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aniigehécho, lá qual ño Te Prelume ; Fino fe prueba, lomo bien Menochio, de pra/umption.lib.6.p: É dA7 E neg y lo otro ¿po lo que efta eniduda, le ¿de interpretar ála mejor yx cap. Stote de reg: TegiCum cred:tor, Fade furt.1. Proxime fade his; q ña 1 ñam . delent. y f eha de tomar enla parte mas benigna, ex cap.vltim.de tranfac3.leg.Semper fl de vega irisy deo rr as;/cd/íc eh, que en cafo de dudá es me» sor, € interpretacioninas benigna tener al Inocente pl legitimo, quepor adulterino ,vt ex fepatet: OTRO, BIC». 007 pS AA o YN e el Loquarto : porque por dicha caufa,en cafo de 12 duda,el hijo Te prefume porlús, nacido defpues delMa- ffimonio, que antes del;y al que dixere., ó pr tendiero ontrario , le incumbe la obligacion de probarlo, Eómo en terminos lo tienen Baldo, Saliceto, Alciato, E Marth. V vefembecio(quitefatur de communi) y dicha 2 Fagnano,queloscita,y ligne, VbI/Mprasnum.14.y 154 E videillum.[mo,por dicha cauía dize Alano, que aun= E quelosque contraen clandeltinamente no deban pre-: - fumirfe cafados,como lo tiene la Glo/lla, a cap; Lator, El qué fli fint legitimi, pero que elto procede folamente, refpeGto de losdichos contrayentes, pero no refpecto deloshijos,pues refpecto de eftos( ide para fulegiti- E midad ) deben prefumirle cafados. De dondeinfiere E Panormitano, in dici.cap.Lator, quod natus ex viro, Y E muliere fimal cobabitantibas, prefumitur legítimas : y E dalarazoo:Quiafanore legitimationis prefumitur ina > 4er cos Matrimoniam:lo miímo tiene Sylveltre con los dichos,verbFiljnum.9. y dize,que haze á lo dicho la ley ,inliberamulieris, ff. de ritu nupt. luego del mefmo E. modofedeberádezirencafodeduda, que el hijo de E mugercafada,esanfes nacido de copula'conjugal, que E. deadulterina,en beneficio de la leg1timación:erg.Sc. 3 Loquinto:porque para probarla legitimacion E delhijo,fupuefo el galamiento,y cohabicacion de los 1 cafados, balta el dicho dela madre, como coníta, ex eap.Per tuas,de probationibus,y de la ley: Matrem,Cods E de probat.y Gilo dizen ambos,marido,y muger; confia, Des cap.Traofmife,quiflú int legicimi, y aida Glofo verb Indices d: verb. tefibas, que cita otros dere-, E chosparaelintento;y filos talesle han tenido, y trata» E docomohijo,debe fer tenido por tal, y esvno de log E modos con que le pruebafer hijo fuyo , como lo tiene, A . » C A E mefmo,con Felino, Inocencio, Holtienfe,y otros, aun; la ilegitimidad fe prueba por eldicho , y tratamiento E delos Padres;/ed/1c ef?, que en nueltro cafo,dicho Fer- E vando:eftá afentado enJos libros del Bantifmo; por E hijo de dicho Pedro,y Maria, y criado por tal, con el - apellido dedicho Pedro,y de dicha Maria, teniendo= E Jelosdichos por hijo fuyo , y reputadopor tal de tox, 2 dos, fin reconocer dicho Fernando á.Francifco por 2 padre fuyo,ni Francifco a €l por hijo, como fe fupone enla ecis del calo:ergo,Sc. DECANO 109 2 8. Lofexto: porque aquiá lo fumo puede eftar la E queltion( comofefupone )enh Fernando es hijo de 2 Pedro, fu madre,ó de Francilgo ;./2d/5c 4%, E que efte nole ha reconocido, ni reconoce por hijo(co- mo hraxeconocidoa otros)y quando el padre ñoreco» AN A E o o RN: 1 . 5 ES ke (e $ dl AY v % ; fo > » o .n o e % Ñ Da e. A . ta á S y . : , r-. 