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¡verbo Simonia, Nun?.1 3. y tom.t. verbo adoton:1:11b.3 . part. 3¿tradh.1.docum.8. BAM XL» YHOtrÓOS.. Ai 5 iba ¿Lo fegundo:porque el que recibe el Beneficio, noeltá obligado a retenerle (iempre, fino, que le po- - dráperr utar,Ó relignar licitamente,co no fe haze ca- '¡dadía: luego fera licito recibirle,ó darle con effa ín- enci on: pues fi eslícico hazerlo a fu tiempo, tambien Joferá el tener efe animo.ó intencion, defde el prin- Tciplo, vs e /. comfat: ergo, Kc, a 037 Lotercero: porque,como bien dize Bafeo ci- tado, no puede auer duda enque la permutacion de "Beneficios,por cauía honelta, fe pueda hazer en ma- nos de el Obifpo,o Prelado, fin macula de Simonia: "At qui,el pretendiente,fi tiene intencion de permu- '= tarle,es intencion de permutarle,por cauía honefta,y - conla autoridad de Prelado,que fea neceflaria,como fe lupone: etgo, BIC. TE 4. Confirmatur. La permutacion de Beneficios, E conautoridad de el Superior,es licita,ex cap. Inmber,de E Prebenis, cap. Quefitom , cap. Cam uniderfum ¿capa d n Vinc .eod.t it.in 6 «9: Clement.unica,de ver. permutat. y 2 lotienentodos los Doétores,apud Palaum, tor. 3.tr . TD vlt.difp.3.punch.15.num.5.y por ñombre de Supe- = rior,le entiende el Obifpo,ex cap. Quejstur,de reram permat db» cap, Admonet q.de renuntiat.imo; el Capi- == tulo Sedevacante,como lo tiene, con muchos; dicho Palao,nam:5. V eafe tambienel num.6. Luego la in- tencion de permurarle, con la dicha autoridad,no fe- rá ilicitasergo, Bic. 5 | Lo quarto : porque teniendo dicho preten- 7 - | diente(como le deue-fuponer)intencion de cumplir confus obligaciones, el tiempo que le cuniere(dunque no fea masque vn dia )y lupuefto tambien,que no tie- - neintencion de dexarle, (in la autoridad'de el Supe- 2 rior(como tambien fe fupone,ó deue fuponer)no pa- rece, qu aquí ay,ó puede auer deforden alguno repra- e. b y razon,0 Derecho: ergo,8c. 6 Y laquínto: porqueno ay Texto alguno, qué | lo prohiba: y ( no, Cuemds que Textó ina, que el 5%. quele E AO intencion de retenerle perpetua- 2 mente? Ántesbien,le infiere lo contrario,Ó parece, E quefeaptueba,ín cap.Statuimus , de tranfact. ibi: De affenfa E dde MI VOL 1 fut: ergo, Sc. AS 7 lo lexto: porque en Ticio,y Sempronia,aun ay menosfombras de efcrupulo de Simonia,ó pecado: pueseltos Señores,ni dán cofa temporal por Efpiri- wal ntla reciben; nien dicha prefentacion, es necel- - Jarlo, que tengan la intencion que iníimúa el preten- Eo de nte, pues pueden abítraer de ella: ni quando pofiti- OM la tengan,ay Derecho alguno,que la prohi.- ¡queda dicho,y li no,veamosle: ergo,$tc. A 1% A: HE YA y > 4 AA Ll o OBjECCION L A > á q 3 q da el dezir:que ay vna Bula de Paulo NN enga: Inter cetera,expedida en vein- il C y Yi . y 2 E ARES E 141 em . y te re de mil y quinientos y cinquen- ESA ra.en el Bulario, tom.1.y esla doze k. 3 “de a MAS E » » 5 parese LA N dicho Pontí fic e, en que prohibe, fo pena de excoy Conífulta | Il. a Oli m,d- cap.dd Quejfionts,de revum permútat.Ó- Cape > * | 22 munion late /¿ntentie , refervada Y fú Santidad”, el recibir el Beneficio, con animo de refignarle ,Ó per- mutarle: ergo,8 co Me M7 hi - + á . 4 Ñ EN Je ESP VES DAN | 9 Noobíta, digo: porque dicha Bula, fegún Maz chado, vb: fupra, dada recibida;lo qual :Heño tam- bien por probable(en quanto a efte punto) Palao; tom. . 6.de confur.di/p. 3.punct. 3.num.8.in fine: y quando lo elte, le deue'entender( fesun cierto moderno, citado por Diana, tom.8.trad.7.refol.14.)que habla lolo ¿on aquellos que reciben el Beneficio, para refignarle en fauor de el que dió noticia de auer vacado. 10 Ocomoquieren Garcia, tom.2.part.t1.cap.* 3wnum:291. Diana citado, y Palao', tom.6. tambien citado, lolo procede contra los que obtienen, ó impe- tran Beneficioscon dicha intencion,en la Curia Ro- mana, ó de el Pontífice ( por euitar las fraudes, do- los, y culpas que auia en dicha Curía,ó Dararia pera nó contra los que obtienen Beneficios de los Ordina- rios, ó fuera de dicha Curia, | OBjECCION IT: tr Niobítalo fegundo,el dezir: que en la Curia Romana, fiempre que le confiere algun Beneficio, fe le pide- juramento al Beneficiado,de que no le recibe con animo de relignarle: ergo, Sc, | RESPVESTA. 12 Noobfíta, digo: porque aísi 14 Bula referida arriba,como dicho juramento, fe hazenen dicha Cu- ría, por euitar innumerables inconvenientes, que en ella auía, como Íe puede vér en Palao; pero nada de ello procede, ni fe haze en los Beneficios que fe dán fuera de dicha Curia; y afsi, lo objetado; mas es en fauor de nueltra refolucion, que contra ella, nam ex- 'ceptio firmat regulam in contrarium , vt confideranti patebit, ex cap.2. de coniug. leprof. cap. Dominús 32. quejt .7. y de otros muchos Textos de el Derecho Cia uil, y la comun de Doétores. | OBjECCIÓN TIL. 13 Ni obfta lo tercero,el dezir: que afsi como £l que contrae Matrimonio carnal, deue tener animo de permanecer perpetuamente con fu muger,alsi tam- bien el querecibe el Beneficio, eftá obligado a téner animo, € intencion de nunca dexarle,por fer efte(co- mo es)vn Matrimonio Efpiritual, que contrae el tal con la Lylelia:ergo,%c. 4. RESPVESTA, 14 No obíta, digo: porque no vale la paridad; porque ay muy diuería razon entre dichos Matri. monlos;pues el Matrimonio carnal, es vinculo per= petuo , lo qual no tiene el Efpiritual , como es cler- to, pues cada día yemos relignar , ó permutar Be- neticios, con autoridad de los Superiores ¿lo qual no paíla aísi en el Matrimonio carnal. IN OBGBOCTON MT io 15 Níobitalo quarto,el dezit conLefio,de _ / T Y si +. A : is eel F E ¿o j ¿2 HA pl ae. e e Zo P , EA sd AAA a
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