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A a > E A. E -S RS ¿A S a "trivendo de G dicha palabra haze condicion, ono: | pipedgiió cy , que aquella claufula : Daima- ninea Berlefia feptem Mife quotidio celzbrentur:Es lilode la Curia, que fe fuele poneren las gracias Alrares prinilegiados; pues viene en todos los Bre- ss, en que le concede la dicha gracia a algun Altar mer de eftilo , probablemente fe juzgan pueltas por: Notario,y por configuiente , que en cafo de duda, Vales uela,y otros muchos, y muy doétos, como la tiene Luis de la Concepcion en fu Examen, to:10 3. de otcf.Regularium,libirtradh. 29 001 + y 6. page23s "0 $ yA Ce ' 10) | 2-8: Pruebafe lo ¿.cierto es , que el nuhiero de (tte Mi/as,no ese fencialménte necellario para la indul- 'lgenciazpues lin efle numero puede concederla el Suma ¿Ponrifice,como es certifsimo: luego no ay porque de: bamos dezir,que pide dicho humero , como requifito sefiencial pata el valor del priuilegio 3 efpecialmente fiendo,como es,dicho pritílegio en fanor de las Almas lel Purgatorio,y no derog3torio dé algún derecho ; y por configuiente debiendo opliseó y ántes que ref 'tringiríe,como piadofo, y favorable; y reputarle vall do en calo de duda:ergo8lEs > 1 E: 9 Pruecbafelo quafto : pótque fi el Dattocho, 4 E quien pertenece el cuydado de dicha Iglefa, hiziefte " buenamente las diligencias posibles para tóner dicho numero de Mifas,aunque de hecho nó lo configuiefle, Í dize Bordon,in/imili, vbi/upra , que avria facisfecho . futodo lo requííito para €l Altar privilegiado; y elto E. aundadocalo que fea condicionatlua la dicha claufas Jay latazon que dá es : Quia conditio , cum non flat per -emmjad quem pertinet, qui miós hom e deber peninde,at fi impleta fiñffct; de veculisiur.66.leg. lure 3 life condit.> demionfir. luego no debemos tener dicho numero de Miílas pot fequilitq , in d/pin/abil:- ter, fea, imfalibiliter , neceflario, Ó pot condicion ,/¿ne guasino lolo por modo , y encargo de que el Prelada procure tener alli, pudiere, dicho numero de Míflas: : ye -Prucbafe lo quintó ; y vltinio : Porqué el fin del Sumo Pontifice que concede dicho priuilegio, en .. expreflar dicho numero de Mi(las,es para que fe facifa faga a las obligaciones ocutfentes de la tal Igleña; y 1 para que con el cebo (digdmioslo afsi) de efe priuile-: gio, Le cuite el que los Sacerdotes de dicha Igle(ia e vayan aácelebrar á las ageñas en o de la pro- S ma dicha : luego liempre que fe configuiete | de fatisfacer 4 lasobligaciones de la propría Igtefa - pormenor numero de Sacerdotes que (ete, no fe Je - detraerá cofa alguna á dicho privilegio , aunque los .. Sacerdotes de dicha Igleña celebrert fuera de ella, cos . mobieninficren dichos Antores:luego,fi para fatisfa: = cerde ordinario , ó fiempre, ¿las obligaciones de dí- 2 cha Igleña baltaren menos Sacerdotes efosbaítarán 1 para la validacion de dicho prinilegió : porque mas Jedebe atepdar ¿lamonce , y fin del qug 19 concedió, pr ¿ $ Í EOS EX $ ñ 1 A obran, y que deben fer poco atendidas ,fegun-- ria. bien Bordon, vb: fupra, y Diana enla for= A pria,como bien Bor ¡fu ra, y él ¿feto fin.$.fn.vbi Glo/fimandati:érgo,8tc: | e NT que á laspalabras del, 2% cap. Intelligentia 6. 17 ii y 3. de verb fzmfcat. leg. Nominis ; de rei, $e, Ve um, f «e0d.tit.y de otras:ergo,Xc: | CONCLVSION IT. | 11 Alafegunda pregunta, refpondo : que en lá Teleñía Parroquial ( auaque para los Altares prini- . Bula de fu conceísion no fe exprefía otra coía, noes ajados de los Conventos, fuele pedirfe: cal vez ma- ., neceffario,que las dichas Midas fean de Regujem, ino Enumero) fed 7% ef? , que las clanfulas que fe fuelen e bai las ( Or -Miflal fepudicren.76 debieren dexir : Afsi lo tienén que baítara fean las que conforme a las Rubricas del 'Phelipe de la Cruz , Garcia, Fágundez, Marchino; Qui bádncñas. Pellizario, Lavorio, Geronimo Ro- dríguez,Eragofo;Cerola, Trull nch, Bordor, Zipeo; Sylvio,Bariola,Nauarro.y Naldo,apud Dian. part. 9 ¿traéd:2 .vefol.3.contta otros; *: Y la razon es;lo vno , potqtie el benefició del Prin- cipe,no fe ha de reltringir,fino dilatar : y lo otro,por- que no es menos fatisftactoria qualquiera ocra Miffa por los difuntos,que lá Mifía de Reguien;imo, por in- retvenir la interceísiondelos Santos, dize Phelipe de la Cruz, lesferá mas vril qualquiera Mia de San- to,ó Santa, fegun lo pidiere , ó permicierela Ribricaz ergo DER a! Sora a MOBJECIÓN: + O 12 Y fiopufieres algunas declarácioñes de Car= denalesde la Sagrada Congregacion de Ritos: A/f:- rentes MiSam celebratam pro defuncto in Alsari primis legiato non [uffFagari,mif 25 de Reguien , licet Lecinin. dulto non exprimatar. es - 13 Sepuederelponder:lo priniero, que noconta dutenticamente de ellas:y lo fegundo , que noelin en vío, y oblervancia en Efpaña, donde vemos, queendos Altares priuilegiados fe dízen indiferehremente otras Mitlas que las de Requiem ; por las Animas de Purza- torio; como bien Mendez de Sari luan , in Theologs Mufcel. addt:12.num. 8 .ferá empero confejo faludable irfiempre á lo mas feguto, y dezir las de Reguigro, pu: diendo fegun las Rubricas. EONCLVSION lt: ¿14 * Alatetcera pregunta fefpondo:que cumple diziendo Mifla en otro Altar , con medalla, 0 cuenta privilegiada, ¿def?, ¿que elté concedido priuilegio de facar vna Anima de Purgatorio al que dixere Mila con ellas A fsi lo tiene con García , Rúteo, Marchino, Pafquatigo,Pellizariío , y Leandro del Sácramento, Diana, part.6.tract6.refol.i2.y part.G.tradt.2. refo!. r2.contra Gauánto; Lugo, Bonacina, y otros : y lara- zon es,porque el Sacerdote en tal cafo farisface fafi- cientemertee a fu obligacion ; por equipolente , ex legs 15 - Advierto emipero: qué lo dicho rio fe debe én- teridef, En cafo quéte eligielie el dicho Altar prinile- glado,no folo por la Idulgencia, tino tambien por el mayor culto de aquel lugat,ó porque es fuyo , comal bien Diana,con Ftaxínello , Alphonfo de Leon, Ho- * mobono de Bonis, y otros,part.>.trad?.i4. re 0.12. y part.qutradh. 4. refol. 4. y lo metio Mendez de San Iban, vbi-fupra ; mum. 9. y conta de lo dicho, /1pr. confult.A NUM | ei ips P 2 "¡GON
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