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HS. ps 95. Las Abadesas al escuchar la culpa sean muy pacificas, mansas y prudentes, no usando palabras ni formas groseras ú ofensivas, ni ate- rrorizando á las jóvenes con amenazas, y evitan- do lo que pueda menoscabar, ante las coristas y legas, el decoro y aprecio debido á las Madres á las cuales dificilmente deben darse verdaderas reprensiones públicas delante de las que no son Madres y mucho menos delante de sus discípu- las si son Maestras; y en los avisos á la Comu- nidad la Prelada, use más bien de dignos y nobles ruegos que de mandatos y palabras abso- lutas, pues la culpa no es un tribunal, sino un acto de materna y benigna corrección. 56. Sean sus reprensiones saludables, sin- ceras y siempre justas, y no hagan pesado el ejercicio de decir la culpa, prolongándolo con repetidas y largas exhortaciones, antes bien sin faltar á lo que exige la perfección y corrección de las súbditss concluyan lo más pronto posible, para que nadie tenga excusa para asistir con las demás. Todo el acto de la culpa de los lunes y miércoles ordinariamente, no debe liegar á cinco minutos, pues no conviene hacer pesado dicho santo ejercicio, ni dilatar notablemente la hora de la comida ó entretener á las legas, co- cineras y otras. 57. Ante las novicias y profesas de votos simples, nunca se dén avisos ó reprensiones que revistan gravedad ó importancia particular; mas si por alguna circunstancia hubiera nece- sidad de hacerlas, las que no son profesas so- lemnes deberán esperar en el Coro, la señal de que pueden entrar. Las novicias nunca asisten á la culpa de la Comunidad; pero ésta debe pre- senciar la culpa de aquellas (1). Nunca se permita (1) Entre los Religiosos Capuchinos los profesos simples asisten á la culpa de los prof:sos solemnes, excepto en el caso que haya que hacerse alguna observación que ataña solamente á éstos, (El prelado Diocesano.)

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