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" + . * f £ 4 90, - Tratado 1.De Matrimónio,y Orden. ; y folucion fe affegure probable, y prudentemente,por feñales fenfibles,que ay alli verdadero,y eficaz pro- to de laenmienda,y por effo pide dicha conde* nacion,que nofe efté a lo material de fu dicho del penitente,ó á que elte dize conla boca que fe enmés darásfino que debe ver enel otras feñales feníibles, que hagan probable credulidad de que el dicho pe” nitente trae verdadero dolor,y verdadero propolita de enmendarfe,conlo qual fe compadece, el que /£> mul haga otro juyzio tambien probable,de que por fu fragilidad ha de bolver á cacr. 109 Conquelo que formalmente es condenado endicha Propolicion,es : el quefe ayadeeftar a lu dicho material del penitente,0.4 que folo diga con la boca,que fe duele, y que propone la enmienda: y que con efto folo,(in otras feñalesfeníibles,que pro- bablemente funden efperangade enmienda , aya de fer abíuelto. | Y 110. Delo qual fe figue:que fi el Confeflor viet- fe al penitente con tales lagrimas , amarguras , y ofrecimientos muy ferios de hazer quanto le fea poísible,cón ayunos,oraciones , penitencias ,Ó por otra vía nucua, para no caer, de tal gags 3 cono- ciefle claro,ó á lo menos probable, y prudentemen- te,que el propolito no:es folo de boca,Gno de cora» con, no feria efte el cafode la condenación: porque en elte ya avria efperanga de enmienda , como bien num. 39.hafta el 100.que rara vez le debe abíolvef al que eftá.en ella, lin que primero la aparte , finó con mucha mas l titud ajuyzio del ud, Con» feflor» ¿ 115 Advierta lo fegundo,que fegun Hozes fos bre dicha Propolicion 60.nm . 9.con Azor á quien cita, nofe ha de víar de dichoremedio, (i primera no huuicre fido amoneftado el penitente tres,ó quasi tro vezes emorden a dexar la mala coftumbre : y que efte parecer no fe comprehende en la prohibk cion de dicha condenacion, lo qual tengo par cier+ to con dicho Áutor: porque la dicha condenacion habla folo delos que teniendo coftumbre,no ay en ellos efperanga de la enmienda; /2d fic ef, que para que nola aya,esmeneíter perfeuerancia, y repetis cion de culpas ,¿«deípues de auer lido amoneítados por el Confeflor, como lo tienedicho Autor , y la: dióta la prudencia: ergo, Sc. Y aísi¿no auiendo precedido dichas amoneftaciones , dize dicho Ho* zes, que aunque aya reincidencia, le le puede das la abfolucion , pues con ellas fe puede efperar la en- mienda, : 3 HA 116 Advierto lo 3.G fi defpues de la tercera ó quarta amoneftacion,Íe experimentalle alguna en=: mienda, como aueríe minorado algo la frequencia, Ó numero de pecados: en tal cato podrá fer abíuel, to fin contravenir a dicha condenacion; pues dich enmienda da fundamento al Confeflor para que le: perfuada prudentementeá que el propolito es ver dadero,y eficaz,y no folo de boca;y que ay efperan=" cade perfeíta,y entera enmienda: Suarez, y Otrosy Lumbicr fobre dicha Propoficion , 102,3. 1999. mfine. EGU art Añadoempero que el Confeflor , aunque mo en fuerga de la condenacion;, pero (1 en fuerga de larazon, podrá prudentemente por el oficio de Medico, y deberá negarle la abfolucion tal vez al que tiene coftumbre de pecar ( aunque crea, que trae verdadero dolor, y propofito de la enmienda, no folo bocal, fino de coragon) para cautelar por elle medio las nueuas caydas,que(atenta la coltum- bre,y fragilidad del tal penitére )ran proxima,yqua- fi inenitablemente amenagan,aplicandole por can- terio medicinal,la dilacionde la ablolucion por al- gunos dias. - | apud Lugum de poenitent difp.14r/éÉF.10 M1 59»p4Zo > .i A $e: mibi 238. 117. Advierto lo 4.quefi el penitente fe vinief- 4 le a confefíar, quando ni le e la Igleña, y fuera : de loque acoftumbra,mouido alguna repentina muerte,ó de algun otro fuceffo infauíto,ferá funda» ' mento baítante para perfuadiríe el Confeflor,que el propoíito de la enmienda no es folo de boca, fino | verdadero,y de coracon:y afsi el abíolverle en tal * cafo,no fera el cafo de la condenacion:pues laPra- : | p 112 Y fiopufieres:que ño es medicina el negar policion condenada dezia;que baftaua para la abía- > la abfolucion, ni el dilatarla , porque mas fortaleza luciomel que el penitente dixefle con la boca, que * A rd darála gracia del Sacramento para no20 Que Jepefaua,y que fe enmendaria,aunque no apareciel= P puede dar el terror dela abíolucion,ó fufpendida, O fe efperanga alguna de enmienda ;/2d fic 08, que em * y negada:ergo, SC. | efte caío nofe le abíuelve , fundada folo en que el | 113 Refpondo: que para vna coftumbre.endu: ' recida,vale masel cauterio, que el lenitino , fegun Me aquello de Dauid: Imple facies eormm ignominia y Oe rent nomen tuum Domine: y quetal vez puede con ella mas el terror,que la gracia del Sacramen- to: no porque efta no fea de fuyo mas poderoÍa, fino porque lo ferá per accidems,por el obice dela depra- uada coftambre,y fragilidad del fugeto,que fe de- xa llenar della, fino fe le aplica medicina que le due- j la, y le caufe confulion, y que le haga entrar mas den- | | tro de fi para reprimire, fi quiera por no verfe con- fulo, y auergoncado otra vez. is 114 Pero esde advertir, que efto fe debe en- tender, no como en la ocafion proxima,que ay obli- gacion de quitar,de la qual diximos,fupra defde el diga quefe enmendarasíino fundado en la efperan+ | $3,que promete vn fatal fucefo,como biemCorcila, E fobre dicha Propoficion,n.2 11.ergo,Bc» A - 118 Imo,dize dicho Corellacon otras;2.2 140 1 que el que fe huuiefle confeffado enel artiamdo,ó pe- * ligro de muerte, fe ha de prefumir , quelo extraon- dinario de aquel dolor , y propofito intermimpió- la. 1 coftumbre que antes tenia:y que aísife ha de juzo- gar del para las confefsiones futuras, como $ comés | gara entonces la coftumbre : porque afsi camolos. | habitos virtuofos e pierden por los aftos del victia , contrarios:aísi tambien loshabitos viciolos fe def '' truyen por los actos de virtudes contrarios;/edGrshl 1 que dicho aéto de dolor,y propolito,por fer tamex= fraordinario,debe juzgaríe eficaz; y por fr aode : | Yi eN S 2 . id

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