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278 | | SECCION: IV. 0.00 | CONCLUSION To 32 Enquanto ala fegunda:parte de la Coníalra: digo lo primero, qiie dentro: de los limites del'juño preció, bién fé púede liciramente vender mas caro al fiado,que al contádo : como fi alcontado fe vendia la cola por el preció infimo., Ópor el precio medio ;po- dra venderle al fiado por elfupreimo, y rigúrofo; por. que codó el dicho precio fejuzgajúlto. "00 +. 34 Digo lo. fegundo que adbuc ablolutamente hablando, fe puede lícitámente vender mas taro'al ha- do,que al contado,1de/? obre lo que fuera julto precio rigurofo luego pagar:lo vno, porque el precio natu- ral, y jufto. de las cofas que fe venden fiadas es mayor; que el de las cofas que fe venden de contado; afsi como es menor el precio de lás que fe véndenrogando y y en almonedá. Apo Y la razoñ de elto €s: porque pará comprar metca- durias fiadas, ay muchos mascompradores , que pará las que le venden de contado; /ed//: ef? ,que el auer muchos compradores de vná cofa, hazeque crezca haturalmente el juftó precia de ella, y que dé pneda vender mas cára; afsi como pot 1á falta de mercadu- rias,ó por auer mucho dinero crecé el preciodelaco- £a,y fe puede vender mas cara, como lo tienen todos los Dottoreszapud Hart.de iufi .htur:tract.de contraci. difp. 2: dif. 5.y lo enfeña por regla general , y cierta, Machado,tóm.1: lib. 3. part. 4..traél. 4. document. 4. num,4.y docum.6.num.1.infine, dize fer lo dicho muy” confirme,y aun forgofo en buena júrilprudencia : er O, SC; RAN Pidi A e > poo 3 20) e hi 34 . Lootro : porque vno de lostitulos que juftifi» ¡can el vendermas caro al fiado de lo que fuera jufto rigurofo precio al contado(aun dado que no aya lucro «ceflante,ni daño emergente por la dilacion dela paga por el tiempo que fe fia)esel peligro del capital, dde perder la mercaduria:y lo mifmo júíftifican lasrazones de incomodidad, peligro , y meleftiasen la cobranga, cofíno lo tiene con Mediná,Cotdoua,N auarra, Navar- ro,y Soto, Lelio,de 1/4. iuréslibia cap. 21: dubis. 6. “num.s4.y con Valeria, Sa, Rodriguez ¿ Santarclo, Salas, y otros,Diana,part, 1.trdHS refolat. 37. y 57. y cof Bonacina,Filucio,Maldero , y losdichos , Ma- chado,vb:/upra,docum:6. num. 3: y docum. 7. HUM: De Jed fic ef ,que dichos riefgos, iricormodidad, y moleliias, nunca;o tara vez faltan, comole dixó fupra ¿ num. v5. £rgo,BC. e Pob AVISE 910803000 u135 Lootro:potque eflos tiefgos,icomódidad; y moleftias fon precio eftimables, enjuyzio de poner:S, fegun Lelo citado: luego por efte titulo Je ferá ticito fubir algo el precio al Mercader que vende al fiados gaj8ci ro: obia: 9 oral e 36. Lootro:porque ci Mercader tiene. derecho á pedir fianca para feguridad de. fu deuda : y el fiador pudiera licitamente llevar alguna cofa por dicha fian- ¿a,como lo tienen dichos Lefio , y Machado, num. 3. Inego fi el Mercader no pide dicha fianga fino que fe “Tratado V. De Jufticia, 8 ture. 10.) precio que la cola. tiene per fe, (ino tambien : queda €lconel rieígo de la dendá, podta par: E te fubir algo el precio,y levar licitamente; lo Quelici=. $ tamente pudiera llevar el fiador :ergojy8icd ¿. * HE 37 Y lo0tro:porque nilo dicho efta ca, E dido en Sms Lyn de las Propobiciohes condenadasre= E feridas fúpra,ó en la condenácion de ellas, ní apiargu- E mento qUe convenca lo contrario, como fe verá ref. E: pondiendo4 ellos: luego no ay por dordeno: debate. El neríe por probable lo dicho(que esfolalo que:aquife E pretende, y-1o que fiento) aunque lo cóntrarid:fea m s E probable, más comun, y mas verdadero. ¡¿comódo juz-= + E Bo:ergo,BIC+. OTRO > burol Y a HA "¿OBjECCION. l: a OI URPMMIB 238 + 'Opondras lo 1. la inercaduria hadaesvnmmi- tuo virtual,y eqniualente : pues alargat ¡laspagaal “comprador de ciento:v.g.por vn año, virtualiten, de. E «quivalenter,eslo mifmo., que preftarle ciento por vn E año; /+d fic e , que pot el mutuo no fe puededlbomarco- ía alguna/apra fortem; y dezitlo contrario, dh c nde. nado por Inocencio XL.en la Propoficiondelma»z. 41. y por AlerándroV11.enla Propoficion del mun: 42 luego tampoco podrá lenarfe cofa alguna por folala dilacion de lapaga: pergos fed ficef y quel fuera licito vénder mascáro al frado,que al contado,+def, fóbre lo que fuera precio jufto rigutofó 4 luego pagar, ld:que excedielfe de el juíto preció fupremoa luególpagar, le Jleuaria precifamente por fola la dilaciondé-la paga: ergo, Sicgonso acta ontis ob oli ci b lo RESPUESTA dipbiosiirm dr + 39 - Refpondolo primero;que dicho:excelo fobre el jufto fupremo precio al contado,no es vfurasporque ho es por el miutúo, fino porlosotros titulos y4dichos, — y porque elleesel preciojalldal fiado. “o.:.0. "4 Ni ental cáfo le vende en másia dicha imercaduria por fola la dilacion de lapága, Girio porqué elte modo de venderla, nempeal fiado; haze que per :accidensfe aumente,y crezca el precio ñatural, y jultó dela cofa, - * por auer muchos mas compradorespara lo quefevenz de al fiado,queparalo quee vende al contado. > AIMAR E SPNBESTA DY : = 40 Refpondolo fegundo: quie dado cafo que fals * taflen todoslos dichos titulos, de peligro del capital, riefgos,incomiodidad, y moleftias de la cobranga,y los 1 de lucro ceflante, y daño Emergente; fiendo enrigór la dicho compra, y venta,y a preciójalto ¿como fe ha di- cho , quedacon ello baltaftemente júfiificado, 'y no comprehendido eb dichas condenaciones ¿que no ha- blan de los contratos de compra,y venta, cómoluego dire, y coníta de ellas mefmas; nife debe eltender a $ ellos, por fer como fon dichas condenacionésde inter. ¿E preracionéltrechá.: 0005 0000 6Lo y rene! 0 | RESPUESTA ME 000 é 241 Refpondolo'tercero;que vender la cofafos bre el juftoprecio de ella, Lera lero iniquo ,peró él. re lucro mo fefá vfur Sir Obien Leño, libiocdpidór .3.nu4m.20.y la rázoñ que da es: porque él taf' cto. nio proviebe raso ibi fino de la venid iniqua luego, quando lo quefe vende al fiado excedieffe ¿nó folo.el Dd pd pd dit e A putos £ > : ini coa = A A A . 5 Sl de pi , mA Es. dalla ; A A A E MD A > Ma ll di a o ea ai e A O BS AE A E 4 ES] it La '2604 ¿7 Pa e IA tiene Mo co

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