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- Y)— citados y además en el XI de la Regla y el XIX de las Constituciones se dice. El torno esté en un aposento capaz y con buena luz, para que mientras habla la primera Tornera puedan hacer labor las compañeras que la escuchan. Haya una puerta pequeña por donde se salga á la portería interior, ó sea entre las dos puertas, para que cuando ocurra cerrar y abrir la puerta reglar, pueda hacerlo la segun- da Tornera, sin perder de vista á sus compa- ñeras. 199. En las escaleras habrá pasamanos para apoyarse. En las ventanas, especialmente en las del piso bajo, ha de haber rejas de hierro para seguridad de las religiosas. Las ventanas de las celdas y todas las que dan á calles ó paseos, deben tener guardavistas, de manera que impidan el observar y ser obser- vadas, aun cuando estén cerradas con los crista- les ordinarios. Cuiden las religiosas de lavar cada mes los modestos cristales de sus venta- nas, y las Superioras hagan lavar los de los corredores y otros lugares. Ninguna Superiora debe tolerar que en las ventanas y azoteas se coloquen vasos y ropa que pueda ofender la vista dentro y fuera del Convento. Para secar la ropa lavada, se han de buscar sitios retirados, y si esen la huerta ó jardín, se ha de evitar el servirse de los caminos por donde pasean las religiosas, por ser esto contrario á la urbanidad. 200. En cada celda haya una modesta tarima ó cama con un pobre jergón, que sólo tenga cuatro palmos de ancho, nueve de largo y uno de alto, de modo que, con lo que levantan los banquillos, tenga la cama tres palmos de altura, (SS. Constituciones, cap. XX). Por razón de hi- giene y aseo, el jergón debe estar cubierto con una pobre sábana y la almohada, de paja, con _un paño blanco de lino ó cáñamo, y todo esto con las mantas necesarias. Habrá además una mesita cajón para guar-

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