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te | al modo;y no en quanto á laft breatitarado VDE Bebfieios. 1110) - 49 Refpondo negatiuamente:porque lo contra- Ho Ph yaco liaadióe Añedáal Vil». 33.don- decondena la Propolicionfiguiénte: Refitutio fvuctú Bentficij cam/20mi/sionis recitatiomis Dinini Ojjrcij po- 108 Júppleri quibiivís eleemofymis,quas Beneficiatus ero gáuevit ex fructibas Bensficy.Y Yarazonde dicha'con- denacion,es:porque fi entorices ti auía deuda, no po- día auer paganéreltitución. 2 0 2 50.1 Advieito empero:que (1 las limofnas fe huuie- renhecho defpues de1Yomifsion de el rezo, podra fu- plitfé conelias larefticacion: poque ladicha conde- nacion fe ha de enrender de fólas lás limofnas hechas antes de la omifsion del rezo,como bien Lumbierfo- brédicha Propolicion condenada, tom, 1¿M.752:Pa2» 640.5 Prado fobre lamilma,n:4.pag.98.: 0 - Lo vno ¡porque dicho Decreto'es de tnterpretas cion eftrecha,y afsife hia de reftringir 7 antes que am- iarfe: y lo otro'¿ porque ya en tal cafo-auia deuda quando fe hizieron dichas limofnas,y afsi debe prelu- mirfe,que' poriellaás pretendió el Beneficiado exone- raríe del modo que pudielfe de*qualquier cargo de có- ciencia,(ino tano'pofsitiuo animo de"ho fatisfacer, fino antes al contrario,de confervar páraotra vez la obli- gacion:trgo,3C. AED Ultiy | pi as ria” to! GOO 1:99 O0q aero: ; PROPOSICION: XXXIV. 0 3D DAA lexandro, * y á . mn. / ñ . e. e 4 E y y Yí preguntares lo tercero:fi el que en la Do -minica de Palmas reza el Oficio de Refurreccion, fa- , . visfara al precepto delrezos 0:00 4 . -SVPOSICION. 52 - Sipongo:que es opinion mity En la que afirina;que el que reza de Santó qúando fegun las Ru - bricasdel BreniarioS debe rezár de Dominica 6 de Feria(dexando aor4€l Oficio, y Dóminica de que ha- bla 010 a face a lo fubltancial de el precep- to:y que folo pecaría venialmente ft lo0'hiziefle fincau- fa,y f1 fuelle Beneficiado,no eftaria obligado a la ref- titución de los frutos;y que (1 lo hizie/fle con canfa”, no pecaria,ní aun venialmente. Afsí lo tiene Diana con diez y leis Doétores que cita, y figúe.p.2.br.12.r0/:3. lo mifimo tiene Leandro del cs, llo delos, 10m Wide Sacris: e O 13.9.27.0' 15 po 1 ÓN precept, Decalogi him ordiñe 6.) tradt.8.di/p.8.de Horis Canonicis,q.61.y 62.y en parte Lumbier fobre la Propolicion 341t0%.2.04m.788: 0 Y la razon es:porque violar el pt cepto en quanto' itancia,es folo pecado puma ló tienen comunmente lós Doétorescon 0 Tomas, 1.2.9.83.art.4.ad.2 .fed/icefA,que el qu sera de Santo en luzar delOficio fi pre fino bi la el precepto de el rezo, en quanto al modo;y ño en quanto á lu fubllancia:ergo,8c. | 58 Pero quéesló que fe ay2 de dezir,refpeGo de toda la Comunidad?y de la inverfión del tiempo,y Or- den delas Horas Cañonicas ? y qué fivno, que reza Jos Maytines de Santo,y las Horas(ó alguna de ellas de Feria, fatisfara al precepto de] rezo? Veafe Pr Leandyo'de Murcia,cn lus Difquificiones Moral.t0m7. valor que de diez : pues pagar folamente'la metad, quier otro.día deel año, efpecialmente delas Do- 2.lib:4weN6:pertotain,que ptóporcionadamente Jle= ua támbien en todo la afirmatiua.Efto fupuetlo + > 3 _ 54 Refpondo negativamente ¿la pregunta; lo qual ya no puede ponerfe en duda,por eliar condena-- da la afirmativa por la Santidade -Alexandro VIH, en fu Decretó,munr. 34. donde fe condena la guiente Propoíicion:Qui in Dominica Palmaram dicit Officium Rejurreciionis Dominicefatisfacit precepto:la qual ya explico por las concluliones figuientes. q CONCLVSION 1. >= a ¿ 4 ; Ú e. y t 4 . 55 - Digo lo primeró:queno queda comprehendi- | da en dicha condenacion la fentenciadeldotto Padre $ “Y mera párte, Examinis Theblog.Moraltrach. 2.de vefiit. * caf.6intim.a 2 pagmbi138idize:queel quedeldePar- Y qua de Refurrección, hafla el Adviento exclufñue; y Y defde la Natividad de el Señor;halta la Septuagefima + y reccion( exceptuando las fieftas folemnes)'aunque lo. 4 hiziefle fin cauía , cumpliría fubfiancialmente el pre- $ cepto de el rezo, y no pecariamortalmente, ni efta- E ria obligado a reflirucionalguna:la razon por nuef- * tra refolucion es manifiéfta; pues elta fentencia esdi- uerfiísimade la Propolicion condenada:ergo,3c. h 56 Eldotto Lumbier fobre dicha Propoficion; mum.788. pregunta : fi el quetezare de Refurrección $ dentes cumplirá con el precepto del rezo3y refponde, $ cy en caío vrgente rio le atreueria á condenarlo por $ el'todo improbable:antes bien,dize,juzgaria,quela $ vreencia lo hazia probable, mientras fu Santidad no ¿E declarare lo contrario. Añade empero ,que en caía fejarlo.. | Y: 57 Eftafentencia noexcluye el Adviento,como Y la de Luísde la Concepcion : nilo limita a dos vezes 4 folas en cada Semana,fino W1os cafos de vrgécia,aun- E que fucedan tres,Ó quatro vezesenla Semana, 0 com $ dr A A | No explica empero,que tal aya de fer lá vtgencia; E debe contodo efo fuponerfe,que la vrgencia nohade Tertan apretada,que efculé del rezo, alias To avria que Maeftro Fray Luis de 11 Concepcion, queen fu pri- rezafle dos vezes cada Semana el Ofició de Refur- | HR (fuera de Quarefia,y delas tres Dominicas antece- $ que no fuefle aprerado,tampoco fe atreucría á acon= $ tintadamente en dicho tiempo. t ! efcrupulizaren el aconfejar lo dicho, pues notendria E DEMUWIZOS ¡3 ¿A XK E o E; A da Y 2) e E 5 Al p + no es pagar;/ed fic ef? , que el rezo de Refurrección, fegun fu breuedad,es como la merad del rezode qual- minicas. Y fiendo efleen fu cantidad debido al dia, 7 apenas equítale aquel 4 la mitad de efte': luego el 12 que reza de Refurreccion en lugar de Santo,ó Fería,o Do- Es: E + e y “UN «3 y y

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