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+ | Y E E e A AS - ya alaprohibicion de las expeétativas en aque-. A Pts 4 > 1 otro:porque del ético modo escánltans po” regla enderecho,que los Beneficios que vacan en Curia,toca fu pronifion 4 folo el Sumo Pontifice, y lesaralas manos a los Ordinarios, pata queno los rouean, in cap.Prz/entide Praebend.in 6 capa cap. tatútum,eod. $it.ch- in Clementin.1.vt litependente y y todo eflo endicha regla, y prohibiciones no fe có- en,ni comprehenden las Encomiendas, que vacan la Curia , como bien lo prueba Solórgano de iure arnton.2.Lib.2.cp.6.4nm.89.halta el 92. ergo AAA líter en noftro caíu. | A 5 148 Y lootro:porquedicha prohibicion es odios luego fe ha de refiringir,antes que ampliar,ex cap, Odia, de regul iuris im6.cap. Ne aliqui., de priuleg. eod. Mb.c1p.Renouantes,2 2.dif1.leg.Cura quidam.f.de libera 0 pof!hum.y de otras:ergo,8c. | d 7 | -INSTANCIA 1. LE 40 Inftarás:aunque los Concilios, y el Derecho mo digan,como no dizen cofa de las expeétatiuas en 0 Jas Encomiendas;pero con todo eflolarazon del La- 0 xeraneníe, y del Derecho, en el cap. 2. de conce/: Pra» 1 bend.las comprehende ; pues la cauía de prohibir las LL expeétatinas en los Eclefiafticos MInifterios, o Bene- E ficios es,ne defiderare quis mortem proximi videatur; 2 palabrasíon del fobredicho texto; Jed ic ef , que elta razon militaigualmeente en las expectariuas de las En- 2 «comiendas,que en las de los Beneficios;ut exe /¿ pates: E go mc bd sa. Confirmaturinfantia:ii al Contilto, y al De- E orechio endicho texto, fe les preguntafle de las expec- 1 ¡tativasenlas Encomiendas,(i quedauan comprehen- 1 didas en dichas prohibiciones, dirian , que fi,para ir '¿configuientes;pues ay la mefma razon, queen lasex- Persia Beneficios que allí prohíben. Luego fe :n tenér por prohibidas. Prnebafe efta confequen- ATARI AE e 0 ir A RN ER CARE e po Í y e + A A EPs : mente del Legislador ,porque la mente del Legisla- IE. doreselanimadelaley:etgo,8ece 1 | A Bois RESPVESTA 1. A E. sí Refpondolo primero: que fi el Concilio,y 1 Derecho huuieran querido comprehender las expec- ¡20 tatiuas de las Encomiendas, lo huuieran expredado, Dex cap. ad audientiam,12,4n fin.extr.de decim.cap.[1- LD Eler corporalia, pol med.verfVade fi circa,de translar. 24 dui y | E "Fr, 51 . nu 5 MAYA 1 dic.tollend.1.Si feruns, $. Pretor ait,verf: Non dixit, E de acquir.hered it. Gloff. in cap. ad audientiam, el 1. mediun, in cap.fin. ne Cleric.vel Moñachs Tira- 9,con muchos, in leg.Si unquam , verb. Libertis, 3-Cod.de reuoc.donat./ed fíc e8 , que. no folo no lo eflaron , fino que politinamente lo limitaroná leffaíticos Minilterios , ó Beneficios , 9 dela: | y glefía , como fe puede vér allis.., E A 1 ¿ : : » . pal e E X E E o ( » Ll e Ria 5D ; EA les ya e Ain Se A a a Ñ ta FEVIIM LION EY , 3 3 XK ' e - e y s - ¿ye ; y to «e A ' 7 A «$ 4 . o ¿ES + > e > , e De 5 MANO úita lu: > ES . id pe s i ] . Ta 4 4 is E ¡cia:enlainteligencia de las leyes fe ha de eltar ála «pe Ñ Epi/cop.leg.unic.