegun Nauárro;/con:San Áñitos ninoHoltiente, uan Andreas, Panaratitano,y Comix tolo, aquienes citayón Sam. Lasina,cap. 5 intra jue rap en duereacionlos Efcriuanos;y Notarios; no de halla, pi £e contiene el dia, mes, y año dela dara: que efto lo pone defpues enel num. 3, (juntamente conel Pob Epi teítigos) como falemnidád nece Maria ae Dereco, pero no como capitulojurado en Javereaj cion delos dichos, bs CIRIA pers 110 nt sud y . Bd NI des us IO LEA is ¡,25, , Reípondo lo fegundo: que aunque lo dicha sena deco pe eflamente juradas, conto) do ello parece fe-podria dezir , que en-dithocaloño pbligava dicho juramento ; porque el poner enlasdak tas de lasefcricuras el dia,mes, y año, en que fehiátemg es a favor de las partes contrayentes, y para cuirar ias - Fraudes, y perjuyztos, que de nofaberíe el: tiempizien que fe celebraron los contraros, y otorgaron las eforix turas, le pudieran originar; 4tquien mueltrocafo tela dicho fi n, pnesno ferviri ala legalidad deda dara, para. sulrarel perjuyz10.de las parreseontregentesinóque nie ¡ponelfá canta o. ui + + k hs $ de de $ + in po . A Decd : 3 4 e STE E ' Kh ¿y Y" YS x a « 4 rd " % , > $ Y Fo d E e L 0 A we. » EN * ¿7 > ES TE Y QA s ' *: Y pa y En " y dl A . ; La : de E á P
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