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— 68 — mañana la función de Ánimas, del modo si- guiente: 116. A hora conveniente para la generali- dad del pueblo, según las circunstancias, cele- brará un P. Misionero una Misa cantada ó rezada de Requiem, si las rúbricas lo permiten, con la solemnidad posible por todos los difun- tos del pueblo ú de la comarca de los que han asistido á la Misión. Si por razón de las rúbri- cas no pudiere ser de difuntos, se cantará ó rezará por los mismos fines la Misa del oficio del día. Al fin de la Misa, sube el otro P. Mi- sionero al púlpito y pronuncia el sermón de Animas, terminándose la función con un Xes- ponso. 117. En caso de celebrarse esta función, es conveniente que la anuncien la víspera, reco- mendando la sagrada Comunión como sufragio muy eficaz en favor de sus difuntos. 118. Si después de bien informados de to- das las circunstancias que concurren, ya de parte del pueblo, ya de parte del señor Párro- co y demás Sacerdotes, creyeren conveniente, para consólidar el fruto de la Misión, estable- cer la V. O. T. de N. P. San Francisco ó alguna otra Congregación ó mera imposición de algún

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