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— 157— 391. Las ceremonias de toma de hábito se han de hacer en un todo como prescriben las SS. Constituciones (cap. XXIX), con mucha de- voción, sin frialdad ni rapidez y con la solemni- dad acostumbrada, para la edificación de la Comunidad y de los concurrentes. 392. Ordinariamente cámbiese el nombre á las Novicias en el acto de darles el santo hábito, como es costumbre en la Orden, é inspírese á todas una verdadera devoción á los santos Pa- tronos de Bautismo y Religión, y nadie eñada otro nombre al de la toma de hábito, pues de lo contrario con el tiempo resultaría confusión en los libros ó actas del Convento. 393. Las que hubieren recibido el hábito religioso en otra Orden ó Congregación, no sean recibidas; las excepciones de esta regla sean rarísimas y solamente por gravísimas causas, teniendo primero exactísimos informes sobre los motivos de la salida ó expulsión de aquella Orden ó Congregación. 394. Las que se reciban para legas, sean jó- venes, honestas, piadosas, dotadas de ordinaria capacidad é inteligencia y útiles para el trabajo. 395. La M. Maestra recogerá los vestidos seglares de la Novicia y, hechos un lío, pondrá sobre él un papel cosido con el nombre de la Novicia de quien son, y los pondrá bajo llave que no ha de fiar á nadie Dos veces al año, por medio de una profesa, se han de sacar al aire fuera del Noviciado, para evitar la polilla. A la reción entrada la inscribirá la M. Abadesa (por medio de su Secretaria) en el libro de Entráti- cos, en la forma que se ha dicho (lib. II, cap. IX). Si alguna se despidiere, escríbase á conlinua- ción las causas por qué se despidió. 396. Para vestir el santo hábito y principiar con fervor el Noviciado, debe la aspirante hacer confesión general, y al concluir el año, prepa- rarse á la profesión simple con los Ejerciciog espirituales.

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