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¿140 el fentido e las palabras,pordo dicha defde el múmer. » .35.eSpecialmente ¿BO lodichaen el sun. 39. y aísilo “que fe le podía pedir, y pedia por dicha fuplica , es, Que “frendo,como era aquella declaracion efpecial: de fmin- tencion, y revocatoria de lo que Giempre le aniaconce- tido por la Bula, Le firuiefierfiípender fu revocación particular, para que los Regúlares no fe retraxeflen de tomar la Bula,(tles revocaua lo dicho; y que afsi oida por fu Santidad dicha fuplica, y callando,es lo mifmo, que annuere , y fulpender dicha revocacion, ó-declara- cionreyocatoria:delo dicho,nm.12 2.):/¿99»y delde clama, 110. hate eli 00 o Les eb ...186 : Y 1 dixeres finalmente contra lo dicho'21a Infancia antecedente, y a efta; que cada ño es nueva ¿Bula, y por configuiente:que no fe ha de dezir, que Vr- bano V 11 1.por dicho Breue.quitana,ó revocana jurió- “«licion alguna ya dada; fino antes bien lo' contrario; , £íto es,que no la dana, ni la queria dársergo,3Gw- 1: e RESPUESTA Lia 187 Sepodraá refponderlo primero, que la Bula “Que le promulga el año figuiente , no es nueya Bula, ni “nueva Conceísion, fino continuacion , y confirmación ide la primera Concefsion; 0. que 4 lo menos fe puede “dezir afsi de la Concefsion dela Bula , hecha por cada node los Pantifices por todo el tiempo de lu vidas. e 8 Lili ATA : es Td UA”. RESPVESTA 1L:-0:'- ¿188 . Refpondefe lofegundo,concediendo, que 5 a A $ y A ¿¿cefsion de VrbanoV 111.(hecha en el fegundo fexenio) anía mas de yn año que eltana ya hecha quando expí- ¿edlió dicha Conftitucion: /n/pecula militantis y como confía de ella melina; y por configuiente , eftana en lu ¿poflefsionla dicha Conceísion abíoluta;y afsi la dicha ¿declaracion , mas.parece declaracion revocatoria de Juriídicion ya dadz en las palabras generales: de dicha «csaufula,que de jurifdicion; que.entonces huniéfle. de HE E ¿anida 23058 a ida Y fino, fe puede dezir,y mejor;que eoip/o,quéoída la luplica de fu Mageftad, calló oo Pontife. por.el mefino cafo fe prefume con gran, fiindamento, querevoca dicha Conftitucion, y. confirma tacitamen- te la Conceísion de tus anteceflores,dandojurifdicion, aunque no lo exprefafle : y quela jurifdición Je pueda delegar,no falo por el expretlo, fino tambien porel tar cito confentimiento del que la- puede delegar , .es.co - mun,y. confta,de que taciti, Ch expref3i iden: iurisef8 ex leg.Cumn quid foja cert.perat.y de otras muchas. : 06015 jurifdicion para oir de confefsion, ana ignorandole áquellos que puedenconceder dicha jurifdigion y qu; Tratado IMDe Penitencia. A "mo lotitne.con Navarro, y Soto, Caftro Palaoyti mar aloir prlde e) pb + 190 1 ¡Sea muefira Segunda conclañon,aunque dicha -tercerafentencia fea probable, extrin/ecó y iria | cd Jpeculatiue ¡Or practicó con todoefo la. quarralen: -bidos de tomar la Bula; 0.-de víar de ella. para clegig. ', rad aconfejar dicha tercera opinion, aunque no veo; lo '¿queaya argumento por. donde pueda cenfurarfe,ó dara | de Sacrament.Penitent tradt.a 3. di/poonis. pundÍ, 14, num.2»y lo prueban,ex 69p. fin, de confitud, De ex caps Cum contingat,de for comperenti,y de otras muchas f € E ] neras:que mucho, que callando dicho Sumo Pontifice, puevendo;como podia tontradezire ncedió dicha ba con lo,dígamos. fentíimiento?ó por ratihabicion de prefente , queequi. vale a licencia exprella, e9 omnisa fene. mente ¿Lesun Sanchez,in/elec?.di/p.44.1mm.3.ergo, Bic... 5 0 3 e) «5 £ Ni o iCAA o CONCIVSLON: Mor 7, A .Nerdadera,y portal lazengo 5: y esla queíe debe acon= Lejar,inpraxt,y la que yo. aconfejo : especialmente rely Confefor,y para fer abfuelros de los refervados, Ó por 'fus Conflituciones,ó por los precepros de fusPrelados; ¿los quales preceptos , donde los ay, fon,muy juítos : na”: Solo porque fe fundan en opinion mas. comun , mucha? mas probable , y mas verdadera ; fino, porque fon muy? ¿conformes á la mente, € irencion dedichos Sumos” Pontifices;y.afsi dichos Prelados harán muy cuerda, muy fantamente en caftigar con feneridad alos tranís? greflores d los dichospreceptos ,d-dichas Conftituj? .ciones:porlo.qual, yo nunca aconfejaria,nime atrenied” Le por improbable del todo: mientras en el Sumario en? ¿Efpañol sno fe haze notoriaá todos los que toman la Bula la mente de los Sumos Pontificess. porque fi cfta E fc hiziefle notoria,en tal cafo, nifombra de probabili. E dad retendría dicha opinion ¿como bien Juan Marti- E «ez de Prado ,cap.6.de Bullayquej. 5. $. 5. Méiner. 3 qu Pa 277- PUNA A) DISP0: 1 YE ILLA IOA 7 -. 191 «Añado , y concluyo; que enlas Religiones, rinloncrios Haese os fubditos toman Bu- * «las parahazerlc:ablolver de los refervados, y lo toles * ran,y no lo contradizen,en las tales feguramente, y (in .efcrupulo alguno pueden víar de la dicha . 94 y ralg dicho. Afsi lo tiene Leandro con muchos, frad?, 5. 4e E Penitent difp.12.quefl.5.9. y la razon es: porque el tár ciro confentimiento dá jurí licion, afsi como ladala - coftumbre, y la opinion probable , como lo tienelaco- E mun fentenciade los Dottores, que citan,y figuenam- : dos Sanehea, Thomas, ltda dim 26.nume E 64.y Tuan, infeleétis, difp.44:00m.3» 5. Alte vero res E funt,donde «cita inpumerables Doétores. Lera $4 diendo dichos Prelados impedir lo dicha, y no lo ha» E ziendo ,'es vifto confentir.; Juego tolerandolo, y nolo contradiziendo,es vilo aprobar aquello , y comfeguen- * ter dar licencia, falso tacita; fed fic eff, que con licencia expre/la de los Prelados,yienentodos comunmente,€n : que pueden yalerfe los Religiofos de la Bula, y Joraci- to da jurifdicion,como queda dicho: /mo, fedebeha- zer,y fe haze vnneíimo] a9eS lo tactro, que delo exprello e deg, Cien quid ob AAA
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