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| 2 0 on Coníulta IX.' * :253 2 A " CONSVLTA IX. as PRE, GA "on ES 7 - e Feo dió poder para que di/pufie/findel remanente de todos fis bienes haziendo bien porfuilima, d Sempronio, la n Al - ESA De z " ¿Ey 1d A a 4 É a F 2 Po romo, y 4 fus hijos. es 3 E 138 » 77 y +5 IE HA fr y 2/us bijos por Patronos? ” E 1 PONESE LA RAZON DE DVDAR. y e TS A y A razon de dudar en la primera pregunta, es: e porque Ticio en fa teltamento no manda fun, 10 +dar Capellanía, mi Patronazgo , ni Mayorazgo 5 fino diltribuirlo en mandas, y limofnas entrefus deudos,y ' parientes , que fon-en los terminos enque difcurren muchos Doctores, que fepodrán traer, para fundar, que el Comiflario no pudo nombrar eltraño. 4 Y la de dudar en la fegunda es: porque afsí como el Patron no fe puede prefentar 4 (fi melmo para algan Beneficio, afsi tampoco el Comilfario podra nombrar- fe por Patron á fi mefimo,pues milita vna mefma razon E en vno,que en otro cafo, quees la diftincion que debe - aner entre el dante, y recipiente.No obítante ello. > CONCLVSION TI. 2 Ala primera pregunta refpondo: que dicho Sempronio pudo muy bien fundar dicha Capellania en eftraños del teftador,como lo pudiera el meímo reltador fi efiuviera vino:Pruebafe elta concluñion : lo primero , porque aísi confta de la claufula del tefta- mento , en que fe dize, pueda difiribuirlo en limo/nas , y dicho Tefamentario pareciere, y en otrasobras, y mandas, == Ohazerotros fufragios : y de la clauíula en que le d.¿ el LL ' poder que pudiera tener el mefmo tefador effando vio; E las quales claufulas eftánmanifelftando la mente de el - Teltador:y quando de efta huuieffe alguna duda , le ex- plica baltantemente porlas referidas palabras, a las + qualesfeha de eltár quando no confla claramente de > la mente del teltador , como lo tiene Julio Claro con ¿la comun, /1b.3. $. Teflamentum , quef,76.num. 4. ¿<onlta de la ley Labeo 7.5 Tu vero ff de fuppel.legat.l. sp A Sedulo 38.dif,cap.Intelligentia, de verb. fig- ¡p. Secundo requiris , de appellar. y de otros: xy 2 A k E: EX rá dy de We Mc ar . Ea - €rgo,XKc. 43 A , de e 3 Y AS tad de nombrar Capellan fin expreísion de que huuief- de t fe co mí Mis de , > Se y R temanente en dezirle de Miilas , huusera cumplido , y 0 Vitelio, y Cayoyenel tefamento que otorgó con las claufulas que fe BL * pronio,que quedo unico Teftamentario po auer defi/2ido los denzas fundo dos Capellanias; Una para Corio. e de (pariente del tef2ador Ticio)y fis deftendientes dejpues de fús dias:de la otra el dicho ph fe pres 4 | | 4 Dadan/pues,dos cofas:laprimera,f? Sempronio,como Tefamentario, pudo fundar una Capellania en efraños don * me ñ dl vemanente de la hazienda de Ticio,que le dió poder para d/poner del? Dudafe lo fegundo,fí Sempronio pudo nombrar. e , Vis 5 y Ed J | X mandas a fus deudos, y parientes,0 en otra forma,como al aque de la mefma _verf.1 de fent.excom.cap Omnes, y alila Gloí 3: e . ÁS. cáp: referirán abaxo : en virtud de ellas Serna bro a f por ALT 4 eu pS | - el no pudieran replicar los parientes de el teftador, tam PEN poco haziendo la fundacion de la Capellania fele pue- - de dd de impugnar. 3 e 4 Y aunquees verdad , que enla claufula dize el EE Hilo a pueda difponerlo en mandas , y limofnas > 71 ntre lus deudos:añade tambien, o en otra forma como 2 AA los dichos Teffamentarios les pareciere, con que no limis Le A ad tó el arbitrio,antes bien parece que E extendió. li ye 5 Además, que 3uiendo Sempronio fundado- dos dy Capellanías, y ha vna á los parientes del funda- le di de dor , no fe le puede dezir , que no cumplió : porque la. A “voluntad del fundador no fue,que todo huuieTe de ce- . fl der en beneficio de fus parientes,como conlla de las MH " ¿11 «claufulas alegadas: y afsi elta primera duda, queda fin mn Mm ; 4 ki - dudaa fauor de lo difpuelto por Sempronio: y mashas Md lMandofe executada la difpoficion, y aceprada, yen mí .paflefsion de fu Parronato, y Capeilania Coriolano, AS .queeselintereflado, y el que pretende poner pleyro PR Á abi por pariente de Ticio, á dicho Sempronio: y aísi dixo NR muy bien vn dotto Iurifceoníulto de elta Corte , con- sd TUN fultadofobre el punto , in faédi contingentia , que ela primera duda.era mas para traníigida, que para litiga= BL A da:ergo,8cc.De lo dicho queda refpondido abundan- ¿JJ % temente á larazon de dudar. 2 A > EUA | j ALA 4 e 4 C ONCLVSTON TL | «Ph Ji 6 Enquantoá la fegunda,refpondió dicho dotrifa” +: vi UN Ñ fimo Turifconíulto , que Sempronio no pudo nom- Y DE y brarfe 4(i por Patrono , por la razon de dudar pueñta A arriba: pero que pudo nombrar á fus bijos, y que eflos OPINA eflanan yá en poflefsion por muerte del dichoSem= "05 e pronio , y que aísi no fe les podia moleftar, ni poner AA pleyto. 0 eN Dal le : Lal Ñ Ñ +7. Noobítante ello, foy de parecer:que dicho Sem- AA. pronio pudo muy bien nombrarle a fi por Patron: y lo LO A ¿pruebo : lo vno,porque el teftador lo pudiera hazer fñ A, viviera; y Sempronio tiene el poder que tubiera el mef- 7 Li mo teltador eftando vino:lo otro, porque el reftador Ma 4 . no le excluye de eífo al Teftamentario, antes le dá el . «be 94 poder amolio,y libertad que referimos arriba:lootro, 1.0. ps Sempronio no es de peor condicion por fer lA . Teltamentario,que los demás que no lo fon: luego po- á E - drá fer Patron de dicha Capellaniacomolus hijos ,Y ¿Jos demas eftraños:ergo,8c. > A. 8 Y lootro:porqueno ay Derecho alguño po 3 a prohíba,como fe verá defpues refpondiendo al funda- méto de dicho Iurifcófulro:lnego fe ha de tenerlo dir- cho por permitido en derecho,ex cap.Cumillorim 32. Pa

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