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P > y1,9uaf, 59.108 quales dizen, que el que por pres Epto,vóto,o penitencia eltá obligado á oir tres MiL as, (atisfacea todas las dichas obligaciones, oyendo tre: q. imul. Aísilo tiene Hozes , num 16.y 17. pag.3 335 DNA DET CA PR EA Es . | dinería Propolicion,que la condenada: pues aquella y. abla de yna lola obligacion(que es el precepto de la 4 de efía , que nos manda otr Mitla todos los diasde 1 fehta)y del diuidir,para la audicion vña mefma Mif- E faen partes:lo qual no palla aísi en efte cafo , dónde E Tasóbligaciones fon uchas, y de diuerfos principios; 0 y las Millas enteras que fé oyenfoñ muchas, y de ca- da vno de dichos Sacerdotes, no fe“oye fola: vna parte de Mila, fino Mifla entera:por loqual fon muy diuer- 7 las dichas Propofliciones;y como dicho Decreto: fea E de interpretacion eltrecha,lacondenacion de aquella E Propoficion,nodebe eftenderie velta, Pones CONCLVSION. IV. ¡ 41 Digoloquarto, que tampoco queda conde 2 da aquila tentencia de Bonacina, Villalobos, Diana, E Dicattillo,y dicho Leandro,que/f.60: los quales di- zen, que aquel aquien han dado por penitencia y que ' 0 “oygados,ó tres Millas, fatisface 4 dicho precepto, ] "oyendolas todas /¿mul:porque eita Propolicion ya te o ES, UDI Jupras, "> USA * DIFICVLTAD V. 02% Enique jeexplica la Propoficion 5 5:de ARS CA prendio IDO oe 0 - E DA y 1 e Y 42 pp Reguntaras ebiamobitér aqui lo quinto: E O fatisiaral precepto de la Lglelia de la e Comunion anuál¡el que comulga facrilegamente? Moa 3 CONCLUSION" Landis veo 43 Digoloprimero;queconfacrilega comunion - 'nofe Íatistace á dicho precepto:elta conclulion es ya fuera de controuerfia¡porquelo contrarioeftá conde- - Decreto,amm.s 5 «donde le condena la Propoficion fi- * gulente: Precepto conmunionis ainae [atisfit per facris dezam Dominimandacationem. > gor: 4 44 Y con juitiísima razoníe condena dicha Pro- = poficion: porque ette precepto de la comunion anual, 1 no es mere Ecletíaltico, lino modificacion deel Di- vino ; /ed /ic et, que el Divino:obliga a la fruétuofa, | y digna recepcion, como lo dizen Cali todos,y cont- PK ex illo Apoltoli: Probet autem ferpfiua tomo,rcs deso ciao, TEMES 4 Digo lo legundo ,: que aqui queda tambien ' condenada la fentencia de Nanarro; Azor, y nueltra |. Baleo,quelos cita,y ligue,sor.2.verb. Communio Sa- = craminum:.4la qual dize,que el que comulgaentiem- po de Pafgua,eltando defcomulgado, Ó: entredicho, Tavisfare al precepto d la igleíta:y larazon á mueltro y Ms es;porque la ral Comunion es facrilega, como - loconfigffan dichos Doétores:ergo,Xc. | a, Ae : Cónfilea IL OIDO El o Yla razones:porqueeíta ya fe vé,quees muy. 1 we quan diuerfaes de la condenada : ergo; 6ccs Ho- nado ya por la Santidad de Innocencio XÁl. en dicho. -_ Ley 46'* Digo lo terceró:que aquí no queda 1 : Condena . da la fentencia de Granados, Prepalito, Valencia, San Antonino, Toledo,Sá, Ledefma, uan de la Cruz,So4 to, Tabiena, Sylveltre,Medina, Armilla, Vittoria, y Diana,que loscita,y (igue,pare. 3,traH.4. ref0Í.61, y part.5.trac?.1 3.re/0! .3.en 14 qual inclina Bonacina, y | Otros, apud Leandramn de Sacrament tom. 2. trac.7.d fa put.3.quef.2 9.y él la tiene por probable : los qualeg debén dezir ex con/equentia dottrine,que el tal fuzerd” no quedacon obligacionex viprecepti Ecclefisfici, 4 Comulgar defpuesde paffada la Palquá , fino que po- drá (in nueúo pecado diferir la Comunion haíta otra Pafqua:porque los dichos dizen generalmente, que el que no comilgó la Pafqua(ni Camplió con el precep= tode la Igleña ) noqueda obligado a comulyar def: - puesdeella;y+lo prueban. a paridad del ayuno, Miffa,y Horas Canonicas, que paílado el tiempo dererminas do,cefla fu obligacion.Corellacitandome. /.: 47 Y larazon a nutítro intento es clara ; porque la dicha opinion,no dize que fe farisfaga al preceptd de la Comunion anual por la Comunion facrilega,que es lo que-dezia la Propolicion condenada; fino que aunque mo le aya fatistecho a dicho precepto(como es indubitable ya ) con todo ello el dicho precepto no obliga pafada la Pafqua,lo qual ya fe yé que es muy, diuerío:ergo,8zc. py : "143... 'Tengoempero pot mas o , la fentens e cia contraria:porque lomifmofe ha de dezir en clte punto de la comunion anual, que de la confelsion ánuali/ed. fc ef,que es ias probable queel que no fe confefsó entodo el año,eltá obligado ade, delpues - de paffado , á confeffaríe , a pacidad de la relticus. “€lon, y porotros fundamentos; que omito por la bres - uedad:ergo , 82Cs Po ndo da o eN is COMAILNSTON A o . 49) 0 Digo loquarto:que aqui noqueda condena: + da lafentencia de Vazquez,y Comun, apud Cafpenfs tomiastradt.2 2. di/fp.9.fect. 1 .num.9. losquales deben »dezit,ex confequentiadacirine,que el que comulgó por Paíqua con pecado venial,no folo habitual, fino ad» hue, aGialconcomitante, fatisface alPp: fiafticó de la comunion anual:y la metmo debe dezif; fe de la opinion de Baleo,tom.2. verb. Communio,nu- mer. 14. aunque el tal pecado venial fea aficiente;v.g: comulgar por vanagloria,de quo late, Deodante, enlas preceptos de la Iglefas, Ad ap 50. Y larazoná nueltro intento es:porque dichos Dofstores falvan,y deficoden nofer facrilegas ; adhwt venialiter,las fobredichas Comuniones;/2d /1c ef, que o que aqui fe c síolo :nion facrilega fe fatisfaze al precepto de la anual co- 'munion:ergo,8tc: +: Mon Tu ona 5T De qui fe figuezque todas aquellas opiniones «que libran de facrilega la comunion:ó quela dán por licita en tales,ó tales circonftancias, comio:v.g/quan- do vno eftá al paño para comulgar, y fe acuerdidevn sand ja femejantes, no quedan comp . boe. Ei UG ers - slo 79 ) ondería e folo el dezir,que cor comu» .,

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