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e e 20 Confulta VIE 25H , el mifmo' *Ficio dize ,que le: de appellat. Bafeo,con Suarez, y Silveltre; tom,r. ven om fobrino en la dicha apelacion; bo Appellare,num.7. Y por configuiente,no avra oblis parala obligacion derefticuir,nobalta, gacion de reftituir ental cafo; /ed Jo eft, que Ticio(y. o injuftamente caufado, fea graue,figo,que lo mifmo digo de fu fobrino*) pudoj ¿Que tenio felpa Teologica, q e:fea pecado mortal, fuficiericecanfapara apelar,en el que£ ' ne eftilo Le mn. nichos, lo tiene nueltro Baíco, tom.1.ver- ordinario de dicho Obifpado;y aísi vemos, dize dix | tio 1.4.7. (98. y Machado, som:1.11b.2. cho Ticio, que entónces no le parecia que pecana.. part.3 docum.a.num.3. O” 4. ergo, 8Cs | Luego la tal apelacion fe hizo con buena fe, pues A Cal Y lo otro: porque quando Íe apela esa pareció no pecaua en ella. Luego deue fer al Sesjuz do,que ay' fuficiente, y probable caufa,en por legitima,fegun lodicho: ergo,8c.Elto es lo que» de tal caío, es la apelacion legitima, ex ee Vi debitus, fiento acerca de dichas Dificultades, Pa + Le CONSVYLTA. VII. A Ef cafo Je confulto primero con el Reverendi ¡fimo Padre Mae Eray lof Y y Par do y y defpues conmigo , cuya efpecie, y pareceres fueronen la | Siguiente conformidad, : | ¡ESPECIE DE EL CASOS AE: eS p ddremio, def pues queson polí2. Beneficio, dexe de feruirle por un mes: elCabildo mo quies re pararme los Aniver/arios, entierros, y pie de Altar que llaman , fundado,en que no fé de do , ES provechos aquien no afsifie, y que sn relaente Cep E con 7 efo ¡nfiifican Juresencion. Eflo es lo que el Cabildo E. Por mi parte tengo,que los quinze dias dee! mesmo a/sifi1do, fe Je paliaros + por ¿fo me detune efe tiempr: y viendo,que no fe hallo, pre/ente ana los ES dias, mo era de fu y 24 Ao ber aja cafa para mi ¡bebita y y ¡tido, le repelieron, por dezár, no fer, E A Cro del Olálpado med Cabildo ) y ppp cayos fiauía de valer,0ere prefentacion de 2 Capellan, fe efwuteron otros quinze dias Jin fervicio, que es el mesen que reparan,para darme Jatisfacion;y afsime 3 han remitido aV.P. ¿para quede ¡u pareceren cfía duda, y con fu Decreto,dize el Cabsldo,me bará 290 y asi le fis E plico, fé firua de ver, fi ay alguna c9/a que me favorezca,que lo efkimare mucho. 7 Tambien advierto a V.P. que en efíe tiempo hizieron pormi la Semana los Sacerdotes de el Cabildo, a ¡quienes la PApes y parece, que con elo me bizieron prefénte para pa que fe duda. 4 you PARECER) DE EL REVERENDISSIMO. BADRE * ÓN ; aa Pardo.» ¡Ue pr Vda 2 € 3 o . qa bis q : 1 ey) ¿Efpondo,queel dicho Cabildo,no eli ar al vér la lo ele TilcósLa uaránta, Sanchez; ES RES contenido los derechos dé los odos paga de Probe yo cito,y figo apo Qu de Obifpos, E Todemasreferide pues no afsiltió A ellos;y fegun De. — trali,2.quef. 3./eét.1.diffic.8.pag.281. donde fe pue=' £ recho,no fe denen pagar uliuincalcias. Aísilofié- devér)los Beneficiados que no e iñen , por cuna 3 to. Encllo Convento de nueítra Señora de los Ange- necefsidad corporal,y por nombre de ra 3 les de O de rea 16.de Encro poral,fe entiende qualquiera impedimento julto ae Probe e mo lo tienen Eranco, fobre dicho cap.V nico, 5.0 3 dy FA - Frolefph Pardo. + ropum» 1 y Dominico,todem $.Navarra, 11 o Pitutione,cap.2.num.201. y Ánca do: e0 PARECER DEL AVTOR. 0 RAb.6. y aÍsi, de +1 Cañonigo detén ke jefa Ends? Eo. 0 fianexpreflamente,que gana las diftribuciones, An-» | pis 1 . Venerando el parecer de tan gran Maeftro, y carrano,y Dominico , ibid. y de el expulfo fin culpa yobítante el, foy de fentir,queeldicho Cabildo dez fuya dela Ciudad, lo enfeñan :expreflamente Calderi- pag V a dead los Anivetfarios,én+ no,tis.d: Prebend.conj.17.Felino, cap.Cum omnes, de - HICrros, ypledeAlcar,que correfponden nie conftitrim.2 2.y Ace y Franco ends. Qui veros* |ade. V .m.noaísiftió. Pruebafe elto. | »:n.4. y Sandoval, con Panormitano , y/Boerio,4 A ua De ' vo: porque aísi le infiere de el cap.qt quienes cita;de Ofic. Canon. part.6, y 7» fed fic ef e; - de Glericis: wnre(identibus; donde le dize, que ganen que cl no auer hallado caía en la Ciudad en que poder : EN las diftribuciones quotidianas( y lo miímo fe:dize de habirardicho mes,es impedimento jufo,para na de e. los provec on | y diftribuciones efpeciales de dir cnella, vt ex fe patet; y es impedimento fine E ER / s,Millas, y encierros, coma fe puede deel tal Beneficiado,como ROS eS pat * al
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