$. Sin autem ad defecientis, Cod.deca= j | ver Obventiones ,infin.de Beclefiaft.edift:. Glof.fenal. sj Rp Dr RESPVESTA Mos | + 52. Refpondolo fegundo:queen las leyes pofici: uas no vale el argumento, apari, «ut maiorí..Lo prime ro:porque no obligá,(ino enquanto enellas Le expris - me,ex cap.ulsim.d ibi Gloff .extr.de verbarfignificat leginon alicer fede legat. 3 fcd (ic ef que en dicho Tex» to,y Concilio folo fe exprimen los Ecleñafticos Bene- fictos:ergo, tec. Lo fegundo: porque el Concilio,y Des recho pudieron facilmente explicarlo,á lo menos no rellringiendo las expeétatiuas, a ella, O aquella ma» Derias.' :*, 0 | . 53: Lo tercero:porque en explicar la ley pofitis nafehadeeftára las palabras, ni ay era els tenderla mas de lo que las palabras en fa propria (ig. nificacton entendidas requieren,que es lo que prueban el cap.vltim.y la ley Non aliter,(nmediitamente cita - dos;f2d f7c e?,que el Derecho en dicho texto tomado del Concilio Lateranenfe, folo dize , que prohibe la pronifion,ó promifsion de los Beneficios, antes que vaquen:ergo,8C+ 8d 184 54 Lo quarto:porque elta prohibicion espenal, y odiofa,fegun la doétrina de Tiraquelo 2 preft.ad retradt.lignag,num.6 5 «y Diana, infra citando; y lara: zon puede fer:porque contiene nueuo vinculo de cóf. ciencía,fuera del vínculo de la Divina Ley, lo qual fereputa por pena,y graue carga,princi palnenze, por que puede fer ocalion de culpa,y eterna muerte: lue- gonoÍe debe eltender, fino a aquellas cofas a las qua- les laspalabras del Legislador tomadas en fu propria (ignificacion le eitienden;/cd ¿0 e/2,que las palabras de dicho texto,tomadas en fu propria hgnificacion, no fe eltienden,lino á los Minilterios,o Beneficios Ecle- «faíticos;Ó-a las penliones Ecleliaíticas? nada de lo -qual fon dichas Encomiendas, como coníta del fegun- do fupuelto:ergo,%c+ Elo y 55. Lo quinto:porque como dize Diana, part. 9. '$rach.3 .refol.27 contra Nauarro,enlos preceptos,ef- cia lmente penales, qual es efte,no fe ha de atender, -que.es loque el Legislador preguntado eflatuyera¡> no'4 lo que de facto eltatuyó con íu ley: porque coma la ley no obligue del modo que exiíte en la mente del Legislador,fino del moda que eltá exprella en el ef- crito,ó en la palabra;de ai es,que aunque el Concilio, 6 el Legislador de dicho texto del Derecho, hunícra tenido en fu mente,ó preguntado refpondiera,que íe ¿Aula de entender lo: mefao en las expeétatinas de las Encomiendas, y que aísi lo eftatuyera fe lépregan- ta(le;pero por quanco, no lo eltatuyó de fialto,de fac- to no le deben entender comprehendidas en las dichas prohibiciones;porque fola la voluntad interna de el Legislador,no obliga,como bien Díana con ny1chos que cita,vbi/mpra. HO: E 56 Y lofexto:á paridad de otros textos del Tri- dentino:el Concilio Tridentino en la 5:/.14.04)+5 ¿y Canon.7.declara,y enfeña,que por la inftirucion del ¡Sacramento dela Denicencia hecha por Chritto mugl- tro Bien, eltamos obligados a explicar en la confef- iontodos las pecados morta!-s,el numero de ellos, y las circunitanolas que mudan elpecie:y aunque es ver- dad, que la razon que allí da en dicho: capit.5.para | y 3 49 *

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