4 o 4 bo e 4. el > o . sy . P e he ” AJA ya e : ' qe Le - que Fernando pretendiendo entrar E Fagnano, fobrecllibro 4. delas Decretales ,d cqp. 8 205 noció Jos hijos ¡legitimos; no fe debehjuzgar por tas les,coma coníta de la ley 1 1.de Toro,bodie, leg. 9.s:f, 3ib,5»Recopilat.y lo tiene con Antonio Gomez, Vi - Halobos;part.2.traci.z3o.difor 3 .num«25 y la Gloll. iz cap.Per tuas, de prob, verb, ros ds lo prueba biensvide dllumiergo,Sc, 00H a, ¿:9-Lofeptimo:porque filos hijos expofitos fe de- ben juzgar por legítimos, con noauer padres que los reconozcan por hijos, nifaberíe (1 fonde madre caía. da,6 ná,ni tener ellos aquien reconozcan por padre, como con Palioto,y Menochio, lo tiene Manuel Ro- driguez,tom.1.9q.Regularinm, queÑ.13.art.1.col. 24 Diana con otros, part.4.tra/H.3.ref6. y lo tienen por probable, Ledeíma, Suarez, y Villalobos, que los ci- tay tom.1.tradh.1 3 dif5 7.1182. 7. luego mucho mejor en nuetro cafo debera dicho Fernando fer tenido por legitimo puesreconoce por padresá Maria,y Pedro, legitimamente cafados;y eltos le tienen, ytratan como a fulegitimo hijo , y efta de todos reputado por tal, y en pofleísion pacifica de lulegitimidad:ergo,8c.. 10 Lo oétauo:porque el fer la prole ilegítima, e penal, y odiofo,como bien Sanchez, lib, 9, de Matri. difp.38.num, 3.luego á ninguno e le debe imponer di- cha pena, fino es que le pruebe, y confteque lo es, alias fe eftendieran las penas,y los odios contra todo dere- cho; fed /7 e/2,que nofola no coníta que dicho Fernan- dono fea legitimo , ino que antes bien eltá en polfef fion de ferlo,y patrocinan lu legitimidad losindicios, la voz comun,el teltimonio de los padres , y los Dere- chos Canonico,Ciuil,Regio,y Natural , como coníta delo dicho:ergo,8C». ET stem «CONCLUSION: H, «J 11. Enquantoá la fegunda pregunta. Digo lo 24 ligiofo,no tiene obligacion a manifeltar,(in fer preguntado, la flaqueza de fumadre:lo vno, porque no ay ley Dinina, ni huma» na que le mande tal cofa, ni que le mande infamar á lus padres, (ino antes bien el honrarlos, -42 Lo otro:porq la flaqueza de fu madre no es prue- | ba dela ilegitimidad de dicho Fernando, como queda . abundantemente probado, y le confirmará mas con la dodtrina de Sylyeftre que pondrémos defpnes. he 1113. Lootro : porque aun quando la madre le dí- xe/fle que era efpurió, y aunque la dicia fe lo afirmak= fe con juramento, y enel articulo de la muerte(habi- tando como fe fupone dizha María con lu marido, al tiempo de la concepcion de dicho Fernando ) no ef- taria dicho Fernando obligado á creerla, como lo tiene conEnriquez, Covarrubias, Suarez,Sylvio, Lay-, man, Diana, Azor,Sayro, y Cafpenfe , nuefiro Bafeo, tom.1.verbo Adulterium,num. , 41014. Luego li Fernando no eflaria obligado a creer , aun qyando la madre fe-Jo afirmalfe con jura» mento , y en el articulodela muerte, mucho menos eftará obligado á tenerle por ¡legitimo , quando ella en poflefsion de legitimo, quando fus padres le tie» nen, y tratancómoáctal, quando le patrocinan. los derechos, y le aísilten la razon, y la conventencia : y ficl puede, y debe teneríe pordegírimo , y le tiens por tal, ni a tendrá obligaciona dezir la fla- quez > » - R 2 1 El ]
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