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% Us: Nérobfla dira dicho Eufebio de Herrera; por» ve como bien dize Caltro Pala0,901 /:«pra,pueH.4. 4 n.1o dife humiefle de entender. 3161 dicho, priuile- rio,no concederia cola a los Religiofos CUNINANLES;, fupuelto;que el Religiofó caminante tiene licencia "para confe/larf=,como la: tiene quando no caminas, y, 'Impuelto,que quando camina le da facnitad,que pueda, fe 'abíuelto,a quocumque crimize , qu00docuinque Yes lirvatozno ay razon para quitarle efte fauor;y aísi juz- 'ga,que dicho privilegio obra lo que fuena;y, lo meímo “fiente Manuel Rodriguez,y que por eflo ,no.le han a- E er ado las demás Religiones. : ADOS 19 6. Noobfante ello , como bien Suarez , y: con €l "dicho Palao,en'lo dicho fe debeeftar al vlo,y coftú- bre de las Religiones;y yo dudo mucho,que fe puedz Lpreltunir de ninguna(fino es,que alias confte ) que da dicha licencia ab/0lute,ido4,(m carga de prefentarfe ; y “enla Compañia, dize dicho Palao, fe concede dicha licencia conia dicha obligacion, E ro tdCONCEVSION Mets leo 77 Refpondo á la fegunda pregunta:que los cafos aselervadosen vna Religion para los Religiofos della, no fe deben eftender 4 1as Religiofas, lin que efté aísi expreflado,alo menos por la: coltumbre;porqne la re- E fervacion esodiofa, y configuintemente, de interpre- 3 tacion eltrecha:y afsi comoen cafo de duda, de (i vir pecado e'ta refervado,ó no, fe ha de tener por: no re- fervado:afsi,pues,no exprefflando en la refervacion a las Religiofas,queda dudofo, 1 esrefervado, Ó no,ref- peéto de ellas;y por configuiente refpetto de ellas de- be tenerfe por no relervado, | AN CONCLVSION IIT.. 1,8. Aloterceroreípondo:que (i las Monjas notie- -nenlicencia de fus Prelados,ó Vicarios, ni Bula, no podrán confe(laríe con otros Confeílores ¿no por de- feto de aprobacion en ellos, ino por defeéto de ju- —rifdicion fobrelas dichas, la qual jurildicion a de ve- nir,O de fus Prelados ,ó del Pontifice por medio de la Bula, Iubileo,3Gc. | 2. 11:54 CONCLVSION IV; | 9 Aloquarto refpondo:que eltal Abad no pue- -de,durante dicho impedimento, relidir en fu Abadia, y a Sacramentos: Aísi lo ticnen ¿Santo Thomás, 2.2.q44/4.62. art. 3. Tiraquelo;, con - "muchos que cita,y ligue, 1 leg.Si vnquam,Cod.de reno- pandis donat.verb.Reuertaturpum.291.Salas,de lzzibe di/p.15.f0c.2,mum. 3 2.Clauis Regia, lib. 3.cap.gunuz., - ApLonacina,de legib,di/p.1.quef.r pundt.7. $. 2.n6mn. p h j E ] e E ] ]E | 4 A 4 pu $ e. a e Es $ E án 4 ; is a ; conv onfulea Mibbrs; 1 - 159 29.y 32.Suarez, con Conzrrubias , Salcedo Driedo, 4 dad del exceílo. ur + 1.39 12 Yafsifieltalencomendado,ó fubltiruto,def- pues de auerle corregido fraternalmente, hallare ,que dicha correccion no aprouecha , eltará obiigado, en conciencia a denunciarle(fálvo (¡por elo fe le hunief- Le de feguir algun graue daño )porque de no denúciar- le,fe juzgará ferental caío participantede dicho cris 'men,como lo enfeña en femejante cafo Santo Toimás, 2.2.q4e8.3 3.4rt.7. Navarro, in Manuali, cap. 2.4. 14+Ínnocencio,í cap.Qualiter, E quando , de ACCUfAL a Panormitano,ín cap.Cum dilectus,de exccefsib. Prelas, “y otros muchos. es | -13 * Y deno denunciarle, deberá dicho encomen. dado fer caftigado con la mefma pena de el dlelito, 6 con otra,a arbitrio del feñor Obifpo,como lo tienen Iulio Claro, tm pradi.crimin.que/f.34. Bartulo, in. leg Verum ,f.ad leg. Pompeij, de parricid, Cornelio, in leg, Culpa cáret.mum,2 1 Jf.de reg iur.y es comun; y la.ras zonfe da en el cap.Quante,extrade/ont.excónmundon- defe dize: Qui enim non obviat manififBo deliéto, cuma sommode po/3H,prajimitur opemferre. Y wmasen nueíy tro calo,en que dicho encomendado eltá. uelto pox el feñor Obifpo,para que cuyde de dicha Igleña , du rante los dos años de dicho deltierro,en que el dicha Abad efta fentenciado;por cuya caufa le incumbe el cuydado de dicha Iglefia,y no permitir femejante ef candalo en ella.Aísi lo fiento, falyo ea > y bus, Sc. ED e CONSVLTA DEZIMA: 0 1 relol. 43.) /e debe imponer al que mata q otro,obliga en conciencia;e/pecialmente , que dica una Mifa cada Sez vi S la Penitencia que dize Diana(en el Compendioen romance, ver b.Penicencia,num.7.y en la partoa. Cr 28.45 "mana portodo un año,y que por todo eRe tiempo de limo/na,y que reze la Corona de nueltra Señor atodos los dias -derodillas,y quediga vn Paare nuefiro, y vn Aue Maria de Sa pueñala carne d raiz delfielo por todos l s dias 3 de /ís vida, y queje confiz/Je por todo vn año de ocho a ocho días,y € gue cada mes. , O1 CON-

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