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$ $. >. v ordén,y al Beneficio,y auna muchos Beneficios. * Y fe puede probar con muchas paridades : pues con oír vna Mifla fe farisface a muchas fieftas, quando con- « curren fimul:con yn Y mn la Quareíma,y alas Té- poras,que caen endicho dia:con vna limofna impucf- ra por penitencia, a la penitencia, y ¿la extrema ne- ceísidad del pobre a quien la dá:y con vna comunioñ, al precepto anual, y al del Viatico:ergo,scc. -68 Y larazon de difparidad entre eftos cafos, y él de la Propoficion condenada , confifte: en que vna coía es para lo mandado,muchos titulos que obliguen a hazer vn imdiuiduo de accion:y otra cola muy diuer- fa es, quando lo mandado fon muchos indiniduos: lo . primero pafía en losexemplos referidos:y lo fegunda paíía en los preceptos del rezo , con que fe me manda rezar dos días diflintos,ó por mejor dezír,cada día. 69 Y fino,puede deziírfe:que por vna parte la cof- tumbre esel mejor interprote de las leyes, leg.Sí de in- terpretatione,in fine, 36.f.de legib. y que en las colas dudofas,la coltumbre tiene fuerga deley , lez. Nan Imperator, 37 Jf.eod.$1t.y por otra parte:que la Igleha puede mitigar el rigor de lasconfequencias connexas, ex vaturarei:de donde (e figue,que como por vna par- te efte en coftumbre el cumplir con vna accion a los titulos de losexemplos pueftos , y no efte efto conde- nado expreflamente, eftandolo el cumplir con vn ofi- cio á los preceptos de el rezo, correfpondientes á dos diftintosdias,como coníta de la Propolicion conde- nada;de ares,que de eta no vale la confequencia 4 la - ¿diuerfidad de titulos,que pueden concurrir en vn mef- “mo dia,y refpefto de vna acción , como en losexem- 'plos pueltos , 1. 67.el precepto de los qualesle ha in- terpretado la coftumbre en el modo dicho,y no le ha prohibido hafta aora la Iglefia,como ha prohibido, "condenado el dezir,que con el rezo de oy,puedofartl- rezar mañana.Además,que independente facer ala obligacion de rezar oy,y á la oo de te de di- Eon, 007 n,prueba nueltro Leandro, vb; /upra, ref. 12.eul ntemente [et fala dichaPropolicion, vide di 3 e. cha condenacion no que- 1 Apr dy Ed p 12 z €. á icia de, Gafpar Hurtado, can, y figuen , Diana 30.y Leandr ro del Sa» O.v n*;s Pi A did de JAN . . y hy AAA MA " da EN LES es A LIEDER Di G $ 6 € e $ , ”. « o Y , y Pa es LIBEINA ' . A A SR “Tratado IV.De Beneficios. -—— —convnmefmo Oficio Divino, fatisface el Sacerdote al cram.r. sde Penitentdip.3.9.44 y la tiené por pro= bable Suarez,y Palao apud diétum Leandrum,y Ma- ' 4 de y A y leto,con otros la lleua abfolutamente,to»7.2.Malleat, 3.de precept.Ecclef¿Bral?. 1 9.todos los quales dizen; que el que por alguna caufa difirió la contefsion de el prefente año al año figuiente,que con vna vnica con» fefsion farisfará al precepto de entrambos años. 71 Ylarazones:lo vno; porque como efte De» * creto fea de interpretacion eltrecha,no fe ha de efien= * der,fino antes reftringiríe él. Lootro,porque ay mucha diferencia de vn tafo á otro:pues en el caío del rezo, es fuera de controverlia, HE que no Íe ha paflado er día de la obligacion del rezo, y $ aísi es fuera de toda duda,que obliga el talrezo de oy: pero paflado ya vna vez el año prelente,como fe fupo- ne,es opinion de Sylveftre,S.Antonino, Ledefma, Ar- chidiacono,Cano, Tabiena,Megala , y otros, que no obliga ya el tal precepro,á paridad del Ayuno, Mifa, y Horas Canonicas vna vez palíado fudia: y afsi por É elta parte ay grande diuerfidad entre dichos cafos:er- E go,XC. | 72 Lootro: porqueíi dicho fugeto difrielle la confeísion hafta el fin del año figuiente , aunque haria HE alo que folo fe expreflaen * | mal,y pecaria en efTo(como pecóen no aueríe confef- fado,pudiendo ,entodo efleprelenteaño ) no puede: auer duda en que confeflandofe entonces de todos los: pecados de entrambosaños , farisfaria á entrambas obligaciones, alias eftaria obligado a conteflar dos ve -* zes vnos melinos pecados. 73 Lootro:porque íi el tal peca mortalmente en la omifsion de la confeísion defte prefente año , y del- $ pues en la confefsion del año figuiente ( aunque fea al? principio del)fe acufa delte pecado,junto con los de-- neceria al precepto del año figuiente;y fi fe hiziefle lo=* la,baltaria para cumplirel dicho precepto: porque precepto lolo obliga 4 confeflar vna vez al año; y. _dudafolo podia caer fobre el precepto del año figuic te,y no fobre el precepto deíte año : pues confeflanda; en dicha confefsion del año (iguiente todos los pecas dos cometidos en efte año,no le obliga 4 masel * ¡precepto defte año,vt ex fe patet: | ergo, ce? “más defte año,y mejor fe acufalle de otros cometí» - dosen dicho ligniente año, ya Jatal confelsion pertes
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