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— 314— Preliminares para el Gapitulo de 14 de Enero de 1825 En los tres años que duro el gobierno constitucional a saber desde el Marzo de 1820 hasta el Abril de 1823 mu- rieron varios individuos que havian de ser vocales de este Capitulo y otros se secularizaron: lo que hizo preciso un convenio entre N RKmo. P. Vicario General fr. Justo de Nadrid y N. R. P. fr. Antonino de Toro a fin de elejir los vocales que supliesen el deficit que habia resuliado. Hizie- ron las elecciones con arreglo a la Bula de la Tripartita y disposicion del Capitulo de esta l”rovincia de Castilla de 1815 y para mayor seguridad de conciencia solicitaron y consiguieron la aprobacion del S." Nuncio Appco en 29 de Octubre de 18.4. Los vocales elecctos para suplir este deficit fueron en la 1.* Rama de la Citatoria de Madrid el R. P. fr. Adrian de Fuentes de Nava Ex Lector, Custodio: en la Rama 2.* el R. P. fr. Santiágo de Peñaranda Guardian de la Calzada; El R. P. fr. Luis de Medina, de Esquivias; y el R. P. fr. Juan de Oñate. de Xadraque. En la Rama 1.* de la custodia de To- ledo el KR. P. Fr. Marcos de Villanueva, Guardian de Ta- 'ancon en la Rama 2.* el R. P. fr. Pedro de Lozoya, Guar- dian de Valladolid; El R. P. Fr. Eustaquio de Vitoria, de Bilbao, El R P. Fr. Mariano de Texerinas, de Rueda, En la 1.* Rama de la custodia de Valladolid el R. P. Fr. Felix de Villaumbrales Ex Lector, Custodio;el R. P. Fr. Maria- no de Naraval, Guardian de la Paciencia, El R. P. fr. Bue- naventura de Cañaveral, de Alcala. En la Rama 2.* El R. P. fr. Agustin de Xadraque, Guardian de Villarrubia; El R. P. Fr. Gaspar de Bilbao, de Cantalapiedra; el R. P fr. fermin de Alcaraz de Cubas. Algunos de los electos renunciaron su prelacia; pero á ninguno le fue admitida la renuncia y todos fueron á sus respectinos destinos á tomar posesion para estar habilita dos á fin de entrar en el Capitulo. No huvo mas variacion que la mutua transmutacion de los Guardianes de la Calza- da y Cantalapiedra. Juntos los PP. vocales en Capitulo en la epoca arriba dichra procedieron á las elecciones que se verificaron se- gun á continuacion se expresan. Pero antes de procederse á la de los RR. PP. Custodios, Guardianes y Vicarios; N. . Rm.” P. Vicario General y N.M. R. P. Provincial nueva-

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