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— 19— ponde á las hijas de la Seráfica M. Santa Clara, que con la Custodia en la mano está convidando á todos, y más que á todos á sus hijas, á la ve- neración, culto y amor del Divino Sacramento. 490. Tenga la Tornera el mismo celo con las ropas y cosas que traen de otras iglesias: mande con diligencia los recados á la religiosa encar- gada de las labores de fuera, para que todo se haga con puntualidad y como lo deseen los se- ñores Sacerdotes que lo encargan. 491. Cuando el Prelado, el P. Confesor ó al- guna persona de consideración, dan algún reca- do para la Superiora, ó alguna carta de concien- cia, sea la primera Tornera quien lo cumpla y no lo encargue á sus compañeras. 492. En cuanto á las horas en que han de acudir al torno á cumplir con su ministerio, de- be observarse lo establecido por costumbre le- gítima en cada Convento; pero en todos se Ob- servará inviolablemente, el no acudir en las ho- ras del Oficio divino y oración, ni cuando están en otros actos de Comunidad, á no ser una co- sa imprescindible. 493. - Es obligación de las Torneras barrer el claustro, portería y escalera por donde suben médicos y confesoresá la enfermería, en los días y horas (en cuanto sea posible) en que barre la Comunidad, quitando el polvo de las estampas y cuadros que hubiere. En habiendo cerrado las uertas para recogerse, deben llevar las llaves á a celda de la Prelada, y recuperarlas por la ma- ñana. Si llaman de noche, en despachando lo que sea, repondrán las llaves en poder de la Pre- ada. 494. Siempre que se abre la portería para que los seglares pongan algo que no pasa por el tor- no, entre las dos puertes, han de estar en el aposento del torno las tres Torneras, y nunca abran la puerta exterior sin haber antes cerra- do con llave la interior. Para hacer esto en los casos ordinarios (y que sean los menos posible)
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