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mn ' AS Confulta 10:Propolicioh 34.de Alexándro; ¿265 Ue: Dominicientre año, ni pagá,nifarisfize:ergo,8c. Lm0,dizen ambos Leandros,q la miíma fenre ncia e yq 59 Refponderán:que la deuda fubítancial es folo parecetenercal expre (lamente, Leo, Ázor, y Caye- de vezar liere Horas Canonitas:que el ler mias, Ó me; tano, quienes citá, y cuyas palabrasrefieren índicati- hos largas,no varia la fubítancia del precepto: pues — uas,ó manifeftaciuas cal expre/s2 de ladicho : lo mifa O oertenecefolo a las Rubricas,que no obligán á:mor- modize Fray Luisdela Concepcion,que tienen otros, LE tal Y absiclquereza de Refurreccion en lugár de la muchos doétos,áquien el looyó muchas vezés, en fu Feria,Sanco,o Dominica entre año:paga lo que debé examen Veritatis Moralis,part.1 tract. 2. de vofisut, 3% ¿ndo fubltancial;¿unque falte enlo accidentaldelmos c4/M6.B.152 0. apor | dozaísi como latisfaze al precepto de oir Milla el día 62 Pero quidguilfit dela probabilida4,ó impro= “de Ramos fubltáncialmentejel que pide fe le diga vn3 Mila (in Paísion,y la oyezno obílante , que la Mila de Páísiones al doble mas larga que la otra; porque ef mayor cantidad roca eiloaccidental. Álsi tam- "bien fatisface al rezo fubltancialmente , como dexa- mosdicho en la fupoficion,el querezade Santo en vila "Feria,ó Dominica(aunque fea de Ad«ienzo,o0 Qua- rel na Jlierido afsi,que los Mayrines ¿y Primaton ma- yores vii Tercio 11135. e SA “ Conqueno vale la paridad del que debiendo vein- te,paga diez en matesía de juflicla;porque eltté,lo que retiene sin pagar , es maceria baflante para ler trank- gretsion fuollancial del precepro;lo qual no pala al- fi quanio £: reza vn Oácio por otro de los contenidos en el Breviario aprobado por lá 3illa Apoftolicas CONCLVSION. Il: 60 Támpoco queda cómprehendida en dicha có. denacion la fentencia que dize:que el que rezaile fiemn- ce en los demás dias(fuera de la Dominica de Pal- mas)el Oficio de Ketyrreccion facisfaria fubltancial- E - menteal precepto delrezo,y por configuiente ho ef- taria obligado á la refticucion de los frutos: pnes la fubltancia del precepto de recitar el Oficio Diuino,es =D Jarecitacion cotidiana de fiere Horás Canonicas;que + el rezar de Feria,Santojó Dominica, lolo puede per- = reneceral Rico,ó modo accidental, que no cae deba- A ¡xo de precepto;y atsidizen, que el no guardar dicho ¿modo no feria contra la fubltancia del precepto,y por > Eomfiguiente,nipecado mortal... o Imo0,añade eltafentenciasque fi huuiefle caula julta | ; i para mudar el modo del Oicio,como lt vno eliuniefle ee Aaa E ds ON AN gtandemente ocupado en feequentes Predicaciones, 65: E eguntares finalinente:i podra qualquie? Lecciones de la Sacra T gologia;cófefsiones,o eñ otra raconvn Oficio Divino prado en SEPA GIAN n- gráut,y continua ocupacion,,que ental cafo no obli. re, farisfácer a dos preceptos del 205V » Bu 91 Y O re- 3 gariael dicho modo,y por coniguiente que falear 2 zafléMaytines,y Laudes el Miercoles 21ásquatro de 0 y] con femejatres vegentes canías , no ferta ni pecada latarde , li podra fatisfacer con dicho Oficio a los Metal. Pro: DOE - Maytines, y Laudesde aquel dia,y deel día Giguien<s <= 6 Dichafentenciaes del luftrifsimo feñor Don *te?.. A AS ed 2 Juan Caramuel,en la Regla de S.B2nito, di/p: 109.214. 66 Refpondo negativamente : ella refolucion eg 0 1387.ydi/p.106.m.1438.y en lu Teología fundamen- yaagénade oda duda; porque la contrario efta con= * babilidad de dicha fencencia, de la qual abítraygo: juzgo empero , que no eflá comprehendida en dicha condenacion de Alexandro: porque como elta fea de, interpreracion eftrecha,y folo condene el rezo de Re- furrección en el Domingo de Ramos:liguéfe , que no quede condenada dicha lentencia para losdemás dias fuera de elTe. E a Ain 63. Afsilotieneenterminos nueltro Leandro de Murciá en el fin de la refolucíon citada: donde Ad pues de auer probado,y defendido ditulamente dic fentencia,cónciuye con las palabras Gguientes: Pa, hes feripta edidit Desretun Ss.D. AlexandriV Il. dan. mantis, che probibentis opinion: afforenten quod in die. Palmarum recitans oficiunP afchale [atisfacit preceptos Quod Decretan editame/ die 23. Marti , 4nn0 1666. cs1us dpofttioút onmino fandan e y notanduam táme es ph Desresun non efe extendondan,meque eiss d e _poptionen ad alios anúi dies preter diem. Palmar, etianfi circaillos;militet ealemeatio guía ef iñ materia L odio/a Hala aqui dicho ITA Ode pirita , 64 Y fe puede probar afsi:porque las penas (e han. de reltringir,y no eltenderfe a Otros ¿cafos fuera de los exprellos,ex leg. Faltumcuique, $. ln penalibus , Ubi Deciss,num.6.9 26.infnf.de res iris.Y elto, ' aunque aya fimilitud de razondel ca oexprefío, al no _expreflo,como lo tierien Luan Andreas, ¿2 regul.Odid de regul .iurdib.6. Imola, im leg. Si VEPO, $e De viro,col: y : ie La 11 . j De | ei 8.f.Jfolut.Matrim.Garc ia Gironda, de, privileg.feu 8%- cepto escplicm.s 40.y obro5iducho rro. .. BROPOSICION XXXV; De Alexándro VII. 0h IN > de lamente,y refpond: pS hazer en cobra; y lo meíma haze Leandro del tal. fúndam.53.5.12.n.1100«de Bandicio , citado por 1 dicho Cara muel, ». 1 107.de Leandro ph | ESA . VID ; EX 0 Sacrámiton. 2.de Sacram.tr.6 «difp.13.9.28. X 18 prellamente,to.1.n Decalog.tr.S A /p.39-44J 45- y nueftro Leandro de Murcia , que cita todos los di- chos,to 2.2. DI/quifit.Moral.11b.4.d:/p.6» re/ol. 3.4 m 9.tiene por probable dicha fentencia,la prueba difu- relpond á todos los argumentos , que fe ER > A illos. cramento, citado,vía Cara E Mn e | _ «denado ya por la Santidad de Alexandro Septimo en fa dicho Diecreto,mm.3 5 «donde condena la Propoli» cion figuiente:Oficio Disino codem , potef fatisfreridun plici precepto fcilicet bodiermo, ch diei feguentio 67 Debeempero advertirfe,pará inteligencia dé la dicha condeñacion:que aunque ño fe puede con yn mefino Oficio fatisfazér al precepto de dos días; pera fi 2 muchasobligaciones , numero,6 efpecie diltin- - tas: como fiyna naciege de el Beneficio, otra de el voto, otra dela penitencia, Sec-Y afsi vemos; que pe E -— doll A, E A ; > pa k a q Ep 7 E A 30 » 2. Er 3 3 me A E TA E 3

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