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| pactado. Jigunda duda -cadode la materia: ergo, Xc, DO B0] fino tambien para el interno de la conciencia,como* gacion cierra de que reftituya: ergo, tec. +... 0 07 250 Tratado IV: DeBentficios. ca E y quigás mayór: pero no sélo que £nelto aya. 5 confidencias, que antes de dicha Conftituciohes: no 32 En Jodemás, yá quedadicho arriba: que ef=: lo eran; acerca de lo qual feyea el mun.8. Elto eslo E. tas Bulas de Pio Quarto, y de Pio Quinro , no prohi=; que fiento fobre las dichas Dificultades. noia ben coía de nueno, ni condenan por fimoniacas las omnibus, $. X...: A ved mn . ] o 3 o E . E hi iS no 13 Les j ¿ 3 Y ba 3 ] at A E 397 > > YN fobrino de Ticio, aurácomo feis años, fe opujo a vn Beneficio enlaV.la de N. en Consejo de otr E : udiante de el dicho Lagar, ambos legitimos Opofitores. Al Jobrino de Ticio le dieron calabacas ¡y E A e El Jobrinode Tieio ape- E "todos los que repruez? | alió reprobado; ton que preciffamente aman de dar al competidor el B 10, alegando le auian hecho injufticiaenveprobarle: y efe es ¿filo ordinario de aquel Obi/pado, | ban en los examenes, fila reprobación jufta,o mo, y de[pues, Unos la faguen, y otros 79, conforme fe ballan con dios. El fobrino de Ticio, figuio la apelacion, y traxoletras de Roma,con las quales citó a fl competidor, para qhe pa- E recieffe en Roma,a litigar la materia, El co etidor,ó por efcu/ar ga/ios,0 por otros rebotes poque pleyto, y fé con= 1] wino.con el /0brino de Ticio,en que AA el Beneficio, Ajsi fe bizo , y con lerras' Apofiolicas y Je tonirmo lo: o MO EN y E: paa - Em 4 ] La duda de Ticio,es,que frendo,como fue Ja reprobación de fu fobrino jufta,mo tenia derecho para apelary afñi,que auer quitado ¿ fu competidor la mitadde el Beneficio, fue bazerleimjufticia; ba configuiente,que tendra obliga árefarcirlezodos los emolumentos que perdio; y los que «de/pues acá ba dexado de ganar, y demasd más, los galos: E que hizo, bofaque partirone Ber. 50000 - Confultofe de/pnes por. parte de T icio el cafo conmigo, y re/pond:: que de el medio Beneficio,que por letras Apoio=' E licas tocó 4 fu fobrino, y fus emolumentos mo tenia que refiituir co/a; porque, aunque la apelacion in re, fueff? injufa, E Je fundo en el filo, y praítica comun de aquel Obi/pado, pues todos osreprobados, jujia, 0 injaflamente, apelañaunz que defpues, unos figuen la apelacion, y otros no, fegun fienen conveniencias: y cada día, por obviar pleytos, fé parten” los Beneficios entre dos, y tres, y aunentre quatro, lo he viflo yo: y 9/51,que podia cfbarje quiero en la poffelsion de ful Benefscio: y porque con aquel títalo, y la trienal poffefsion, leauia ya preferipto. KR Y - Efa refolucion di entonces, y aorame preguntan d: nuevo lo 2/mo, y añaden: que fi tendrá obligacion a refarcir E los gallos que bizo'el competidor de Ji fobrino, haña que fe compujieron, por auer fido la apelacion imjufa. V.P. fe E firua,dando toda la lasizud pofsibiezde re/ponderme, Ji larejolicion que yo di, puede pafar? y que eslo que rente a la E id 118 b)3 1d 19 Lat 074 4 MM 1 : 4 : rad om dan ah, pusiera coribla y Diana, part.7.trad?.10.refol.26.y part.9.tradh.o. ri CONCLVSION ll, mon Jol.67. donde fe pueden vér los fundamentos en quefe $ y EAT MA (o MO AE funda dicha revalidación, adbwc, para el Fuero inter» $ Ys “Igo: lo primero; que dicho Ticio,ylo. no-Quefto 1. Tm0;aunque la tal poffefsión hunielte E br [| ) vino digo de fu fobrino ,ono efá' fido.conmala fé,cs prob able lo dicho,como fe puede 1 o y ¿bdlgadól sefitidedicho medio Be- vérendicho Diana,dié?,part.9.traci.9.re/ol.67 Que+ E neficio,ni cofa alguna e ERA: Lo:wno;: fito 3.pér totam. Vide illum: ergo,8c. q orque por dichaapelacion, aunque aya ido injultas 20 | Y y porcahís totalmente falía, eo 4 as le admitió, ++ > “' CONCLVSION 11. ¿Zin faunque elto áya ido.con ignorancia de elluez)(e fut: 3 Digolofegundo: que el que apela injuftamen: pendió la fentencia de reprobacion en dicho fobtino,: te ómnino,y por caufa totalmente fala, ex /e , eta E y la de aprobacionen fu: competidor , ac /4 non ema-. obligado areltituir al competidor, todaslas expenías E najffent,ó cómo fimo fe huuieffendado,como bien,con dela liris,comote infiere,ex cap. Quicumque, (de capo Lanceloto, Antoni ó Gomez,y Palacios, lo tiene San- Omninó 2.que/?.6. Sanchez,de Matrimonio lib.1o0.difi E chez, de Matrimonio lib.1 0.di/p.S.num.14+. Luegoin-. p4t.8.14m.14.nueltro Balco , tom.2, verbo Appella- E terpueñta, y admitida dichá' apelación, y fulpenfas, 7*,m%w,5.y ls comun de Doctores. ¿e (por configuiente )dichás aprobacion, y repr bacion, | Ads nada fe le deue de dicho Beneficio, y fus emolumen-= CONCLVSION HL tos, dicho competidorcomo lital aprobacion,yre- O E probación no huuieflen ido hechas. ) Luego dicho 4 Digo lotercero: que dicho Ticio, en nuefro $ fobrino,nadadeue de dicho Beneficio; y fas emolu-. cafo,no eltá obligado árefarcir los gaftos que hizo el mentos, halta que por vitima fencencia, fe le conde- competidor de lu fobrino, haíta que fe compulicron; ne. Elte cafo,no ha llegado,ni llegará ya,fegunel el-. ¿caufade la dicha apelacion. Lo vno; porque, fegun muss medizedicho Ticio en fu carta(que tambien me ha dd ¿a dado,qué la Colaciondedi- efcrito á mi fobre dichas dudas ) mo fe acuerda, file cho medio B« ío , huvicile tido invalida, porla. aconfejo el que apelafle,Ó (1 fue otro tio Íuyo el que: no trienal pacifica; efsion, le ha hecho yá valida¿y fir- lo aconfejó;y por configuiente,efta en duda de (126 E me,por modo de prefcripcion, fegun la Regla 334de fejo,ó no;lo dicho; /ed fic e/2, que por vna deuda in- la Cancelaria; y elto,no folo para el Fuero externo, Cierta de parte fuy2,no deuemos imponerle yna obli - , lo tiene,con otros catorze Doétores,que cita,y figue + 5. Lootro; porque,dado,que de cierto le acon- | | le Se le e . $ 3

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