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E gan dignas de la mayor frecuencia del Pan Eu- carístico (1). : 32. La Comunión debe ser durante la Misa conventual como dicen las SS. Constituciones (cap. VD), pero en los Conventos donde el Co- mulgatorio está fuera de la Iglesia, tiene que ser la Comunión en otra hora para cumplir con un Decreto de la S. Congregación de Ritos del 19 de Diciembre de 1829 que dice así: «No puede darse la Comunión durante la Misa si el Sacerdote tie- ne que perder de vista el Altar, ni aun para dar el Viático». Por esta razón ni aun el día de Jue- ves Santo, ni en la noche de Navidad puede co- mulgarse en la Misa estando así el Comulga- torio. 33. «Está mandado por Decreto de la S. C. de Ritos, que la Misa conventual sea inmediata- mente después de la hora canónica correspon- diente, de modo que no se puede dar tampoco la Comunión antes de la Misa, sino durante la Misa, después de ella 0 antes de las horas» (2). Si es en la Misa, «al comenzar el Sacercerdote á sumir el Sanguis» (estando ya las religiosas dos- calzas, puestos los velos y con las manos jun- tas), se inclinarán profundamente diciendo en voz baja, pero que se pueda percibir de todas: Madres y hermanas perdónenme por amor de Dios. En voz más baja dirán Benedicite, que es pedir la bendición á la Superiora. 34. Luego, estando algún tanto inclinadas y con las manos juntas, principia la Superiora: Confileor Deo etc., el que todas siguen en voz clara, con pausa y gravedad no apresurada- mente. (1) Correspondiendo á los ardientes deseos que manifiesta nuestro Santísimo Padre Pío X, en el Decreto de la Sagrada Con- gregación del 20 de Diciembre de 1905 sobre la Comunión diaria, se estableció tan santísima práctica en nuestra Comunidad, el día del Sacratísimo Corazón de Jesús, 7 de Junio de 1907. (2) El Prelado Diocesano.
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