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be pagadostodos los cargos de Miflas, fublidio, éinide la lglefra,y lasdemas' vo que | en los Beneficios, Ó Anfas.: 0160 > : ro en por te4xe, aquel, que ho' fenta la rercerapárredeel congruo fultento moderado de el' e ¿clela tico:y cfto,fegan Palao, nu».8. con Sua- 0 yez,adbuc,en lu tiempo, quia de Hogar alo menos. A $ — treínea,Ó quarenta ducados. sanfe Loan Henriquez Aguítiniano, (24:36. quef. » pagmibi 327. luan Antonio Baco en fu Suma, 3 5.cap,8. Lumbier, tom.1M414.749.y 750: pag. 0 639+»y Diana, part.2.tradi.13.+e/ol. sl secta colo q. 46. y parts.trali. 5 rejol.2 2d de CONC LVSTON vi. po denacion,la fentencia de Salas, a quien cita Diana, 0 partag.tradh.3.refol.z4. y El la tiene por probable; la > q” dize,que el que eftá en duda de ñ el: Liepirdo es SVB CONSVLTA Xx O POR E que el Bere 4 pt » e ” E Confulta-X: "Propofic Y algunos lo eltienden'á la mitadide é dei Efudios,el q ue enco néndava el Rezo a otra je Vo Ps . b v A 21:de Alexandro, 26r. E eftá obligado á rezar; po JOEQue, como el tal p e o fea niby oneroÍo,y mo 0d obliga en OO DADTR TEA Y larazon 4 nueltroi intento, es: porque lo que efta fentencia dize, es muy diuerfo de Lo que e la Pro- policion cosa y idiuerfós non fis Mati ni ex- rénfionen lo odiofo , y penal, qual es elte. Jecreto pts ergo,8rc. ] ERA -Enquanto alos Regulares( autique eña cofi: Pra: Eo no habla con ellos,vt ex Propofftione dama mata patet Jadvierto,que el Prelado puede, por caufa de Eftudio,conmutar ¿los Ledtores el Rezo en ficte Píalmos,(iete Padre nueítros, y dos Credos, por vn Privilegio,concedido 4 los Padres Cayeranos,de que participan las demás Religiones, fegun nueltro Pa. dre F ray Leandro de Mur cia, en fus Difquificiones, 26. Tampoco eltá comprehendida endichacon- tom.2 :11b.4.di/p.6.refol.x 3.m4.18. y Lumbier , tom. 2.0475 3 .paz.S40. el qual Privilegio fe hallará en el Bulario de Querubino, Bula 38. entre las de' Cie? mente Septimo, y yo db Dir. MEJOR DEZIR, OB ECCION con titulo de Confultascontra lo dicho arribaynum.x2.quecierta perfona,bien erudita, me hizo, entre otras diferentes Confultas(que ván en pe :3 ir CENA imprefsion)en la '¡guiente forma. tados ES "Or Ondepada por Alexandro Septimo la Propofcon 21. que deta; cumplia con la leo slo perjona. V.Penoda por condenada enel fol.267.(de primera. imprefsiondef, fupra en la Confulta'1ownum.12.)la opinion de algunos, que dizen, de Efhudios,c ha efcufado de el Rezo, firviendo fu Benefi. opinion meg: la obl'gacion,que los otros confefavan: fi bienen el hecho, parece,que tambien la confíe enefício por Vicario: porque los deefa effan, y encara q gon al Vicario el Rezo, que es una de las mp. mee del Bemnijistado: :y parece queftion de nombre, fundada en la e deta deAAA al Ñ Espando: que la opinion de Abad dijo no e PR Ett: por. el hecho la obligacion de rezar; ues aunque encarga al Vicario la adminiltracion, y del Beneficio,no por ello le encarga el Rezo. .Yilarazon es: porque lo que en tal cafo le enco- E : miendael proprierario,es folamente los exteriores, y: ES - publicos fervicios de la: Igleña;/ed/6c ef, que por 0 fuerza de efta. encomendacion, no queda el ral fubiti- tuto obligado a-dezir.el Oficio Canonico, lino en E quanto fuere neceffario cantarle publicamente en la han Agleña,fegun la collmiabeesy e RREDNO de la miíma | Be ]gleña: 'ergojÉc.t; E Efta menor, enque: pudiera cbr la Jibculcad; le prueba. Lo primero: porque folo fe le encomienda el 'obligacion de rezar:el privado Obicio,fiemipre que - - da enel proprierario(yno fe ha de multiplicar fin cau y necefsidad)y el tubítituto, no queda encargado - deella,ni queda con efía obligacion, (ino,que por ef- a ¡paóto,y baltantemente expreflo, fe obligue: y usa calosfolo quedara obligado , ex imflitia pacti; - pero no por ello Le jexonerara el proprietario de fu obligacion;pc ueesperfonal,y por razon deelBe- y neficio,que eetapo; y por o o a DE " 17 Ne úLA fe + dh A E eN x ; o / Ms y exrernominilterio.Y lo fegundo : porque . “Y aísi Abad Aseo li tve ed. Mi sf. y Archidiacono, in cap.Elentherius 91. dif. no efcu- lavan al loven Beneficiado de la obligacion del Re-- zo, porque encomendafle el Rezar al Vicario fublli-. tuco; (ino,porque juzgavan, que el Eltudio regular, do y ordinario enque fe ocupava, era incompatiblecon el Rezo, y le defobligaua de rezar: y en efte fentide pus ya Navarro, con la comun, dicha opinion in Commnentar. de Oratione,tb Horis Ca mic cap.11.Bum. 32.4 quien Azor mareo echa +1 10. Quejito 13. JU Y que la impugne en dicho fentido, rat impugna. Lo primero, de la a queft.1. comunmente recibida; la qual dize ¿que es mejorel orar, que eleltudiar: y de otra Glofa , que dizes Maledictum fiudium propter quod relinquitur e Divinum Ofjicium. Por lo qual, de primo ad vltía mun, ay mucha diferencia dé efta il de Abad; á laque condena Alexandro Septimo, 241.2 Mind la opinion de Abad,niega la obligacion de e .- pr la opinion eocOna tan ¿A 'Confeflava. * na pt det : : dl Ml a Ls270. a E e : de ; ás CADA AATOES | £ X= * a > dl ». e - A al rin : ari A E sai . ” a,Do , A $ e de . > e e » ns "Mn el - > A a mm. o A Aca nn ul e mis ha q. 3 o o

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