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tulo de Excmo. é Ilmo. Señor, Vtra. Excia. Ilma. y en medio de la conversación, Vuecencia. “612. A los Prelados que usan anillo, se les besa; saludándolos con reverencia, y si son Car- denales, Nuncios ó Legados Apostólicos que es- tán en sus territorios Ó Metropolitanos en sus provincias eclesiásticas, ú Obispos de las dióce- sis, se dobla la rodilla para besarles el anillo; á los demás Prelados y Sacerdotes, y á todos se pide la bendición, cuando el caso lo re- quiere. : 613. TRATAMIENTO EN NUESTRA ORDEN.—Tle- nen el título de Reverendísimo, los PP. General, Procurador General y Definidores Generales. El de Muy Reverendo Padre, los Secretarios Gene- rales, los Provinciales, Definidores Provinciales, etc. Los Novicios ó Profesos no Sacerdotes, tie - nen el título de Fray Óó Hermano Fray, los Sa- cerdotes estudiantes Padre, y los demás Sacer- dotes no estudiantes, tienen el de Reverendo Pa- dre, y esto por legítima costumbre, advirtiendo que en la simple conversación conviene dará los Sacerdotes el solo título de Padre; y para no multiplicar imprudentemente las expresiones de reverencia que podrían parecer afectadas, al responder si ó no, se dice sólo: Si, Padre; no, Padre, aunque se trate de Padres graduados, á menos que éstos sean Superiores Generales, en cuyo caso se dice: Sí ó no, Rvdmo. Padre. 614. Entre las religiosas á la M. Abadesa, dirán Vuestra Reverencia, y á las demás Madres y Hermanas, Vuestra Caridad Óó Su Curidad. Nunca se ha de nombrar en segunda ó tercera persona á una religiosa con el solo nombre, sin la calificación de Madre ó Sor; y mucho menos se dirá hablando de alguna en particular: la Abadesa, la Vicaria, la Maestra, etc., sino la Madre Abadesa (6 Nuestra Madre), la Madre Vi- caria, la Madre Maestra, etc.; y si se nombran las Superiores en algunos actos públicos ó do- cumentos oficiales, se hace preceder el nombre

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