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MN E $ i + 120 dan gozar,y gozen de todas las gracias , y facultades concedidas en Za Rulazy masabaxo: [tem para| que con mas puridad,y limpiezade fus conciencias puedan bazer oracion:concede fs Santidad a pa Say chos,que puedan elegir Confeffór; he. deben ne] aquellas palabras: Cancede /u Santidad a todos los jujúdichos; fed fic A, que entré los fufodichos fon los Monafterios de Religiofos, y Religiofas; luego clara, y a concede la Bula a los Reli- giofos, y Religioías , que puedan elegir Confeffor que los abínelva de losrelervados:ergo,8C. 37. Lootro;porque quando el Pontifice quie- re no comprehender a los Regulares enalgun 1n- dulto dela Cruzada,en la mefma Bula los excluye expreflamente,comofevé enelindulto de los lac- ticinios en tiempo de Quareíma, del qual exceptna 1 los Regulares que no tunieren fefenta años; /ed /5c ef, que enelindulto de elegir Confeflor para los relervados,no exceptua á dichos Regulares ; luego Te comprehenden en él: Nam excepito firmat rega- Jam in contrariwm:ergoy Bic coi ¿| 38 Lovorrozporquecomao bien dizenNauarro, hib.5.Confil.cómf.1. .4-Miranda,y Otros, aque» ila ley,por la qual fe buelve al derecho antiguo,es favorable, y le debe ampliar antes que reftringir; y la razones, porque la oía facilmente le buelve á lu primera, y antigua naturaleza , ex cap. Ab exordio, 8548 de ex leg. Siomus,$. Palias me peleres ,/f. de paciss, donde lafon alega buenos exémplares , que pudo tomar de Felino,cap. Cum acce/sifent ¿(capo Cum onmnesynum.7 de conflit. fed fic ef? que fegun los derechos antiguos , qualquiera Chriftiano podía confellaríe con qualquiera Sacerdote , argum, ex cap.Ecce,16.quefi. 1: ex Concilio Tridentino,Se/]. 23.1ncap. 15. de reformar. ydo prueba latamente Nauarro, cap. Placuit,num, 2. Luego la conceísion dela Bula que haze bolver adicho derecho, le de- be juzgar favorable , y debera ampliaríe antes que reftringiríe: Luego, quandano eltuuiera tanclaro como hemos vifto,fe debiera dezir, que fe compre- hendliiairela los Religiofos, y Religiofas. , -. 39 Lootro; porque aísi confta de la concef- fion de Gregorio XII. hecha a la Compañia de Tefus , quefe refiere en el Gompendio de los Priui- legios de dicha Sagrada Religion, verb. Gratiar, y/%s,$.2.puespor ella conctde dicho Sumo Ponti- fice alos qe de.Ja Compañía, que puedan conceder,y limitar el víode la Cruzada a fus fub- ditos, conforme les pareciere convenir ;y lo mifmo puede colegiríe de otra Bulade Vrbano VIII. ex- pedida en vltimo de Margo de 1629. concedida tambien á favor de la dicha Sagrada Religion de la Compañíia,en la qual Bula manifieftamente fopo- ne dicho Vrbano V [1 1.que por la. Bula: de la Cru- rada,mirada en (i, e les concede a todos losReli - giofos facultad para elegir Confefor,comolo nota Caítro Palaospart.4.tradi.2 5. d/p.unic.punti8.$. 2 .MUM.A BO, AC. 1 EN 40 Y lootro;porque todas las Conftituciónes de los Ponrifices, que reftringen , y limitanlacon- celston de la Cruzada ¿en quanto a la facultad de Tratado 11. De Penitencia. .eriuir para ello 5 elegir Confefior ,que abfuelva los Religio | los cafos refervados, las quales quedan alegadas fio prá en efta inftancia fegunda , eftánmanifeltamen te denotando , que feclufas las dichas Conftitucio. nes,por fuerga de la Bula de la Cruzada, les feria lis ¡ pl 1 i » Pe ri 2 PON : y e á 4 e * ] » cito alos Religiofos víar de la dicha facultad , co” mo bien luan Martinez de Prado,cap.6.quef.s. E 3.num.12.alids,como dize dicho Autor,no huniera neceísidad alguna de las tales Conftituciones. 41 Y aífsi (buelvoa dezir) refponderán en for ma,negando el antecedente; y á fu primera prueba refponderán : que dichos Sumos P ontifices folodi xeron no fer fu intencion,que la Bula de la Cruzad aprouechalle alos Religiofos para elegir Confé for;pero no declararon , que no les huuie fe aproue chado deíde fu principio para lo dicho: ni que Ponriñce,que primero la concedió no hunielle e nido tal intencion: /;,0,dado cafo,que no la huuig fe tenido, debiera expreflarlo,para que los Religío: fosfejuzgafien,y tuuieflen por exceptados del dela dicha facultad: /mo, ni declararon , que no le aprouecharianen adelante las Bulas de £us fucefía res;porque dichos Pontifices lolo declararon fuin tencion en quañto a (us Bulas , ¿índultos partic res;pero las tales declaraciones no fueron abfolus tas, y generales en orden a las Bulas que fus fucef: fores huuiefíen de conceder. Í 42 A Jafegunda prueba por razon, refponde: ran: negando la menor;efto es, que no fea veriímil, que el Pontífice quiera conceder en efpecie dich «facultad a los Religiofos; pues lahan concedido dé? hecho,para que con eflo feexcitallen los Religiofos a dar fulimofna, y fubíidio para la guerra contra los Y 'enemigos de la [glefía, y enbeneficio de la dilata: E cion de la Fe; puesá no concederfeles dicha faculy E tad enla Bula, le retragieran muchos detomarla; + dexando de tomar dicha Bula, fe defraudaria la E Cruzada de vna tan grande limofna , como dánlos E Prog api Religiofas , que moran en los Reynos Y de Efpaña;y por orrosfinesjuftos , y congruencias,. «que pudieron mover alo dicho el piadefo animo, 4 + «paternal zelo de los Ponrifices, de quo poged. E 43 'Y quelatal concefsion,nocedaen detrí- «mento graue de los Religiofos ( como fe pretendia Y enla primera prueba de dicha menor )fe puede pros E bar aísizlo yno,porque al¡4s huuiera procedido ini- + .«quamente lla Santidad de Pio IV.que el año de = 1561.concedió vna Bula de efte tenor : Concede /44 Santidad, que todas las demas perfonas ¿Aunque Jean Ea, y de las Ordenes Mendicantes , fin queten= E gan licepcia de Jus Smperiores, puedan tomar , y fe efe J 4 ] ¡GOZEN del dicho Imbileo plenifstmo $1 WE puedan elegir Confiffor Clerigo , 0 Religiojo , el qual E oda fa confefsion, pueda abfolver de todos Jus pecados, E quanjo quier graves, y enormes;y mas abaxo:l quiere 1 TN AA a PA Ju Sintidad, que cada vez que tomaren efa Bula, gozm de nuevo de todas las otras ye huuieren tomado, .efpicialmente de eflagracia de elegir Confefor, yfer E fueltos plenariamente , aunque Jean, como dieboesy E Religiofos,o Religio/as, aunque fean Mendicantes, fm E licencia de [us Superiores. Y effifican de la dicha Ro: 3 X y

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