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E Ain Eo e $8 v | 1 14 Y quepor conttituirfe Pedrotefligo de vita, eldichoefta obligado 1 ic pagando, Aunque pára ea 3 . | - ¿moloaniendobido, feria cauía de que le condenaflén Acaneceflario eftrecharfe:lo yno,porque enla lineade PIE - senmasdelo que alíasle huuierancondenado ,fiélbu- pobreza, fololaextrema,ó muy. grane neceísidad fa e | -yieradichololo lo que labia, y.delmodo quelo fabia reputa por c uía juíta para diferir la reltitucion » 4p. sit Es : (que era loque deuia hazer para cumplir con fu oblí- -qu,en nueltro cafo dicho fugeto pot yna parte fefí 6d me y -— gacion)esilano:porque el dichopor teltigo decidas, .poneno.eftáren graniísima, ó extrema necesidad ; ni li $ -—,nofolonohazía femiplenaprobanga, peroniaunpre- :fele pide,que fe conftituyaen ella, fino folo 4 que paí: y - funcion, y por la contefsion extrajudicial. de Pedro feconalgode maseítrechura que la que tiene, y apetes 4 «Y —crampoco la líazia; pues para efto eran menélter a lo :cezyenlo dicho no defcaecerá del eftado proprio ¿Y er ¿menos dos teltigos fin otras circunllanciascomo es decentea vnmogo,ó criado de labranga:crao,8tc, NO -——doétrinz coman: y con folo hazerfe celtigo: de vilta E O O sees " ¿fliendo en lo demás mayor de roda excepcion )hazia ....: CONCLVSION VIL AL IM. AOS, Hfemiplena probanga,como es Cierto:ergo, Cs. 0: 1 IÓN Al tercero refpondo : que el taliefta obligado 1"? 8 13 Nicontraclto hazealcafoladudade (1 leto- Areflituir,y eftrecharte para ir pagando por lo dicho 9 TE - fmaron,ó no fu dicho al muchacho,quefe halló prefen- enelcafo antecedente:y en quanto alo de la cantidad, Y) tea la herida:pues aquel folo, y alofumo podiahazer y tiempo,refpondo; que ello hade fer á arbitrio de cil ¿femiplena probanga,y con la depoficion de Luan haria prudente varon,que juzgará loque convenga peladas Ad + probanga plena;y aísi le le echaría la pena dela ley, la todaslascireunitancias. 0000000400 0d J ¿qual no fe lepodria echar (fino arbicraria) confolaja 1... 0000000 | 0 A Yidi depoficion delmuchacho,ni con la de elte, y la de luan CONCLVSION VIIL AL IV: Fa enla forma queefle lo fabia , y podrialicitamente de- .-: 17: 4lquarto refpondo : que aXtatfa le podrá is No .. ponerlo: ergo, WC» O: OMS ¿brar del tal debito, aísi fiera, como déntro de la con» de] $» CONCLVSION Ve. 0. fefsion,conmutandole:dicha penitencia. prefervatiug A 14 Refpondofinalmente,y concluyo delo.dicho: en otra prefervariua;y ay fuficiente caufipara hazerlo , -¿queeltalluan efiará obligado arefticuir alguna co- enla dificultad que fe concibe. , tendrá el penitente en e A, 1 - > HSa,mas,o menos, fegun las circ unflancias favorables, _ cumplir dicha penitencia:y elto podra hagerlo,no fólo AQ - -¿contrariasdel caía, 4ju yzio.de prudente varon;el el Gonfefor quelaimputo, (ino tambien otro Confef- > ¿JE ¿qual podrá facilmente difcurrirlo de la doftrinadi- for diflinto;pero ferá neceMario, que el penicente diga | h S cha, encerado bién del cato.. Elto le infiere biendelo lacanía, porlo qual lé impufieron dicha penitencia VA dicho,y dela efpeciedel calo, y afst no necefsita de . medicinal,para queel Confellor pueda acerradamen- > fi , mas prueba. PR | par fe conamutarlela en otra medicinal; que para quelo fea mA CONCLVSION VI. AL IL. .€snecellario le proporci ne con laculpa ,a cuyo mex il il 15. Alfegundo refpondo:que esindubicable que dicamento fe ordena, Diana, Remigio,y otros. | | / P .. NO E poa ci MA ; | | E AR AM AN q "2 E 3 'Nabija cafada pidio 4 fas madre licencia para tefar de ciento y cinquenta ducado 3 ,que temía de Bess enda, cba 4 da 7 y "s dnbento, y dejeo que teniade deocaz/elos al marido:y la maurefolo la did ligencia para difpiner dé tinguento cal MN E, "Jada y a/54 lo hizo,quedando con grandolor de no executar fa voluntad, juzg ando, que adías no podia:y NN | 5 ado.d que la madre falo. es beredera forgojadelateraraparte O DIT AO AO qm sb pcguritafa Ji lamadreshacbligada á redituirals | co/a a dicho CER eoiloo! sh | 4 Y Ñ | 1 da sodas A nba id. macida de ignorancia) fc causo involuntario, y la A 3 7 E ] Me ] Ted : y 4 y Ue A - «quefe hagalo dicho enodio d ellan - .Inflituido heredero,como lo.tienen algunos:cxgo, Ac» 1e. ¿DD 4 PARADO O AA eL CONCLVSION Lo.» «=> roto, 9 ¡Elec sigui esprobable, qu di. 1. ++ AN cha madre(aunque f era, fuera d Elpaña)no - eltaua obligadaa reítituir cola alguna á dicho yenno:y - la razon és,porque enlo dichojno buuo fuergaalguna, ni engaño pretendido , fino ado fumo ignorancia, aísi ¿de la madre,como de la hija ;/ed/5ee2 ¿que la pertona que fin miedo,ni engaño procura, que femude algun -. teltamento, y que fe infticuya otro díftinto heredero, ó | Aimifma,ho por eo eta obligada A rfiucion, un- | que primero eltaua E s ' a CONCLUSIÓN 1... 190 6.2 -Reípondo. lo fegundo ; que es mas robable, quedicha madre fuera de Efpaña eftaria obligada a retbicuir do loque valia dicha « nca: porque con dicha denegacion ( aunque incúlpable, q Mn colar: 150 pues escri Y 2 Oe e quito la libertad de poderle mandar a fu marido parg e rede lo que podia reftar, ó.rodoaquellade que podía .. ¿0 difponer;que era todoo que tenia, menos la legítima - Y AE porcion de la madre,que fuera de Efpañaes la tercera A parte de fu hazicnda:ergo ;,8ec. Meafe Diana,pari.z. A ¿rabt.6.rejol. 33. y part.s.brabh. 3re/ol, 118. Bafeo, 7 werh.Hareditas , y enel fuplemento verb. Legitima ¿8 ON portio a/cendentium,Sylvelter,Vazquez, Villalobos, y La? 1 hi DLLOELBO AC. AA o: al ñl 43. Dixe fuera de Efpaña : porque en Caftilla, y CEA Portugal, la legitima porcionque fe deue á lospa- y y P dresdeJosbienes delos hijos ( quando ellos no tienen e OR defcendientes Jfon las dos partes de dichos bienes, de E tal fuerte,que el hijo folo puede teftar, y difponer lis bremente de vna tercera parte de ftusbienes: con que- enel caío de nueftra Coníulea , por fer en Elpañas» dicha madre no tendrá obligaciona reftk=;.! uu ir cola ajguna. As h- dd A 3 o Bb 3

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