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$ 238: 000 tratado: HHLDe Beneficios. 00:07. conceden pára'componer el licigio dudofo,fe pueden Arana,verbo Benofcio,paz-120:y tó m4 n um.75% redimir fin 7abe de Simonia: Sanchez , con muchos, ; 640.Caftro Palao, tom. 3. tra£f. ule.de Simon, difj : num. 16. y enel mun. (7. dize lomifino,de las penlio-. : punt «13.14 Gongález, Regul.8.Cance Mar. G lof. nesilicitas, que fe concedieron, fin razonable canías.. 515 princip.mum.25 y otros;los quales dizen, que la pero añade, que aunque no feria Simonia, feria injuÉ= Capellania,no colatiua,no es BeneficioEclefa co ni ticia de parte de:el que recibielfe el dinero,por no te- . materia de Simonia; aunque fe de algun dinero por" ner derechoá la tal peníion, vide ¿llum, ella;y con raz0n:po la Capellania,no colatiua,es 74 Advierto empero¿qieés tóralmente ¡licito, cofa temporal,como bicnSanchez,tom.1.Comil.lib. 2%: y Simoniaco'daralgun precio(fin licencia de el Sumo c4p. 2» dub. 3 1,10 fines Y lo.mifino teltifica dicho Gor AN Pontifice)porque fe coníticuya la penfion fobreel Be- calez auer declarado la Sagrada Rota muchas vezes, neficio: aunquefea licito(como dexamos dicho ferlo). Y larazona nucftro intento,es:porque efta fente eS redimirla cón precio, vna vez conftituida por los ti-. Cla,es muy dinería de :las Propoficiones condenadas; rulos, que puede conítituiric. Veanfe acerca de todo. pueseíta lentencia,no concede, que fe dé alguna cofa * lo dicho en elta Conclulion onzeSanchez,tom,1.Com/ temporal, como motin0,compenfación,o fin de lo Ef. lib.2.cap.3.dib.46.Caítro Palao ;tom. 3. traB.ultim. piritual:ergoyXc» . 3:10) E y de Simon di/fp.3.punit.1 3. delde eln:m.6.halta el12. 78 Y que dichas Capellanias no colatinas (que * Leño, de i1ftit.Ciur. lib.>.0ap.3 7.deldeelnm.122. fon aquellas, que fueron inftitnidas por fola la voz y Lumbier fobre dicha Propoficion , 240.1934, y luutaddeel inltituyente, lin autoridad del Ue Diana, part.4.traci,q.rejol.153» de otro qualquiera Superior Eclefaítico)mo fean Bes 15% rail pl mefició Eclefialtico,ni traigan configo la obligacion + CONCLVSTON:XIL de el Rezo,ni los demás efectos, que los Beneficiós $ 1195 Digolo duodezimo: que tampoco eftá com- Ecleñaíticos,coníta ee cap. Ad her, de Relig.dom.y la” prehendida en lacondenacion de dicias Propoficio- tiene conla comun de Dottores Machado, som.x. liba nes, la lentencia comun,que dize no fer Simonía ven- 3.part.3.tradt.1.docum.3.num.2. .. der las Encomiendas de las ¡Ordenes Militares, ni el. . Y Caltro Palao, tom.2.tradt.13.d/p1. punid6s procurarlas obtener, mediante pecunia, porque fon. 242.1.dize, que en Derecho, dichas Capellanias , no meramente Seculares, lin traer coníigo funcion algu-. fon otra cofa,que vnos ciertos Legados,dexados con na Efpiritual;y aunque fe dana perfonas Ecleialticas, obligacion de dezirtantas Mifas, Ó tantas Preces: y le:danen eltipendio, y premio de la Miliciasy afsidfe, en el mum.4. dize: que dichas Capellanias legas , le dán por titulo Secular,y no Ecleliaílico. ¿ — pueden dar a qualquiera, y en qualquiera edad,como * +'Y larazoná nuefiro intento,es: porque dicha fen- lavoluntad de el Fundador no lo contradiga, PA tencia comun, fundada en dicho fundaimento ,es to- En el quinto, dize: que no obligan 4 rezar las Hoz: talmente divería de las Propoliciones 45.y.46.con-. ras Canonicas. Enel fexto, que á titulo de dichas Ca * denadas, vtex fe. patet: ergo,Xc. Veale Diana, part. pellaniaslegas,ninguno puede ordenarfe, como á tie 6.traci.3.refol. 17 «part.s trach.14.refol.7 , y part.3.. tulo de Beneficio, porqueno lo es; pero,que (1 fueren draóh.a. refol.64.Caltro Palao, par!.3 tbrót.vlt, di/p, perpetuas, podran ordenaríe a | titulo de elas, comb ' 3. punt. 13.1mum.1 3. Y veateloquequeda dicho,/4. atitulo de Patrimonio: y enel mum.10. dize : que de - pra, en elte trac?.4.conf.1. /fupoficion 2. por toda ellazy, dichas Capellanias,no Te deue fublidio , aunque fean _naim.37 WN cale iteram Diana , part.9. traciat.9.refo- Clerigos1os que las poíleen, Veafe todo el dicho fex? lez ds pi to punto; donde difputa bien todas las calidades, y. 76 Deaquí fe figue,no fer Simonia dar alguna condiciones de las Capellamias,afsi legas,como Ecle- ' - . cofaá Ticio,porque impetre para Cayo el Abito de fiaflicass AY % - Santiago, Alcantara,ó Calatraua, fegun Diana, cita -.79 Lomiímo dizen Caftro Palao, tom. 3.tnadÍ, do(que indica lomifmo de el Ábito de San luan:)y la vlt.d/p.3.pundH.1 3.2u1.14.y Lumbier,en la Suma de. razones la dicha. lt Ys Arama,verbo Benefício,de las Coadjutorias de los Be- “ Y porque tenerel Abitode dichas Ordenes,esco- neficios,ide/,que aunque le concedan con futura fu- Ía muy honorífica en la eftimacion de los hombres; cefsionm, ni fon Beneficios,niSimonia el dar algo por ' y. aísi, el queda dinero porque le reciban en. dichas ellas, (ilatal pecunia no fe dicre como precio de la Ordenes,no pretende comprar la Religion,que antes facultad,fino para fuítento del que concede la dicha le peía de los votos, que eitán per accid.ns , conjuntos Coadjutoria. ¿3 al Ábito, lino la honra,y renta,quees aquí lo princi- 80 Y delos Hofpitales, que no eflán inflituidos ed lo demás acceílorio. Además, que es probable, con autoridad de el Obifpo, dize dicho Palao , mum. le dichas Ordenes de Calacrana, Alcantara, y San- 15:¿coh Suarez, y Gongalez , como cola indubit ada, tiago , no fon verdaderas Religiones. Veafe «dicho quenifon Ecleñafticos,aunque Le digan 'logares pios; e A Diana,con innumerables , que cita : y Villalobos, %8 nimateria de Simonia, vide ¿llu. 9830 tá EE Simmatom2ÉPACE» 3 7 ASC AGD 5 ATAR E zo Ae 7 EN EIA O CONCLVSION XII. Eo de » CONCLVSION XII. A Y o o : . 4 * Ad le da NA si A - 277 Digo lo dezimorercio : que tampoco queda -.81- Digo lo dezimnquarto : que ción ls | comprehendida enla condenacionde dichas Propofis comprehendidaen la condenacion de dich¿spa 1] ciones, la fentencia de Lumbier;rom.1cn la Suma de ciones,la opinió de V azquez;el qual, ditputadoelcafo iO á he | e y 3 Me % . + es xk id 5»

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