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A o sn Y)— tar las Letanías y hacer olras devociones. Ha de haber igualmente á más del Vía-Crucís, algunos devotos cuadros ú oleografías que exciten la de- voción de las religiosas. 213. Tengan bancos corridos de madera co- mún, con respaldo sencillo y sin ningún ornato, cumpliendo en esto y en lo tocante á facistol, et- cétera, etc., lo que prescriben las SS. Constitu- ciones (Cap. XXVII). 214. Donde hay Coro alto, tenga éste una reja con su cortina para que desde la iglesia los fieles no vean á las que están en él, y arréglese de modo que haya lo necesario para el fomento de la piedad y conservación de la salud de las religiosas. La cortina no debe cubrir la reja du- rante la Misa y funciones celebradas en la igle- sia. Las tribunas ya altas Ó bajas que haya, ten- gan también su reja celosía y luz suficiente para la comodidad de las que de ellas se sirvan. 215. El Oficio Divino en común, nunca puede rezarse fuera de la Iglesia: por tanto, aunque haga frío, no debe cantarse fuera del Coro alto ó bajo que forma parte de la Iglesia. Las religio- sas pueden conservar en su puesto, sobre el ban- co, algún libro piadoso; pero no deben servirse de él durante las horas de oración. 216. Los días de fiesta se adorna la imagen de María Santísima del Coro, con flores y algu- nas luces más, que se encienden durante el Ro- sario y toda otra devoción celebrada en obsequio de la Soberana Señora, como Novenas, etc. 217. Las santas Reliquias deben tenerse en suma veneración y para esto, colóquese en la parte más digna del Coro un armario construído de tal modo que aun cerrado inspire devoción y respeto. La parte interior debe estar cubierta de seda encarnada con una cortina por delante y tener una vidriera cerrada con llave, además de la puerta exterior, en la cual ha de haber la ins- cripción: Sacre Reliquia Sanctorum, La llave de la vidriera debe conservarla la Superiora.
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