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m7 PE Y 4 PX - cd e y > US h a A A ECONCIVSION 1. ox, * 2 GT ¿Digo lo quarto:que tampoco queda compre- =— shendida aquí en dicha condenacion la fentencia , que 3 ¿por la general enfeña Machado, [0%+ 1» lib.2..part. ape 1.docu 2.2.0.5. qual dize ¿ que quando 10 causó algun daño grane , haziendo ¡accion In- y jala | | gunle pudo preuenir, que en tal calo no queda obli- - e gadoa reflitucion:como li vn ladron entrando de no- che Ahurtar,inadvertidamente,y contra fu intencion quemadie la cala. ! qbo sa» Fundafeefa fentencia: porque eldaño,que En accidens fe ocafiona de alguna accion injulta,no fe imputa á culpa,por no fer intenta , mí prenifta : y lo ¿mifmo potiori iurefe avrá de dezir del que moniclte,€ jnduxeíle al ladrona dicho hurto, (in querer en mane- ra alouna la dicha quema de la cafa,n1 pañarle por el ? penfamiento tal coa. CONC SON: v. Eds $3 Digolo5.que tampocoqueda comprehédida en cita Ria la oie de 5. Thomás,Bona - cina,y otros gue cita,y figue el Curío Moral de los Salmanticentes, tract. 1 3.c4p+1.punél. 5. Y. L-MAT 3. los quales dizen,queel que defpues de hechas las de- bidas diligencias,de (í o no ehica daño, no eítá obligado a la reltitucion. id Larazonen que fe fund a elta fen tencia es: porque fezun Derecho,'in leg.S1 d:bitor.ff «de pignora leg. 2)f. de conditionibus obturp:n caufa lez. Ls y que defiimasis /f. de rei vend leg fin.Cod.eodtibulaleg. Qui accujare,Cou.ae edend.cap. Lator,de re indicat.y en otros;en cafo de du- da esmejor la condicion del que poflee : los quales eextos fe verifican aqui,porque el que fe halla dudoto eta pofleyédo la indemnidad, ab onere refiituends,y le duda el auer fido cauf. de dicho daño, y aísi puede de- poner la duda,juzgando,que no ay obligacion de refe tituir:ergo,XC. | que dicha fentencia no efte comprehendida en * dicha condenacion,lo tienen fobre la dicha Propol1- cion 39.Prado,num. Lo.pag»227.y Hozes , hum, LL. pag.267.y | la razon es : porque la dicha Propolicion ¿condenada habla del que ciertaméte mucue,ó induce: Y Qui aliuza mouet,aut inducit , (Ge. y celta fencencia ha- bla en cafo de duda delinfiuxo enel daño, lo qual ya fe vé quees muy diverfo:ergoyÉCe. 0 000 | eS CONCLVSION VI. + Digolo6.que tampoco queda comprehendida en ela condenacion la fentencia de Bonacina , de reffiz. dijpxqueft.2 puncl. 1. mum. 14. y de otros Varones po VANA Mi oétos,que cica,y ligue el Curfo Moral Salmanticen- reflit.tract.1 3-Punthy «DUmo1 14.los quales fu mal exemplo es ocafion,y co” i haga algun daño, no elta oblt- k gado a reftitucion:y la razon que dán es; porque elle Í 1c,en lo de -—— dizen,que el que con * 'mocaufadeque otro tal no escauía vere infuente , fino folamente ocalion de que el otro hagael ral daño : y aíst eftahaze dicho daño,no por influxo del otro,(ino por fu malicia,y m0+ A uido de £i miímo. | q 4 » "Conf 3.Propolicion 9:de Inocencio. ilicira:pero de tal manera,que ni le intentósni - do D.Martin de Prado,n.1,1.pag.227. - .Cazmente a cl? influyó,ó ehcazmente enel , AAN PA AE Y 5 * 397 Y larazon a nueltro intento essporque la Propofi- ficion condenada folo hablaua EA , <ezy enel cafo de efta fentencia no ay mocion ni in- duccion,fino folamente vna ocalion,para que el ext- cutor fe mueuva,y fe mueua de fi milind, Luego ela fentencia no eltá.c: : e chendida en dicha condena- ( cion, Aísi lo tienen fobre la dicha Propoficion 29: el M.Hozes,hum.13+1 4-y. 15.4 pag.268.y el Licencia» - e q preguntares aquí, fi. queda comprehendida: pa efta condenacion la opinion que dize:que noeÑáobli- - gado á relticuir el que mouió,ó induxo al dañosfabié- otros auian de mouer,ó inducir éf-- dodecíierto, que Refpondeel M.Hozes,tum. 1 2.pag. 168. que aut- que tiene por. improbable dicha fentencia : porque el tal eo ¿p/o,que fe adelanta al otro en la mocion, la] duccion eficaz, por el mifino cato toma en li la obliga cion de reltituir,que tomaría el otrofi hizicra loimif- no, Añade, empero,que elo no obítante,no le atreue a dezir que dicha opinion elte comprehendida en da prohibicion defta Propolicion 39.00, 00h Refpondo tamen:que la tengo pof' comprehendida en elta condenación con Prado,num.6. pag. 226.y la tazon es:porque aquí ay mocion,ó induccion al daño graue,como fe fuponez/¿d /4c e/2,que eflo,y ño otra.ca - la atirmaua la Propolicion condenada,como confta de ella miíma: ergo, Sc. * eg 5 CONCLVSION: Vil. 00, $3 ' Digolo vltimo : que lo que pretende conde: nar,y condena dicho Sumo Pontitice;y de lo que ba bla dicha Propolicion condenada, es.del que mueue,ó “induce á otro a hazer gráue daño á tercero contra juf- -ticia,a diferencia del que loexecuta,como bi um - bierfobre dicha Propolicion , 1u:1em. 1902.48 fine, el qual con Gomet lo entiende,é impugna la dicha Pro- policion en terminos de inducir con confejo, ó man- dato, y que el que peca, y queda obligado á la reltici- cion,no es folo el que haze la obra... $4 Y con muchifsimarazon fe códeñala dicha Pro. policion:lo vno,porque carece de todo fundamen % d 4. ece impia: y lo otro, porque escontra todos log eologos,que enfeñan, y dan por affentado , y | de controuerfia,que no folo pecan,y eftán obligados reftítuir los que inmediatamente executan el daño, (> €L,poK no tambien los que mediatamente cooperan á vno de nueue modos, que como regla general fe con< tienenen los dosfiguientes verlos: > | lufio,Confilium, Confenfus, Palpa; Recuejs: Participans,Mutus non obffans non mavifeffmse EXPLICANSE DICHOS VERSOS, + 55 De ellos nueve modos y los feis primeros fog politiuos,y los tres vitimos negativos, y en breve la que fignifican eslo figuiente: /2/5%0 ignitca el que ma- dahazer el daño: Confilimn,el que le aconfejaConfin- v. ' * > e fus,el que dá confentimiento para que fe cintia” : .

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