BCCPAM00R02b-5-22000000000000

n- a Y del plato del cual otra está comiendo ó ha comi- do, etc. Estos ejemplos, aunque, eracias al Señor, no son prácticos entre nosotras, se ponen para que entiendan las Preladas que no debe mortifi- carse á nadie contra las reglas de la limpieza, higiene y urbanidad; pues la mortificación y po- breza pueden y deben hermanarse con la lim- pieza, tratándose de personas que viven en Co- munidad, las cuales deben comer y vestir pobre y moderadamente, pero con limpieza y aseo. Y si en algunos libros antiguos se ven ejemplos de otras penitencias públicas, no deben aquellos despreciarse ni reprobarse, pero tampoco deben tolerarse hoy, pues en estas cosas debe aplicar- se la máxima seráfica; «Según los lugares, tiem- pos, etc.» Antiguamente, á nadie repugnaba co- mer en un mismo plato, ó sin cuchara, óÓ beber en un mismo vaso, y hoy, esto sería tenido por falta notable de urbanidad entre personas edu- cadas, como deben serlo los miembros de una Orden pobre y humilde, pero consagrada al servicio del Altísimo y compuesta de individuos procedentes de toda condición social. 95. PENITENCIAS PARTICULARES. —Las peni- tencias y austeridades particulares no deben ha- cerse sin permiso del P. Confesor, y si los actos de estas penitencias son en cierto modo públi- cos, Óó pueden impedir que la religiosa cumpla con todos sus deberes, Ó son contra la observan- cia regular, es necesario el permiso de la Supe- riora. Guárdese, empero, el P. Confesor de obrar ligeramente al conceder penitencias particula- res, pues de esto resultan gravísimos inoonve- nientes para la salud corporal y espiritual de sus penitentas, é insista, principalmente, en el cum- plimiento de las penitencias y observancias de la Orden, y en la mortificación del amor propio y juicio privado, que suelen ser la peste de toda virtud religiosa,

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz