BCCSAL000496-C-10000000000000

nointervinopado, fino foto intencion , efperan= ¿y ruegos dexando libre la voluntad del dicho 1d, para darle, ónoala perforía nombrada : y en fentido lo entendió dicho Abad , y elo: es loque ilo dár 4 entender , quando le dixo a Semprónio, ne notenía que darle las | eircunttantes,no le huuiera dado el Beneficio: yrelantecedor,fino por el afect , y benevole cia de los circunftanres, que fe lo avian pedido, fupuefta en- — Sempronio. ! | ¡ LD 22 Añado:que paráque las renunciacioties en faviór ¡detercero, le digan Simoniacas, no balta qualquiera pá%o. La razon es ; porque, como la Simonia fea compra, ó venta, como confta de fudifiñicion,es ne- pacto, que por el [e-d al renunciante alguna cofá- E temporal,6 Efpiricual: lo qual, ya [e vé,que no paf- E fa en nueltro cafo;y por configuiente,que no huuo Si- E moniaen: Cl... - ob e eo ara E E 3 Añado mas: que aquellas palabras: Aus de This affumendis promif310,)-c. no fe entienden como la <= objeccion fupone, de la proxizía, óintencion de los E Colarores, fio de la promeía, o intencion entre el E refignante,y la períona, en cuyo fauor fe refigna, ibi: Inter cos, Si bien, en todas las palabrás de. el dicho ' = $ .4.no fe dirige laplatica, Ó amonettacion direta- E mented los Retignances;, (ino á los Prelados;,con quie- nes hablan,y a losquales fe enderecan, ibi : Caveant 14 Opondras lotercero:enel $.5. de dicha Bús Ya, fe manda expre lamente , y le prohibea los Or-. dinarios el dar dichos Beneficios a: los confamgui- neos, afines, O familiares fuyos,ó 4 los de el renun=. 0 ciante, y fi losdieren, determina,y dá por nula la tal Colacion. Las palabras de dicho $.5. fon las de el fig q guiente DUMEro. : e o Las. Caterm precipimus , atque interdicimus , ne E 1pp Epifcopi, aut aliy Collatores de Beneficijs ,(h Off 0 cys refighamdis predictis, aut fuis , aut dimmtentim 0 confanguiness mb ¿$0 , vel familiaribus ... audeant 0 pro videre; quod. /3 fecas wd quocumque. temere ab O rentatun , 1d totum ex nuniivires y O gfecium de- DO gernimus non habere. o >r6 Profigo ;/ed fic ef ¡que en ñueltro cafo, le dió dicho Beneficio 4 Sempronio, deudo de el renun. plante, como le refiere énda efpecie de él: ergo; 82c, 0 4519 Refpondo : Que efta Conftitucion , fegan — Garcia, de Benefc. part.2. cap.3-$. 3 «n4w7.270.no le 7 guardabien en Efpaña, donde fe pretende no eftár. recibida, fino, que fe ha fuplicado de ella 3 fu Santi-, dad, ¿dlomenos en quanto al prefente punto , de mon: - conferendis Beneficijs refignatis ,con/anguineis , afjemi- 8 bus, aut familiaribus Gollatorum , vel refiznantinm. Y ademásdeello, añade auer oido , que el Confejo Real, fe loeferiuió afsi ¿4 1os Obifpos. Afsi lo refiere - deldicho, Caliro Palao,to7.3. trad?.17. difput. 3 « pad .16.14m.3. pag.444.Y parece aprobarlo,de el ell | ciasa el, qué (V'ho fuera - que fe tir ¿no fs Je 4nia dado , por fer hombtado pero(como deue fuponeríe ) la idoneidad de dicho . cellatio, para la razon de Simonía, que interceda tal -: 36.NUM. 194 pagomibi 297. MN P go, SC: . por CGoníulea Ve): > | 9 modo deteferirlo.Y que; ns caca fufpendá la execucionde la dicha Conflitucion, ó de la dichá claufula , haltaque aya nueuo mandato, lo tiene dicho Palao, con Sofa, y otros$y yo lo probé abundantemente en mí tomo de las Propoficiones condenadas, a pag. 1414 defde el num. iro. hala el 114.pa7.143. vide ibi.Y en elta fegunda impreísion, Paz:130.4 num.110. 4d 114. a | RESVELVESE LÁ SEGVNDÁ DVDA v + porotras dos Concluliones. s AN 28 Enquanto 4 la feguntda parte de la Con: fulca, digo lo primero. Que dicha Conftitucion de Pio Quinto cihquenta y :ocho : Quinta Ecclefía , me períuado, qué no eñtá recibida eh Efpaña. Lo vno; por que muchos Vároñes doétos dudah mucho, que lo elté. Lo 6troj porqué Manuel Rodriguez, Navar» ro; y Lúidovico Lopez. dán ho pequeña feñal de que la tienen pof' ho recibida; y aísi lo tiene tambien,con los dichos, Sánchez, tóm. 1.Confi liorlib.2.cap.3-dub. 29. Y lo otro ¿porlo mal que fe guarda dicha Conftitucion en Efpaña, como con dicho Garcia, lo tiene Machado, tom talib.3.part, 3.trad?.3.docam. 16. in fíine:donde dize , que la cauía de no guardarfíe bien en Efpaña,es porque le pretende ; queno eftá recibida en peo to ha fuplicado de ella 4 fu Santidad, y 2la verdad no parece creíble, que Prelados tan fan- tos dexaflen de guardarla bien,á no eftár perfuadidos, y ciertos moralmente , de que no fe ha recibido : er- 30 En quanto á la Bula 35. de Pio Quinto; que mn : In tolerabilis multorum perver/itas: y lo mifmo de la Bula de Pio Quarto 35. que empie- a: Romanum Pontíficem. Digo lo fegu ue Le- bo, lib.2, cap.3 5.dub.165:14M.97. in fine ente na citar recibida, en quánco al tener por Simonia conf- dencial,la Po Colación vee > o,que fe referue alguna peñfion. Y lo miímo pas pa Eset Joa 7 aa tr punch. S. NUMiÓs pa2.447 pues refiere lo dicho, y: no difiente ¿ellos . ¿gx Y enquarto alo que difpone dicha Bula de Pio Quáarto, acerca de que los Beneficios, que vas can por el Crime de Simonia confidencial, 0. - danprotieerlos los Ordinarios. fino, que ej para la Silla Ápoftolica la Colacion; y: :difpoficion de losdictios. Solo: $2,que elta referuacion, efta de togada para el Reyfio de Francia; y Cometido alos Ordinarios de dicho Reyrio, el que los puedan pros teer, por la Bula 61. de Sixto Quínto que empiega: Pafloralis Offioy: y lo mifno es acerca de los frutos, que referia para la Cámara Apoftolica,dicha Conf titucion de Pio Quarto. Y para el Reyno de Fran» cia,ferebocá efto¡pordicha Bula de Sixto Quinto, que lo convierte, y aplica para el vío,y reparacion de las Igleñas de dicho Reyno. De lo qual pudiera tomarle motino pará dudar, fi dicha Bula de Pio' Quarto elté recibidaen Efpaña , en quarito a dichas tefervaciones , por auer la mifma indigencia en el. Reyno de Efpaña, que enel de Francia,para lo dichos. 7 y d p ' y ¿ , + hs k d> A . e Wer y -.. á y iS A sq z Fi

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz