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mn MM 6 AS de s le cad ! Su sd d ideradáno hablava enefte fentido:, ni de eftos enitentes; fino de los penitentes, que no pueden confe/far con Regular , que no efté aprobado p r elObifpo:érgo, ECKO A ALONCEVUSION SHE 29 Digolo tercero, que tampoco eftaá com- ce en dicha condenacion la opinion: de Mancio Gallo, Medina, Bañez , y otros DoGores Salmanticentes,los quales dizen, que los graduados en Theologia,ó Derecho Canorico, eo2p/0; le juz- gan aprobados por el Derecho para otr confeísio-; nesíin otra aprobacion del Obiíposporque la Pro-. te condenada hablaua de todos, y folos los egulares, y en quanto tales;y efta de foloslos'gra- duados,fcculares, oRegulares;y aísi fon muy diltín- tas Propoficiones,vt ex féepatet:ergo,Bc. > 30 Bienes verdad,que dicha opinionde Man- cio es improbable,y no puede feguirle 1m praxí, co- mo lo tienen conla comun de DD.Caítro Palao, vbi fuprámumer.2.y Leandro,quel. 48. y fe prue- baslo vno,porquelo contrario fe colige manificlta- mente de la Bula de Pio V. delaño 1571.que em- pieza Romani Portificis ; 10 Otro , porque la dicha opinion de Mancio , eftá mandada borr r del Su- ma de Geronimo de Llamas, por los feñores 1n- quitidores en el Expurgatorio del año 16 40. y lo otro;porquelos tales graduados no por folo ferlo tienen Beneficio Parroquial:luego fegun el Triden- tino,vbi/upra neceísitan de aprobacion del Obif- po 31 Perovtrim, lidichos graduados, y Leto- resde Theologia , afsi feculares, como Regulares, puedan fer eligidos por la Bula fin ¿aprobacion del Obifpo > Afirman , además de los citados arriba, otros que cita Leandro, q44/1..50.y €l la riene por probable, pues folo dize dela contraria , que es muy “mucho mas probable; yla razon es ,porquealos dichos los juzga la ¡glelia idoneos,pueselgrado, y leccion arguye mayor idoneydad , que va fimple examen de quarro.safos de conciencia:ergo,8ic. no obflante eo el doGtifsimo Padre Maefiro Mendo, in Bulla Cruciat. dijp. 22. cap. 10. 17m. 109.(alias, 119. )la tiéne por improbable.y con razon, por lo , alegado enel numero antecedente, Y “CONCLVSION 1%... 32 Digolo quarto , que tampocoqueda com- '04 ciontreze lacpinion de Thomas Hurtado, Martin de San lofeph, Luis de la Cruz, Angelo, Bolo, Cef- pedes Diana, y otros muchos, que dizen, que por nombre de Beneficio Parroquial fe entienden tam- bien las Prelacias regulares ; de tal fuerte , que los Generales de las Religiones,Proninciales,y Prela- - dos Locales, pueden oir confefsiones de feglares, fin aprobacion delObifpo:Aísi lo tienePrado,nun, 13-Y 15.y la razones , porque efta Propoficion €s muy diítinta de la condenada en dicho numero tre- 2e,UL ex 1p/is pater;luego liendo la condenacion de nterpretacion eltrecha , no le debe eftender á otra A A Es » a . A Confulta 1.Própofición 14 «de Alexandro. ] A Ya YE: ; -aunque con limitacion,y afsi es muyd Propolicion condenada:ergo,8c+. prehendida en dicha condenación de la. Propofiz - y A d : , , , Y 4 2 es ió. he i y É d > ; 8 A ' y P y . s 3 Li > A de dl ? s > diuería Propoficion,que la expré/Mlafrénte condena. da:ergo, 80. Peroque es loque fedebarener en or- dena la fentencia de eltos Doctores, fedifputara eu profe fo , enla materia de penitencia ¿quedaré via prenta, Deo dante, en el primero tomo que deípues de cfte faqueá luz, Moda eS EY si ¿o E RES ab e hab Tas +33 Digo loquinto;quetampoco eta compre» hendida en la dicha condenacion,lx0piniondeSan. chez, Bonacina, Henriquez, Barbata , Coninch, Fa- gundez,y Caltro Palao, que los cita, y ligue , diét, part.4.tract.2 3.punct.17.$.2.N01,10.y Otros mu- chosque cita,y ligue Leandro, dié?. tom, 1. tratt.s. di/p.1 1:que/.68.y 69 Jos quales dizen,que el gpro- bado con limitacion para:cierto numero de perío- nas,Ó Lugares(v.g.para hombres, y no para muge, res,o para folo vn Lugar, y no para otros )puede les eligido por otros, y enotros Lugares, ¿d/, indife», rentemente de todos, por la Bula,ó Iubileo. 34 Fundafe ella fentencia; lo primeró y porque para que el Sacerdote (hora fea Regular, hora fecu= lar fea idoneo, y elegible por laBula,ó Iubileo,baf. taque ette aprobado por el Ordinario,fegun el Tri- dentino, vbi/upra s/cd/ic ef , que citeno diltingue entre losaprobados para eítas perfonas, 6 aquellas, M1 para eíte Lugar,ó aquel; y donde la ley no diítins guezno debemos diltinguir nofotros:ergo,8c. y A lo fegundo, y.es confirmacion del antece- dentesporgue la m ger que elige al aprobado para o1r confefsiones de hombres,propriamente, y en ri- gor,elige alaprobado por el Ordinario: luego fatif- face a la condicion,que fe pide enla Bula, ó Iubi-- . leo;pues en eftos no fe pide,que el Sacerdote aya de fer aprobado para todos los que pueden eligirle en virtud e prinilegio , 9 comifsion efpecial, alids,na pudieran eligirle los Fieles de dinerías Diocelis;Gino que baftaque fea aprobado /mpliciter, lo qual fe verifica,aunque dicha aprobacion no fea abíolura, fino con reftriccioná cierto numero de períonas, ó - Lugaresut ex./e pateticrgo, Bco: 36 Y queeftaopinion no efté comprehend ida en la condenación de dichaPropoficiontreze,p.tet; potque dicha Propoficion habiana del Regular no aprobado,con tal,que la reprobacion fuelle injultas | y ella opinion fupone pt Ca realiten, ierla, quelo CONCLVSION YL. ws 37. Digolofexto ,que tampoco eltá compre- hendida en dicha condenación , la fentencia de Acofta,y otros , que dizen, que el Sacerdote apro- bado por determinado tiempo , añado el, es elegi- ble por la Bula , ó Iubileo ¿porque eíta opinion es muy diuería dela Propoficion condenada : bien es verdad, que dicha opinion de Acofía folo, y á lo fu- mo,puede Ro a ¿quando la dicha limiracion de tiempo le hizo fin caufa alguna , folo por lama- la,Ó pets voluntad el Ordinario , como con mu- chos 1q tiene dicho Leandro,q1x2.7 1... 41 pd?

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