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Me .” % : 286 Tr tios;pero fegun Diana,part.7.Bradt. 1o.rejol.22.e8o mo es licito en el fuero de la conciencia: Nam non 0 e, quod licitum ef ef bonefiam,ex leg.1 14.1m principe fede regulur. E Ss CONCLVSION IL o | No obítante eflo,como el defeto del Cauallo fea de tal calidad,que aunque el comprador lo fupie- ra, con todo ello no dexara de efeátuar el contrato, aunque no de tan bueña gána, nipor tanto precio , en tal caío juzgo, que ferá valida dicha venta en ambos frde act.empr.leg.Si quis affirmauerit ff.de dolo,leg-57+ sit.s partit. 5. y lotiene conla comun de Doétoress = ¡Machadotom.1.lib.3.part.s.trad?.1.docum: 4.14m.34 y 4y folo vendrá a fer invalida en quanto al exceflo, Segun aquella regla,Vtile per inutil e non vitiatur,de ré- gul.iurin6. bh 0X 1.1.5. Mibi, f.de verb.oblig. CONCLVSION II. Añado: que fi el comprador ho pteguñta cofá Acerca delos defe£tos ocultos,podrá el quele vende; wenderfele fin defcubrirfelos;con tal,que ño le venda Sobre lo juíto,fino que quite del precio, fegun lo que merecieré el vicio;y en tal caloferá licira,y valida la venta enel fuero de la conciencia, aunque alias el có- prador,(i fupiera el tal defeéto,no le huuiefle de com- prar.Aísi lo tiene, con otrosque cita,y figue,Salas, tradh.de empt.dub.34.num.5.y con Maldero, Bonaci- ma,Leño,Beya,Regio,y Filucio, Diana part.1.trad?, 3.+ef.39.y lo mifimo tiene con Nauarra, Henriquez Á- guítiniano,Seccion.10.q-27.Pag.mibi 150. 6. Y feprueba:lo vrio,potque afsi lo tiene inter- pretado la coftumbre de cali todos los Mercaderes, efpecialmente quando fe venden femejantes mercadu- riasen Feria,donde fe eftila llenar perito en el arte el comprador,para que reconozca , fi la caualgadura es faha,ó no, y fabentodos los compradores , que los wendedores empre callan los vicios,ó defettos ocul- XoS. 7 Laotroipotque fuera cófa demafiadamente du- ra,obligar atal genero de gente tan eltrechamente, que ayan de manifeftar los defeétos ocultos de la mer- caduria , que venden, a peligro manifielto de queno des den defpuesel precio julto ,*que merece con dicho defeGo,elpecialmente quando el comprador no pide e manifieltenlos defettos,fino que dolo pregunta por el precio. +: sellada 9 otro:porque en dicho cafo no fe di vnaco- da 25 y el tal Cauallo conla falra oculta que tiene vale el precioen que le vende, como fupongo: iso ningun agranio fe haze al que le compra, y por guiente .no ay obligacion en conciencia adezír Ja falta que tiene, pues con ella vale aquello en que fe vende. FARSA 9 Lootrospórque afsi fe colige de la: doétrina de Santo Thomás,art. 3 .pues folo requiere, que fe dé A ¿Entender el defeko,porque al comprador no le venga algun peligro por el;lo qual fe id hazer baftante- siente defpues del contrato, y executada la paga;y la % Tratado. V. De'Juftitia, Sc iure. fueros,como fe colige, ex leg.Lulianas, $. S i venditor. «titatis,pag.s 3.10.6./2d fc ef,que el vendedor en nue H S == Yi "a > mefmo enfeña expreflamente¡quodlib.2 ars; mp: tabs UC. á IA ro. Lo otro: perque el vendedor por vna vía de fu derecho;y por otra,no haze injuria en dicha: contrato,pues vende fu Cauallo por juíto precio;y nt ) atrae por injuria al comprador para que le compres pues no es caufa con alguna mentira,ó fraude de que le compre el dicho:ergo,3cs AY : OBJECCION 1.: AN ir NÍí contra efto obíla,la ley luliapas , 13 Ja eN action.empt.mi la ley 1.ff.de edilitioedicto, donde fe de-' termina,que:Venditor apériat vitia oculta emptorizálio» quin concedi actionem redbibitoriamipotque fe refpon= de:que las dichas leyes folo tienen lugar donde eftuz nieren recibidas en vío:ó fe deben pe tando el * comprador lo pide:ó hñalmente puede dezirfe,que fo- $ lo dán accion para refcindir el contrato por fentencia de Iuez:ó fino puede dezirfe,quelatal ley es penal, y + que no obliga en conciencias 3 OBjECCION 1H. vy y A El ? | NN 3 i2 Niobfta,f digas lo fegundo:que la tal oculta cion fue cauía del contrato, y por configuiente , quek quitó el libre confentimiento del comprador : luega fue injufta,€ ilícita la tal venta. y 7 13 PorqueacftorefpondeDiana:que la taloculaH tacion no esdolofa:potrque quando la cofa que le ven $ de esvtil al comprador, y él no exprefla diflenfo HH guno:en tal cafo,dize,el no manifeítar el defeo de Y la mercadúria,no espropriamente fraude, y dolo; y $ aísidize,que folo ay dolo enla oculracion del defec+ E to,quando por el tal defeéto fe haze la mercaduria mal vtilal comprador,ó peligrofa , 6 quando nofe le dif E minuye el precio, fegún la exigencia de el defesto;lo $ qual no ay en nueftro cafo,como fupongo» . ' 14 Añado en confirmacion de la refpuefta da $: Diana:que no obra con dolo el que vía de lu derechos tx leg. Nullus F.de regul.iur.donde fe dize lo que fe fi- gue: Nullus videtur dolo facere,qui fuo iure otitar; y la tiene Fray Luisde la Concepcion en fu Examen Ve- tro calo vía de fu derecho: y por otra parte no eflá obligado a manifeftar el defeto antes del contrato, f= fio es,que el comprador expre(lamente lo pida : por» que la exploracion de los defeétos', al compradorle: pertenecen,y por ella cauífa fuelen llenar, en tiempo de Ferías,peritosen el arte; para que conozcan 1 1; caualgaduras,que compran eftán totalmente fanas , d padecen algun defeto;y afsi dicho.comprador fino'hís z0 diligencia, ó lino la hizocomo debiera,ní pregun: tó al vendedor por los defeítos, fino que folamente trató del precio,no tiene que quexaríe del vendedor fino imputarfe la culpa4 (1,que confiado en fola 14 Juyzio,y agradado del Canallo , fin mas informacion trató dela comprazy mas quiendo fido efta dentro le los limites del julto precio,44buc,atento el dicho de-: fecto:ergo,c. pd E 15 Advierté empero dicho Diana,que hel ven» dedor fe perfuade probablemente d que el tal com- | | =pras 5 .. $ z 1
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